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LA REFORMA FISCAL HACENDARIA 2013.


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  Resúmenes  •  2.488 Palabras (10 Páginas)  •  201 Visitas

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RESUMEN

SOBRE LA REFORMA FISCAL HACENDARIA 2013.

GARROTE FISCAL PARA CASI NADA

Desde su campaña electoral y con énfasis a partir de su toma de posesión como presidente, Enrique Peña Nieto anunció la hacendaria (o fiscal) como “la madre de todas las reformas estructurales”.

Dijo que esa sería la palanca para la transformación económica del país, la cual haría posible que las finanzas públicas ya no dependieran de los ingresos petroleros y proveería de recursos suficientes para enfrentar las ingentes necesidades de gasto, para echar a andar la economía y brindarle bienestar social a la población.

El domingo 8 presentó una propuesta de reforma hacendaria. La primera condición para que la reforma fuera “estructural” quedó descartada, pues no dará los recursos suficientes para disminuir la dependencia de los ingresos petroleros.

Es la muerte anunciada del dogmático e imposible “déficit cero” que tanto habían festejado Peña Nieto y su secretario de Hacienda, Luis Videgaray.

IVA A DISCRECIÓN

Si bien en términos macroeconómicos no resultó la reforma “estructural” que se buscaba, la iniciativa de Peña Nieto sí revoluciona el esquema tributario a tal grado que tiene indigesto a medio mundo, indignada a la sociedad y de cabeza a especialistas, empresarios y contribuyentes.

No es para menos. Con los cambios propuestos a la Ley del Impuesto al Valor Agregado se eliminan exenciones a muchos servicios y productos que son consumidos por gran parte de la población.

En la Ley del Impuesto Sobre la Renta hay un cambio total. De hecho es una nueva ley que incorpora muchas características y mecanismos del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), vigentes desde 2008 y los cuales serán abrogados, según la propuesta presidencial.

Respecto del IVA, Peña Nieto se vio obligado a renunciar a su propósito de generalizar la tasa de 16%, incluyendo alimentos y medicinas.

Pero los cambios propuestos irritaron a todos. De ser aprobados se pagará 16% de IVA en colegiaturas, en la compra o renta de casas y en hipotecas, así como en las entradas a todos los espectáculos –cine, conciertos, eventos deportivos– distintos del circo y del teatro.

Otra “ingeniosa” manera en que el gobierno pretende recaudar más es aplicándole IVA a los chicles y a los alimentos para mascotas. Y también a la compra de éstas. En el primer caso porque el chicle “no es un alimento”. En el segundo, porque los alimentos de los animales domésticos “evidentemente no están destinados al consumo humano.

Igualmente las empresas maquiladoras y los importadores pagarán IVA cuando introduzcan mercancías al país. También se pagará ese impuesto por la venta al mayoreo de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes. Y los habitantes de las zonas fronterizas verán mermada su capacidad de compra pues se propone eliminar la tasa baja de la cual gozan (11%) para subirla al 16% general.

En pocas palabras, las modificaciones al IVA no resuelven la baja recaudación por ese impuesto.

IRRITACIÓN EMPRESARIAL

Pero es la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta la que causa todavía más dolores de cabeza a los contribuyentes, sobre todo a empresarios y personas físicas con ingresos presuntamente “altos”.

El aplauso inicial que mereció la reforma de parte de los empresarios por la propuesta de desaparecer el IETU y el IDE, se trocó en desencanto cuando se anunció la eliminación del régimen especial llamado consolidación fiscal y en irritación apenas se conoció el resto de las medidas propuestas, que en su mayoría apuntan a eliminar deducciones, exenciones y tratamientos preferenciales para sectores específicos.

La estructura del ISR vigente contiene diversos regímenes preferenciales y tratamientos de excepción que generan distorsiones, restan neutralidad, equidad y simplicidad, y generan espacios para la evasión y elusión fiscales, derivando en una importante pérdida de recursos fiscales.

Y como era casi imposible modificarlo y hacer que las empresas, sobre todo las grandes, pagaran la tasa efectiva de dicho impuesto, optaron por mecanismos de control. Los más relevantes fueron el Impuesto al Activo (Impac) y el IETU.

Pero como las empresas y sus planeadores fiscales siempre van por delante de la autoridad, buscándole huecos a la ley para darle la vuelta y no pagar o pagar cantidades irrisorias, el Impac acabó siendo insuficiente.

Por eso se pusieron felices cuando Peña Nieto anunció la desaparición del IETU y del IDE. Pero se callaron cundo EPN dijo:

Pagarán eso todas las personas físicas que ganen desde 500 mil pesos al año (cerca de 42 mil brutos al mes, pero menos de 30 mil netos) y que ya van a ser apaleados con los pagos de 16% de IVA en colegiaturas, renta y compra de casas y en créditos hipotecarios.

Además la ley reduce las deducciones personales –gastos médicos, hospitalarios, dentales y de transporte escolar, entre otros– a “la cantidad que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del contribuyente, incluyendo ingresos exentos (prestaciones) y un monto equivalente a dos salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal”. (Dos salarios mínimos al año son 46 mil 627 pesos).

Pero para que puedan deducir esos gastos los contribuyentes deberán pagar sus consumos con tarjetas de crédito o débito, cheque o transferencia bancaria. Si lo hacen en efectivo no podrán deducir esos gastos personales.

A las grandes empresas con subsidiarias la propuesta de desaparecer el régimen de consolidación fiscal los tiene alarmados. Este mecanismo les permite pagar el ISR como si fueran una sola empresa, aunque sean varias.

En dicho esquema se les permite compensar las pérdidas de unas con las ganancias de otras, con la ventaja de que si resulta alguna utilidad del conjunto pueden diferir el pago de impuesto. Eliminada la consolidación si se aprueba ahora cada empresa que pertenezca a un grupo de deberá pagar ISR de manera individual.

Por otra parte los vales de despensa sólo serán deducibles cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT, con lo cual se logrará un control de quién es el beneficiario efectivo de los vales y asegurarse que sea él quien los utilice.

Las empresas que se dediquen a la construcción y ventad de desarrollos inmobiliarios ya no podrán deducir el costo de adquisición de sus terrenos

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