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LEY DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACION DEL TERRORISMO


Enviado por   •  12 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  442 Palabras (2 Páginas)  •  59 Visitas

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BLANQUEO DE CAPITALES

LEY 23 DE 23 DE ABRIL DE 2015.

LEY DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACION DEL TERRORISMO

Art22. Sujetos obligados: bancos y grupos bancarios, empresas fiduciarias, empresas financieras, arrendamiento financiero, factoring, procesadores de td y tc, y entidades emisoras de medios de pago electrónico.

Art 23. Sujeto no financieros obligados: empresas de zona libre de colon, panamá pacifico, zona libre de barú y zonas francas y la bolsa de diamante. Al no pagar impuestos las autoridades no conocen su manejo y por eso son sujetos obligados. Remesa de dinero, casinos, sistemas de apuestas, empresas promotoras, inmobiliarias, bienes raíces cuando esto se refiera a la promoción de compra venta. Construcción y contratistas. Transporte de valores. Casas de empeño, comercialización a la comercialización de metales o piedras preciosas (joyerías). Lotería nacional de beneficencia. Correo y transporte. Sociedades anónimas de ahorro y préstamo, cooperativas, casa de cambio en cualquiera de sus formas. Compra y ventas de autos nuevos y usados. Banco de desarrollo agropecuario. Empresas relacionadas con personas con estudios del art 24. Personas independientes

Art 24. Actividades: contador, abogado, notarios, solo estarán sujetos a supervisión de la intendencia cuando el ejercicio profesional lo realicen a nombre de otro. Si participan en la venta de un inmueble, si administra dinero o valores burletes del cliente, que administre las cuentas bancarias del cliente, que maneje la operación de otra empresa. Tratar como agente residente. Actuación o arreglo para el pago de un apersona y que esta actué como participe como integrante de la junta de una sociedad.

¿Quiénes supervisan? - Superintendencia de bancos, de valores, de seguro. Regula la intendencia de supervisión y verificación de sujetos no financieros y esta reporta a la DGI

¿Qué se considera una actividad sospechosa? - ROS: reporte de operación sospechosa. Transacciones deposito o cheques que no guardan relación con la operación del negocio. Cambios repentinos e inconsistentes en los parámetros celebrados. Cambios en la junta directiva. Transferencia recibidas del extranjero cuando el proyecto en panamá. Solicitar reembolsos en efectivo. Sin motivos solicite una referencia con tiempo no cierto. Oposición a brindar información. Nombrar empleados como representantes de una transacción. No saber el origen de los fondos para el financiamiento de un proyecto. - UAF guía de calidad de reporte de operación sospechosa. Dice todo lo que puede catalogarse como una actividad sospechosa.

¿Qué tiene que hacer un cliente que este dentro de esta categoría? – nombrar un oficial de cumplimiento que solo reporta a la junta directiva. En las empresas no financieras es un oficial de enlace que también reporta a la junta directiva. Estos tienen la obligación de hacer la diligencia

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