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JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

lizethlp26 de Agosto de 2013

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EXPEDIENTE No. ___________

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.

SOLUCIONES Y ALTERNATIVAS, S.A.

VS.

DULCE PORTILLO Y JESUS QUIÑONES

SE PRESENTA DEMANDA.

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE LO MERCANTIL,

P R E S E N T E.-

LIZETH LÓPEZ PEREZ, mexicana, mayor de edad, señalando como domicilio donde oír y recibir notificaciones, el ubicado en Colima No. 319, Col. Lázaro Cárdenas, de esta Ciudad; autorizando para intervenir en el presente juicio en los más amplios términos del tercer párrafo del artículo 1069, del Código de Comercio en vigor, a las LICS. MARIAVALDEZ, con Cédula Profesional No. 37241, y en términos del último párrafo de dicho artículo, a la LIC. DANIELA ROMO, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que en mí carácter de Endosataria en Procuración de SOLUCIONES Y ALTERNATIVAS, S.A., circunstancia que acredito con el pagaré que acompaño como documento fundatorio de la acción, vengo a demandar, en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL y en ejercicio de la acción cambiaria directa, a las SRAS. DULCE PORTILLO, quien tiene su domicilio en José María Mendoza No. 1014, Colonia Sahuaro, de esta Ciudad, y JESUS QUIÑONES, quien tiene su domicilio en Etchojoa No. 1441, Colonia Sahuaro, de esta ciudad, el pago de las siguientes prestaciones:

a).- El pago de la cantidad de $21,164.00 (VEINTIUN MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), por concepto de suerte principal.

b).- El pago de los intereses moratorios vencidos desde que se incurrió en mora, más los que se sigan venciendo hasta la total solución del adeudo, a razón del 11.38% mensual más impuesto al valor agregado o I.V.A.

c).- El pago de gastos y costas que el presente juicio origine.

Fundo la presente demanda en las siguientes consideraciones de HECHOS y DERECHO:

H E C H O S :

1.- En esta Ciudad de Hermosillo, Sonora, el día 21 de Junio del 2011, las SRAS. DULCE PORTILLO y JESUS QUIÑONES, suscribieron un pagaré, la primera en su carácter de suscriptora y la segunda en su carácter de aval, a favor de mí endosante SOLUCIONES Y ALTERNATIVAS S.A., por la cantidad de $21,164.00 (VEINTIUN MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.); obligándose a pagar dicha cantidad, incondicionalmente, el día 28 de Junio del 2011; tal como lo acredito con el original del pagaré que acompaño a la presente demanda, y que solicito sea guardado en el secreto de ese H. Juzgado, para que surta los efectos legales a que haya lugar.

2.- Al suscribir el título de crédito base de la acción las ahora demandadas se obligaron a cubrir, en caso de mora, a favor de mí endosante el 11.38% de interés mensual más impuesto al valor agregado o I.V.A.

3.- Es el caso que desde hace más de seis meses se dio el vencimiento del documento base de la acción y su suscriptora ha incumplido con el pago del capital y de los intereses que a la fecha se han generado, a pesar de las múltiples gestiones de cobro extrajudicial que se le han efectuado a las ahora demandadas, razón por la cual el beneficiario el día once de enero del año en curso me lo endosó en procuración para efectuar su cobro por esta vía judicial.

Atento a lo dispuesto por los artículos 1061 y 1392, del Código de Comercio, acompaño al presente escrito, el siguiente documento:

A).- Original del pagaré, que ampara la cantidad de $21,164.00 (VEINTIUN MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.), suscrito por DULCE PORTILLO y avalado por JESUS QUIÑONES, a favor de SOLUCIONES Y ALTERNATIVAS DE MEXICO, S.A., del cual al reverso, se desprende el endoso en procuración a favor de la suscrita; misma documental con la que acredito todos los hechos de la presente demanda, el derecho y legitimación

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