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¡LAS DOS CARAS DE UNA MISMA MONEDA!


Enviado por   •  30 de Julio de 2017  •  Trabajos  •  1.681 Palabras (7 Páginas)  •  244 Visitas

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¡LAS DOS CARAS DE UNA MISMA MONEDA!
Al Respecto sobre la Diferencia entre los Organismos Reguladores y una Agencia de Competencia

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Yubitza Yamali Rojas Pinedo[1] 

Universidad de San Martín de Porres – Filial Norte

RESUMEN

La competencia ha generado que los consumidores o usuarios puedan, hoy en día, elegir productos o servicios según sus preferencias, y según al alcance de su bolsillo, pero hay agentes del mercado que no conformes de ser lo que son, tiene el ánimo de ser lo que todo empresa quiere lograr, llegar a ser un monopolio, aquella distorsión hace que el mercado sea cada vez más vulnerable. Con el propósito de corregir aquellas fallas, y otras, el Estado crea instituciones en las cuales los agentes económicos más débiles pueden verse refugiados, como son: Los organismos reguladores y la agencia de competencia, sin embargo, merece hacer una distinción en cuanto a su estrategia de acción toda vez que en mucho de los casos se cree que tienen las mismas funciones.

PALABRAS CLAVES

Organismos Reguladores, Agencia de Competencia, OSIPTEL, OSINERGMIN, SUNASS, OSITRAN, INDECOPI, Mercado, Agentes económicos, Políticas de competencias, Políticas de Regulatorias, fallas del mercado.

ABSTRACT

The competition generated that consumers or users can, today, choose products or services according to their preferences, according to the scope of your pocket, but market players nonconforming being what they are, has the courage to be what every company wants to achieve, to become a monopole distortion that makes the market is increasingly vulnerable. In order to correct those flaws, and others, the state creates institutions in which economic agents may be weaker refugees, such as: The regulators and the competition agency, however, should make a distinction in their action strategy since in many of the cases are believed to have the same functions.

KEY BOARD

Regulators, Competition Agency, OSIPTEL OSINERGMIN SUNASS OSITRAN INDECOPI, market, economic agents, competencies Policy, Regulatory Policy, market failures.

INTRODUCCIÓN

La iniciativa privada al ser uno de los pilares de nuestra constitución económica basados en una economía social de mercado, ello equivale a decir que el Estado asume una función de contribuir con el desarrollo del país a través de mecanismos en los cuales los agentes económicos puedan actuar de forma libre, siempre garantizando los derecho de los consumidores o usuarios y sobre todo, equilibrando la competencia.

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Desde la década de los 90´s el Perú ha experimentado procesos de privatizaciones, acompañadas de liberalización, sumado a ello el progresivo cambio de rol que comenzaba a experimentar el Estado[2], arrastró al mercado a sobrevivir a través de la oferta y la demanda. Sin embargo, el mercado ha dejado de ser lo que el Estado quiere que sea, pero es comprensible, un mercado por más libertad que tenga no podrá, por sí mismo, corregir fallas que por su naturaleza deben de existir[3].

En efecto, la inversión privada contribuyó a la mejora en la adquisición de bienes y la prestación de servicios, ha incrementado la competencia, lo que ha generado que los consumidores o usuarios puedan elegir según sus preferencias o gustos. Pero “no todo lo que brilla es oro”, hay empresas que no conformes de ser lo que son, tienen el ánimo de ser, lo que todo empresa quiere ser, un monopolio. Ahí es donde surge el problema, porque para alcanzar este objetivo, tienen que distorsionar más de lo que ya está, el mercado, produciendo conductas anticompetitivas y deshonestas.

¿Y ahora quien nos podrá ayudar?

El Estado ha puesto a nuestra disposición Organismos Reguladores como el OSIPTEL[4], OSINERGMIN[5], SUNASS[6] y OSITRAN[7], y la “Agencia de Competencia” que se encuentra precedido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Ambas figuras tienen distintos ámbitos de aplicación, aunque no tan bien determinadas, pese a que existen lineamientos sobre las competencias institucionales para cada caso en concreto, se siguen cometiendo errores. Se cree que es indispensable establecer sus diferencias para no caer en la sinonimia.

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