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INTRODUCCION E HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  13 de Mayo de 2013  •  2.878 Palabras (12 Páginas)  •  764 Visitas

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DERECHO PRIVADO Y DERECHO PÚBLICO:

Se entiende por derecho privado el conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas entre personas que se encuentran legítimamente consideradas en una situación de igualdad, en virtud de que ninguna de ellas actúa, en dichas relaciones, investida de autoridad estatal.

El derecho público se comprende del conjunto de normas que regulan el ejercicio de la autoridad estatal, determinando y creando al órgano competente para ejercitarla, el contenido posible de sus actos de autoridad estatal y el procedimiento mediante el cual dichos actos deberán realizarse.

DIFERENCIAS

Es importante tener en cuenta que, en la práctica, no existen divisiones tajantes entre las distintas ramas del derecho, sino que todas se relacionan entre sí. De todas formas es posible establecer algunas diferencias entre el derecho público y el derecho privado.

En el siglo XIX el jurista alemán Rudolf Von Ihering estableció tres categorías claramente diferenciadas:

1-El derecho público tenía como objeto de trabajo la propiedad pública

2- El derecho privado se encargaba de regular lo que es la propiedad de los particulares y

3-el derecho colectivo que tenía como titular de una propiedad a toda la colectividad de ciudadanos.

Otro jurista alemán llamado Georg Jellinek, realizo un planteamiento que asienta en cierta medida la clara diferencia que hay de los dos tipos de derecho. Así determinó que lo que separa a estos son las relaciones que lo rigen: de desigualdad en el caso del derecho público, porque hay un sujeto que actúa con poder que sería el Estado, el de igualdad en materia de derecho privado, pues ambas partes participantes se encuentran a un mismo nivel.

La relación más usual en el derecho público es de desigualdad (ya que el poder público está en una posición soberana, lo que se conoce como imperium) mientras que en el derecho privado las relaciones son de igualdad.

Y por último, las normas del derecho privado tienden a favorecer los intereses particulares de los individuos mientras que las normas del derecho público estarían presididas por la consecución de algún interés público.

Siguiendo los lineamientos generales de las doctrinas de este tema, se han hecho clasificaciones del orden jurídico positivo de los Estados, con base en la distinción fundamental del derecho en público y privado:

 Derecho privado: derecho civil, derecho comercial y derecho internacional privado

 Derecho público: derecho constitucional, derecho administrativo, derecho penal, derecho tributario, derecho procesal y derecho internacional público.

Esta clasificación general, asumida al conjunto de ordenamientos que componen el derecho social sirve de base al aspecto sistemático de la ciencia del poder jurídico positivo.

La relación y rango entre el derecho público y el derecho privado está sometida a las variaciones históricas y a las diversas variaciones en las distintas concepciones del mundo. Así que pues, que mientras que en el liberalismo la única función del derecho público es servir de protección y defensa del derecho privado, que se considera como el corazón del derecho, en aquellos sistemas en los que se pregona la supremacía del Estado ante el individuo, aparece subordinado, y parcialmente desplazado el derecho privado por el público. Por ende, el tema en cuestión puede implicar en determinados enfoques un esfuerzo ideológico de legitimación del derecho vigente, en lugar de pura doctrina.

DERECHO CIVIL

El derecho civil es la rama del derecho privado constituida por un conjunto de normas que se refieren a las relaciones jurídicas de la vida ordinaria del ser humano, en su categoría de persona.

En la actualidad, forman parte del derecho civil aquellas reglas de conducta que, en unión de las disposiciones del derecho mercantil, constituyen el ámbito del derecho privado; pero al paso que estas últimas reclaman para sí la disciplina del acto de comercio y de la persona en su situación de comerciante; las del derecho civil consideran a la persona en un punto de vista más amplio y más general, pues se interesan en ella, en atención a su calidad y a su dignidad de ser humano considerando con capacidad de goce y, por lo tanto , con responsabilidad y a la vez como miembro de una familia y como titular de un patrimonio.

De allí que esta rama del derecho privado comprende todo un sistema jurídico coherente como mencionamos a continuación:

1-El Derecho de las personas, que regula el inicio y fin de la existencia de las personas naturales, la capacidad jurídica, la administración de los bienes de los incapaces, los derechos de la personalidad, los atributos de la personalidad, es decir, los elementos que determinan las condiciones de cada individuo en su relación jurídica con los demás, tales como el estado civil, el domicilio, la nacionalidad, y ciertos derechos calificados de personalísimos porque están íntimamente ligados a la persona desde su nacimiento y no pueden transmitirse ni disponerse de manera distinta a la taxativa prevista en las leyes.

2-El Derecho de las obligaciones y los contratos, que regula los hechos, actos y negocios jurídicos, y sus consecuencias y efectos vinculantes.

3-El Derecho de cosas o de bienes, que regula lo que se conoce como derechos reales y, en general, las relaciones jurídicas de los individuos con los objetos o cosas, tales como la propiedad, los modos de adquirirla, la posesión y la mera tenencia.

4-Normas de responsabilidad civil, que es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios.

5-El Derecho de familia, que regula las consecuencias jurídicas de la relaciones de familia, provenientes del matrimonio y del parentesco. Sin perjuicio, que parte de la doctrina la considera una rama autónoma del Derecho.

6-El Derecho de sucesiones o sucesorio, que regula las consecuencias jurídicas que vienen determinadas por el fallecimiento de una persona física en cuanto a las formas de transmisión de sus bienes y derechos a terceros.

7-Por último, también incluye normas genéricas aplicables a todas las ramas del Derecho, como la aplicación e interpretación de las normas jurídicas, y normas de Derecho internacional privado. Por esta última razón, el Derecho civil recibe su denominación de "Derecho

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