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INICIATIVA DE ANULACIÓN DEL FUERO CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  1 de Octubre de 2013  •  3.978 Palabras (16 Páginas)  •  345 Visitas

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PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:

Descripción: INICIATIVA DE ANULACION DEL FUERO CONSTITUCIONAL

La concentración del poder político y el autoritarismo de Funcionarios Públicos ha desvirtuado el espíritu del fuero Constitucional, motivando entre los ciudadanos un rechazo al ejercicio del fuero.

INTRODUCCIÓN.

Aspecto Personal.

Que entendemos por Fuero Constitucional. Es el principio que consagra el artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en una prerrogativa que se otorga a los Funcionarios Públicos, con el fin de que expresen libremente sus ideas e iniciativas durante el desempeño de su encargo, para que no sean perseguidos o sancionados y tengan sus garantías conforme a la ley.

De lo anterior, puedo citar que si la Constitución otorga el privilegio de una protección especifica a los Funcionarios Públicos de proceder en contra suya en caso de que se les impute ciertas conductas ilícitas, pero es importante tener presente, que todos los ciudadanos debemos de gozar de los mismos derechos y obligaciones, sin distinción alguna.

Desde la Colonización hasta nuestros días en la vida política – administrativa, se ha observado en la realidad política un exceso de atributos que muchos Funcionarios Públicos buscan posiciones políticas dentro del Estado (Virreinatos, Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Entidades Federativas), con el fin de obtener privilegios con prerrogativas específicas o fuero Constitucional, ya que este les proporciona inmunidad procesal de sus actos que implica una responsabilidad penal.

Es indiscutible que nosotros los Ciudadanos tenemos mucha responsabilidad al respecto, al permitir que el Gobierno y los Partidos Políticos sean conducidos por personas de escaza preparación política y nula honestidad, por lo que, es necesarios hacer presencia ante ellos, ya sea levantando respetuosamente la voz de nuestra inconformidad, realizar movimientos ciudadanos en donde se proponga un cambio político. A lo anterior, es importante que nosotros los ciudadanos tengamos una cultura cívica desde la educación básica para conocer nuestros derechos y responsabilidades, alcanzar la madurez y educación política para comprender y alcanzar los cambios que requerimos, dejar de ser personas pasivas ante los acontecimientos que dañan el crecimiento y bienestar del País y no ser conformistas de lo que nos dan o nos dicen los actores Políticos.

Bajo esta premisa, los ciudadanos conscientes, las Universidades e Instituciones de Educación Superior, y los Organismos Sociales y Civiles son los que podrán romper la inercia del atraso político y de la antidemocracia en que vivimos.

De acuerdo al Artículo 13. Que cita nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley……………………………………………………

En base a lo indicado en este artículo, su principio general es que ninguna persona puede tener fuero, la realidad es la forma en que los Funcionarios Públicos han distorsionado este principio, ya que existe una gran diferencia entre la justicia que se aplica al ciudadano común y corriente, y a la que se aplica a esta clase privilegiada de los Funcionarios Públicos.

Ante esta situación, deseo realizar un análisis de lo que es el fuero constitucional, su alcance y significado jurídico y cual es su naturaleza.

El tipo de investigación Jurídica – Científica que aplica al presente planteamiento del problema es DOGMATICA, utilizando el “método Sistemático”, ya que en este caso particular el Fuero Constitucional esta regulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se analizará e interpretara los Artículos que aplican, a fin de determinar el alcance de la Iniciativa de Anulación del Fuero Constitucional.

DESARROLLO:

Que es el Fuero Constitucional, desde el punto de vista jurídico

Podemos decir que es un privilegio, del que gozan determinados Funcionarios Públicos, tal como se indica en el Artículo 61. que cita “Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas…………………………”

Es decir, el fuero constitucional protege a todas las personas que fueron electas para desempeñar algún cargo de elección popular. Protege también a los Funcionarios de los Poderes Judiciales, tanto el Federal como los Estatales; Secretarios de Despacho y Jefes Departamentales; Consejeros Electorales; Directores Generales o equivalentes de Organismos Descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos; los Procuradores de Justicia, tanto el federal como los estatales; y los Consejeros de los institutos electorales, federal y estatales

La concentración del poder político y el autoritarismo en los Funcionarios Públicos hoy en día, han hecho equivalente la inmunidad con la impunidad, ya que dichos conceptos se ha desvirtuado por los actores políticos y por consiguiente el espíritu del fuero constitucional. Actualmente a través de los diferentes medios escritos, televisivos y por la radio se ha generalizado entre los ciudadanos una actitud de condena y de rechazo al ejercicio del fuero, ya que su existencia, antes que fortalecer al servicio público, lo debilita.

En fundamento del Artículo 111. Que dice “Para proceder penalmente contra los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ……………………………….. por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo, la Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado.

De acuerdo a las posiciones de algunos partidos Políticos existe puntos coincidentes ya que tienden a precisar que el fuero protege a la función y no a la persona, y que en caso de presunción de un delito el representante popular seguirá en el desempeño de sus funciones hasta en tanto no haya la declaratoria de culpabilidad dictada por un juez, previo proceso, o cuando haya dejado de tener el cargo público de referencia.

Juicio político y la Declaratoria de Procedencia.

Artículo 109. El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, dentro de los ámbitos de sus respectivas competencias, ……………………………………………

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