LEY DEL ISSFAM
rosalba00013 de Febrero de 2013
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ANTECEDENTES DEL LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS (ISSFAM).
1829 Con fecha 16 de octubre se aprobó el reglamento general de la gran casa nacional de inválidos establecida en México por Sr. General de división, benemérito de la patria y segundo presidentes de Estados Unidos Mexicanos Vicente Guerrero. En este documento se establecían las reglas para el funcionamiento de dicha casa y las condiciones para el otorgamiento del beneficio. Servirá de asilo a los militares beneméritos o particulares que por servicios calificados a la patria, hayan sacrificado una parte de su existencia en el campo de honor, o en comisiones peligrosas de sumo interés a la patria que se le hubiesen confiado y calificase tal es el supremo gobierno.
1917 Quedan consagradas las garantías sociales en la constitución, que se refieran de manera enunciativa a la seguridad social y las normas y regulaciones que han ido actualizando. Posteriormente se especificaron a los sujetos y objetos materia de la seguridad social, imprimiendo una evaluación que han requerido la participación de diversas instituciones que se desarrollan actualmente en un amplio panorama que abarca diversos sectores del país.
1925 Se creó la dirección general de pensiones civiles y retiro, la cual otorgaba a todos los prestadores de servicios del estado de los beneficios de seguridad social.
1926 Se expide la “LEY DE RETIROS Y PENSIONES DE EJÉRCITO Y LA ARMADA NACIONALES”.
1929. La evaluación que ha sufrido el instituto de seguridad social para las Fuerzas Armadas Mexicanas resulta significativa en la historia de México como precursor de la seguridad social, toda vez que, con la reforma dada a la constitución política dada en el año de 1929 se establece un sistema de seguros obligatorios.
1936 Surge el decreto que crea el fondo de ahorro de ejército así como su reglamento.
1939 La “LEY DE RETIROS Y PENSIONES DEL DE EJÉRCITO Y LA ARMADA NACIONALES”, sufre modificaciones, con el objeto de incrementar los beneficios.
1946 Surge el decreto por el cual se crea el banco nacional del ejército y la armada.
1953 Surge la “LEY DEL SEGURO DE VIDA MILITAR”.
1955 El congreso de la unión aprobó un decreto del ejecutivo federal por medio del cual se reforma la ley de retiros y pensiones militares, entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio y con ubicación en la ciudad de México, algunos de sus objetivos primordiales eran el manejo de pensiones, compensaciones y haberes del retiro.
1961 Es emitida la “LEY DE SEGURIDAD PARA LAS FUERZAS ARMADAS”, mediante la cual se abroga la ley de seguro de vida militar.
1976 Surge el 29 de junio de 1976 entrando en vigor a los 30 días después de su publicación en el diario oficial de la federación, de 1976 la “LEY DEL INSTITITO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS” abrogando la ley de retiros y pensiones militares de 30 de diciembre de 1925, el decreto que creo la dirección de pensiones militares, de 26 de diciembre de 1955, la LEY DE SEURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS de 30 de diciembre de 1961, y se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.
1995 Por acuerdo presidencial de fecha 14 de septiembre de 1995, publicado en el diario oficial de la federación el día 25 de septiembre del mismo año, se abrogo el acuerdo de fecha 19 de agosto de 1988 generando a partir de esta fecha el derecho recibir los nuevos beneficios de seguridad colectiva de retiro para militares que soliciten su retiro, se encuentren inutilizados para actos fuera del servicio en la primero o segunda categoría o fallezcan en actos fuera del servicio hayan cumplido 20 o más años de servicio en ambos casos, sin tomar en cuenta los años de servicio
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