ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Justicia De Paz


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2011  •  2.889 Palabras (12 Páginas)  •  620 Visitas

Página 1 de 12

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

ALDEA UNIVERSITARIA MENCA II

GUARENAS-EDO MIRANDA

CATEDRA: MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS

TEMA N° 6

La justicia de paz

Integrantes:

Berroteran Priscila

Narváez Margella

Querales José

Rivero Carmen

Profesora:

Yajaira Rojas

Guarenas, Noviembre de 2011

INTRODUCCION

La justicia de paz es una justicia distinta con validez propia, satisface una necesidad de justicia que el Estado aún no puede satisfacer por lo que la justicia de paz no se justifica como mecanismo de descarga de trabajo del aparato centralizado de justicia sino como una forma distinta de proveer el servicio de justicia que los ciudadanos requieren; así: la cercanía del juzgador a los actores del problema, la renuncia a formalizar el conflicto mediante el uso de categorías legales, la preeminencia de la búsqueda de soluciones que armonicen los intereses de las partes, convierten a la justicia de paz en una justicia distinta.

Nuestro propósito es investigar y analizar exploratoriamente La Justicia de Paz, ya que con esto tendremos más claro dicho tema, sus características, procedimientos, competencias, condiciones, y atribuciones del juez, las culturas y sus diferencias.

DESARROLLO

Justicia de Paz.

Fundamentación Legal

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 178. Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las siguientes áreas:

Ordinal 7. Justicia de paz, prevención y protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la legislación nacional aplicable.

Artículo 258. La ley organizará la justicia de paz en las comunidades.

Ley Orgánica de Justicia de Paz.

Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto regular todo lo relativo a la Justicia de Paz. A estos efectos, en cada división territorial que se establezca en los Municipios habrá una persona, que se denominará Juez de Paz, que tendrá por función solucionar los conflictos y controversias que se susciten en las comunidades vecinales.

Definición.

Es un mecanismo de resolución de conflictos distinto al método tradicional de justicia. Los Jueces de Paz emplean la conciliación para que las partes solventen el conflicto mediante un acuerdo. Si tal acuerdo no se produce, entonces los Jueces de Paz deben tomar una decisión basada en la equidad.

Ley Orgánica de Justicia de Paz.

Artículo 4. El propósito fundamental del Juez de Paz será lograr la justicia del caso concreto y garantizar la convivencia pacífica de los miembros de la comunidad vecinal.

Características.

• Democratiza el acceso a la Justicia.

• Es rápida.

• Es gratuita.

• Es oral.

• Es transparente.

• Crea confianza en la comunidad.

• Mejora la convivencia.

• Descentraliza la Justicia Ordinaria.

• No necesita la asistencia de abogados.

• Descongestiona la justicia ordinaria.

• Busca u acuerdo que satisfaga a ambas partes.

• Es positivo y beneficioso para ambas partes.

• Tiene estructuras y pautas dirigidas por un juez de paz.

• Es un acto voluntario entre las partes y el juez de paz.

Procedimiento de Elección y Competencia.

Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Artículo 258. Los jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta, conforme a la ley.

Ley Orgánica de Justicia de Paz.

Artículo 11. Los Concejos Municipales, mediante Ordenanza regularán lo relativo al proceso de elección del Juez de Paz, de conformidad con los principios consagrados en esta Ley; asimismo, solicitarán la participación del Consejo Supremo Electoral, de la Oficina Central de Estadística e Informática (OCEI) y de otros organismos, a los fines del apoyo técnico necesario para el desarrollo satisfactorio de la elección. Estos organismos estarán obligados a atender las solicitudes que a tales efectos efectúen los Concejos Municipales.

Artículo 13. Cada tres (3) años a partir de la primera elección, se llevará a cabo los comicios para elegir al Juez de Paz en los términos establecidos por esta Ley. Los Jueces de Paz podrán ser reelectos.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (19.1 Kb)  
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com