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Juicio Ejecutivo


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  947 Palabras (4 Páginas)  •  157 Visitas

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C.JUEZ DEL RAMO CIVIL EN TURNO

P R E S E N T E .-

LIC Z abogado en mi carácter de endosatario en procuración del C.JOSE MARIA CONTRERAS GARCIA como lo acredito con el endoso que existe al reverso del documento base de mi acción, señalo como domicilio para oír y recibir toda clase notificaciones el ubicado en la calle de PROLONGACION XICOTENCATL # 2170 ALTOS colonia GRACIANO SANCHEZ de esta ciudad capital y ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que en la vía Ejecutiva Mercantil y en ejercicio de la Acción Cambiaria Directa demando al C GABRIEL MARTINEZ LUGO que tiene su domicilio donde puede ser emplazado en la calle de GANZO # 2 de la colonia HOGARES POPULARES PAVON del municipio de SOLEDAD de GRACIANO SANCHEZ de esta ciudad por los siguientes conceptos:

1.-Por el pago de la cantidad de $10,000( DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N) como suerte principal.

2.-Por el pago de costas y gastos que se originen con la tramitación del presente juicio.

3.-Paso a fundarme a los siguientes HECHOS y consideraciones de DERECHO:

H E C H O S

I.-Con fecha 17 de JULIO del 2012 el C GABRIEL MARTINEZ LUGO suscribió un título de crédito de los denominados PAGARES a favor del endosante el C. JOSE MARIA CONTRERAS GARCIA por un total de $10,000(DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N) el cual tenía que ser pagado el día 17 de ENERO del 2013.

II.-En virtud de que mi ahora demandado se ha negado a cumplir con su obligación de pago, solicito a su señoría se emplace y se le requiera del pago del presente documento al deudor, ya que no obstante de las múltiples gestiones realizadas en forma particular, es la razón por la cual el beneficiario de el documento optó por endosármelo para su cobro judicial, motivo por el que promuevo la presente demanda fundándome en los siguientes puntos de :

D E R E C H O

Este juzgado es competente para conocer del presente negocio , esto con fundamento por lo dispuesto en los artículos 1090 y demás relativos del Código de Comercio en vigor.

En cuanto al fondo del asunto se aplican los arts.1,5,33,150 F.II,151,152,170,175, 176 y demás relativos de la Ley General de Título y Operaciones de Crédito.

Sirven de sustento al procedimiento los artículos 1391 F.IV .1392,1393.1394,1395,1398,1401 del Código de Comercio reformado, el cual nos otorga la opción de presentar pruebas ya sea en el escrito de demanda,por lo cual ofrecemos las siguientes pruebas:

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