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Juicios Orales


Enviado por   •  20 de Agosto de 2013  •  1.458 Palabras (6 Páginas)  •  264 Visitas

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Objetivo general.

Determinar beneficios y perjuicios en la implementación del sistema de impartición de justica acusatoria en Jalisco.

Objetivo especifico.

1. Conceptualizar el método de impartición de justicia inquisitivo en Jalisco.

2. Elaborar comparación de los actuales métodos de impartición de justicia.

3. Conocer los probables retos para las nuevas generaciones de estudiantes y los antiguos ejerce dores de la materia del derecho.

Planteamiento del problema.

En el estado de Jalisco el día 18 de junio del 200, se publico en el diario oficial de la federación una reforma a la constitución, que se ha calificado como la más relevante realizada al sistema penal en muchos años.

Dicha reforma fue aprobada por el congreso de la unión y como lo establece el artículo 135 de nuestra constitución por la mayoría de los estados.

Esta reforma judicial termina con los procesos a puertas cerradas; ahora los procuradores de justicia y los defensores deberán de presentar sus alegatos de manara oral.

El estado de Jalisco deberá dejar ataras el sistema inquisitivo y modificarlo por un sistema acusatorio, en busca de la modernización del estado, dando lugar a la modificación de leyes tanto como a los procesos de un juicio.

Actualmente las instituciones encargadas de impartir la licenciatura de derecho no cuentan con un sistema de aprendizaje basado en la nueva reforma de juicio oral, esto quiere decir que tanto los actuales estudiantes de la materia de derecho como los antiguos ejerce dores de la misma para seguir laborando adecuadamente en este ámbito deberán enfrentarse a varios retos, y problemáticas debido a que en Jalisco se desconoce de este método de impartición de justicia.

Justificación teórica.

Es justificación teórica debido a que se formula la reflexión de un conocimiento previo también un debate sobe el mejor método de impartición de justicia en Jalisco, investigando a fondo lo notico, lo ontológico, y lo epistemológico.

En Jalisco se implemento una nueva reforma que infiere un sistema de impartición de justicia acusatorio, mediante el proceso de oralidad en los juicios buscando con este sistema que el derecho actué con firmeza, equidad, igualdad, honradez y sin dejar lugar a algún acto ilícito, así como garantizar justicia pronta y eficaz.

Ya que se cree que el método inquisitorio (actual) es corrupto.

A esto de los estudiantes de derecho surgen diversas preguntas

¿Que probabilidad de eficacia, tiene el juicio oral?

¿Qué leyes se modificaran?

¿Cómo hacer el proceso oral?

¿Cuál método de impartición de justicia es mejor?

¿Cómo estar preparado?

¿Qué términos tendrá?

Tipos de investigación.

1. Correlacionar.

se relaciona los dos temas a analizar que son métodos de impartición de justicia en el estado de Jalisco el sistema inquisitorio y el sistema acusatorio que tienen como finalidad lograr aplicación de la ley justa en cada juicio.

2. Descriptiva.

se pretende conocer las características de ambos sistemas, sus beneficios como perjuicios en la implementación en el método, el proceso y los términos, así también los retos a los que se enfrentan los estudiantes actuales del derecho.

Marco filosófico.

Es el conjunto de normas internas y publicas que regulan y determinan los actos, las formas, y las formalidades que deben observarse para hacer factible la aplicación del derecho sustantivo.

Partiendo de una clasificación atribuida a jeremías bentham, que las leyes de carácter subjetivas contienen derechos y obligaciones y las adjetivas las disposiciones necesarias para hacerlas valer.

El juicio oral está sumergido en el derecho de procedimientos.

‘la privación de la libertas está sujeta al capricho de quien ostenta la autoridad’

Colín Sánchez Guillermo

Marco filosófico.

‘todo proceso tiene como esqueleto tres funciones que son: la acusación, la defensa y la decisión’

Las cuales se dan atreves de los diferentes sistemas procesales, adquieren expresiones que pueden ser, entre otras, la oral y la escrita.

La primera se desarrolla preponderadamente atreves de la palabra hablada presentándose la inmediatez relevada entre el contacto directo de las partes, los terceros, y el juez.

Y la segunda abarca un proceso cuando la escritura es el medio que utilizan las partes para intervenir en un juicio.

La acusación, la defensa, y la decisión pueden revestir en el proceso diferentes formas, constituyendo los sistemas de enjuiciamiento.

Manuel rivera Silva.

Marco

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