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¿LA INTERMEDIACIÓN LABORAL Y LA TERCERIZACIÓN, DESVIRTÚAN EL EMPLEO EN EL PERÚ?


Enviado por   •  27 de Diciembre de 2013  •  439 Palabras (2 Páginas)  •  503 Visitas

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¿LA INTERMEDIACIÓN LABORAL Y LA TERCERIZACIÓN, DESVIRTÚAN EL EMPLEO EN EL PERÚ? Elaborado por Gino Aldo Bossio Rodríguez

CONTENIDO.1.- Delimitación del tema.“¿La Intermediación laboral y la tercerización, desvirtúan el empleo en el Perú?”

2.- Fundamentación.La intermediación laboral, es un modelo de organización que tiene como objeto social exclusivo la prestación de todo tipo de Servicios de Intermediación Laboral, estando facultada para desarrollar simultáneamente todo tipo de actividades de intermediación laboral de servicios temporales, complementarios y especializados, análogas, afines o conexas, previstos en la ley, lo que consta en sus estatutos y en el registro correspondiente ante autoridad competente, conforme lo establecen las leyes en el Perú.

Siendo esto así, involucra a tres elementos participativos: la empresa usuaria, la empresa de Intermediación laboral y los trabajadores, a través de los cuales, se brinda el servicio de intermediación laboral (destaque de personal).

Se otorga fundamentalmente la mano de obra (fuerza laboral), es decir al personal capacitado y calificado para el desarrollo de diversas actividades requeridas por la empresas usuarias; y sólo podrá brindarse por empresas de servicios que se encuentren constituidas como personas jurídicas de acuerdo a la Ley General de Sociedades y como Cooperativas de acuerdo a la Ley General de Cooperativas y debidamente registradas ante autoridad competente.

Existe una garantía de pago hacia los trabajadores puesto que, frente a un supuesto incumplimiento de obligaciones laborales, la empresa usuaria, responde solidariamente por la empresa de intermediación.

La empresa usuaria está prohibida de contratar a una empresa de intermediación laboral para cubrir servicios que representen el core business de su actividad principal, así como también cubrir requerimientos de personal que se encuentre ejerciendo el derecho de huelga o para cubrir personal en otra empresa de servicios, de acuerdo a la Ley y reglamentos existentes.

Por un lado, la Ley existente establece porcentajes limitativos para el número de trabajadores de empresas de intermediación que pueden brindar servicios en las empresas usuarias. Esta limitación consiste -en la actualidad- en no exceder del 20% del

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