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LEY DE EXTINCION DE DOMINIO EN GUATEMALA


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2012  •  27.728 Palabras (111 Páginas)  •  1.097 Visitas

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CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 55-2010

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años se ha incrementado, de manera alarmante, el número de delitos que atentan contra el patrimonio del Estado y de los particulares, así como los que ocasionan grave daño a la vida, la integridad, la libertad y la salud de los habitantes de Guatemala, relacionados con la delincuencia organizada, así como otras formas de actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que mediante actos de corrupción, tráfico de influencias y otros ilícitos, cada vez más personas individuales y jurídicas, han acumulado bienes con recursos provenientes de actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que los responsables de los delitos económicos, de las infracciones de narcotráfico o de la delincuencia organizada, han utilizado diversos mecanismos ilegales, mezclados estos con medios legales, para la transferencia y circulación de bienes, ganancias, frutos y productos de la criminalidad, así como para el encubrimiento o el ocultamiento de la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o la propiedad real de esos bienes, ganancias o derechos, a sabiendas de que proceden de actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que es imperativo emitir una legislación apropiada para recuperar, a favor del Estado, sin condena penal previa ni contraprestación alguna, los bienes, las ganancias, productos y frutos generados por las actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que es imprescindible establecer un procedimiento específico y exclusivo, fuera de la jurisdicción penal y civil, y otorgar a los operadores de justicia instrumentos legales para extinguir los derechos sobre bienes obtenidos o que se deriven de actividades ilícitas o delictivas.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República,

DECRETA:

La siguiente:

LEY DE EXTINCION DE DOMINIO

CAPITULO I

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 55-2010

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que en los últimos años se ha incrementado, de manera alarmante, el número de delitos que atentan contra el patrimonio del Estado y de los particulares, así como los que ocasionan grave daño a la vida, la integridad, la libertad y la salud de los habitantes de Guatemala, relacionados con la delincuencia organizada, así como otras formas de actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que mediante actos de corrupción, tráfico de influencias y otros ilícitos, cada vez más personas individuales y jurídicas, han acumulado bienes con recursos provenientes de actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que los responsables de los delitos económicos, de las infracciones de narcotráfico o de la delincuencia organizada, han utilizado diversos mecanismos ilegales, mezclados estos con medios legales, para la transferencia y circulación de bienes, ganancias, frutos y productos de la criminalidad, así como para el encubrimiento o el ocultamiento de la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o la propiedad real de esos bienes, ganancias o derechos, a sabiendas de que proceden de actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que es imperativo emitir una legislación apropiada para recuperar, a favor del Estado, sin condena penal previa ni contraprestación alguna, los bienes, las ganancias, productos y frutos generados por las actividades ilícitas o delictivas.

CONSIDERANDO:

Que es imprescindible establecer un procedimiento específico y exclusivo, fuera de la jurisdicción penal y civil, y otorgar a los operadores de justicia instrumentos legales para extinguir los derechos sobre bienes obtenidos o que se deriven de actividades ilícitas o delictivas.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República,

DECRETA:

La siguiente:

LEY DE EXTINCION DE DOMINIO

CAPITULO I

EXTINCION DE DOMINIO

ARTICULO 1.- Objeto de la ley. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y de interés social. Esta Ley tiene por objeto regular:

a) La identificación, localización, recuperación, repatriación de los bienes y la extinción de los derechos relativos al dominio de los mismos, así como de las ganancias, frutos, productos, rendimientos o permutas de origen o procedencia ilícita o delictiva, a favor del Estado;

b) El procedimiento exclusivo para el cumplimiento efectivo de la presente Ley;

c) La competencia y facultades de las autoridades respectivas para la ejecución de la presente Ley;

d) Las obligaciones de las personas individuales o jurídicas que se dedican al ejercicio de una profesión o actividades susceptibles de ser utilizadas para la transferencia, uso, ocultamiento y circulación de los bienes producto de actividades ilícitas o delictivas; y,

e) Los medios legales que permitan la intervención de las personas que se consideren afectadas por la aplicación de la presente Ley.

ARTICULO 2.- Definiciones. Para la aplicación de la presente Ley, regirán las definiciones siguientes:

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