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Incidente de cancelacion de pencion almenticia


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  2.665 Palabras (11 Páginas)  •  68 Visitas

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XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

                       vs

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

EXPEDIENTE;

SECRETARIA “X”

INCIDENTE DE REDUCCION DE PENCION ALIMENTICIA

 

 

C. JUEZ  DECIMO TERCERO DE LO FAMILIAR

EN EL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E

 

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, recoger documentos y valores, el ubicado en la Sección sabinos edificio 5 departamento 202, en la colonia Infonavit Iztacalco, Delegación Iztacalco, C.P. 08900 en México Distrito Federal, y autorizando para los mismos efectos al C. Licenciado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, con numero de XXXXXXXXXXXXX así como a los XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX y xXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en el Articulo 88 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, Vengo a promover el INCIDENTE de REDUCCIÓN de PENSIÓN ALIMENTICIA decretada a favor de la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, misma que hasta el día de hoy he venido proporcionando de acuerdo a mis posibilidades económicas y a favor de mi menor hijo XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,  y  la ciudadana antes mencionada puede ser emplazada a juicio en la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en México Distrito Federal, demandando las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

                           A).-   La REDUCCIÓN de la pensión alimenticia que hasta la fecha le proporciono a mi hijo de nombre XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, actualmente menores de edad. En virtud de que para dar cumplimiento a dicha pensión alimenticia es demasiado muy complicado de pagar para el suscrito, al no existir pruebas que acrediten que el suscrito tiene un Ingreso Fijo Mensual, aunado a que  de acuerdo a la Jurisprudencia, se desprende que para fijar el monto de la pensión alimenticia, el juzgador debe atender a los principios de proporcionalidad y equidad, así como al estado de necesidad del acreedor alimentario y la posibilidad real del deudor para cumplir con su obligación, sirviendo e apoyo a lo antes mencionado el siguiente Criterio Jurisprudencial, que a la letra dice textualmente lo siguiente:

 

ALIMENTOS. SU FIJACIÓN EN PORCENTAJE RESULTA LEGAL Y CORRECTA CUANDO SE DESCONOZCAN LOS INGRESOS REALES DEL DEUDOR.  Cuando en un juicio de divorcio se condene al pago de pensión alimenticia, y no existan datos que permitan determinar los ingresos del deudor alimentista, es correcto fijar el monto de la pensión en un porcentaje de los ingresos del obligado, suficientes para cubrir los gastos indispensables para la subsistencia de los acreedores, a efecto de que la referida pensión resulte verdaderamente proporcional a la posibilidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos. Ello cuando no queden probados dichos ingresos reales del deudor alimentista.

          SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 656/99. Marisa Gómez Fernández y coags. 1o. de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Everardo Shain Salgado

 

                     Me fundo para hacerlo en las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación detallo:

H E C H O S

1.- Mediante Sentencia Definitiva de fecha Trece de Mayo del Año Dos Mil Once, dictada por el C. Juez la  Décimo tercero de lo Familiar en el distrito Federal, en el juicio Ordinario Civil Divorcio Incausado con número de expediente 728/2011, y que en dicha Sentencia señala en su resolutivo séptimo lo siguiente;

“… SEPTIMO: Respecto a la pensión alimenticia, será en la forma y términos establecidos en la cláusula tercera del convenio referido en líneas anteriores …”

Cabe señalar que dicho convenio fue aprobado por no tener clausulas contraria al derecho a la moral y las buenas costumbres, en el Resolutivo segundo de la sentencia definitiva señalada anteriormente.

Así mismo la cláusula tercera del convenio que hace referencia el resolutivo séptimo de la sentencia definitiva descrito con anterioridad señala lo siguiente:

“… III. El C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, cubrirá las necesidades alimenticias de su menor hijo proporcionando la cantidad de $3,500.00 (tres Mil Quinientos Pesos 00/100) mensuales dentro de los primeros cinco días de cada mes …”

 

2.- Es el caso que el suscrito ha dado cumplimiento parcial a lo ordenado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,  en el que se obliga al suscrito a proporcionar una pensión alimenticia Definitiva consistente en proporcionar la cantidad de $1,500.00 ( Mil Quinientos Pesos 00/100), mensuales dentro de los primeros cinco días de cada mes, a favor de mi menor hijo XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, dado que dicha pensión alimenticia es Excesiva Imposible de pagar para el suscrito, dado que no cuento con un Ingreso fijo, hecho que se demostrara en el presente Incidente de reducción de Pensión Alimenticia.

Así mismo solicito que tenga a bien su H. Señoría de turnar oficio colegio MARIA ISABEL ESCANDON MUNGIA Y COPROPIETARIOS el cual está ubicado en la calle IGLESIA NUMERO 2 TORRE A NUMERO INTERIOR 1002 COLONIA TIZAPAN SAN ANGEL, DELEGACION ALVARO OBREGON EN MEXICO DISTRITO FEDERAL C.P. 01090, para que este rinda informes mensuales de la situación académica e mi menor hijo, toda vez que por razones que hasta la fecha desconozco abandono la institución educativa CETIS 11, la cual está ubicado en la calle de Bucareli 117, colonia Juárez, C.P. 06600, delegación Cuauhtémoc, en   el Distrito Federal, petición que ruego se tome en cuenta por  bienestar del futuro de mi menor hijo.    

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