La Conciliacion
yurimaysoto20 de Noviembre de 2014
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3.- LA CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN
Los diferentes medios alternativos de solución de conflicto son de relevancia en el desarrollo de sociedades participativas y dispuestas al desarrollo de las formas más efectivas para solucionar los conflictos, por esta razón primero habláremos sobre los antecedentes históricos y la conceptualización de la conciliación y la mediación para así comprender la terminología y la evolución que ha tenido en nuestra sociedad.
3.1.- Antecedentes Históricos
Si nos remontamos al origen histórico de la mediación, debemos ir al origen mismo del hombre, ya que es tan antiguo como lo es el conflicto. Este es connatural al ser humano y a los grupos que integra . Su génesis es la de la vida en comunidad.
Existen fragmentos filosóficos presocrático, como los de Heráclito y Aristóteles donde podemos traducir que el "conflicto es el promotor del cambio y a su vez es consecuencia de este..." y simplemente se necesitan dos seres, ya que el conflicto se caracteriza por la dualidad adversario – adversario. Si damos pie a la afirmación de que todo conflicto tiene su lado positivo, que podría estar popularizado en el dicho: " No hay mal que por bien no venga", veríamos que los conflictos bélicos, entendidos como acciones negativas y violentas en su máxima expresión, nos han dejado un cuerpo teórico que viene creciendo década tras década. Nos referimos concretamente a la época posterior a la segunda guerra mundial. Cuando se dio un gran impulso al estudio del fenómeno antropológico, social económico y político de la guerra, y se fueron modelando distintas teorías que tienen entre uno de sus capítulos la " INTERVENCIÓN DE TERCEROS".
Focalizando en la Intervención de Tercero, sin participación en el conflicto sólo encontramos la figura del:
- Mediador: no decide el conflicto, las partes conservan la autonomía de su solución
- Arbitro / Juez: estos terceros deciden el conflicto por las partes (heteronimia de la solución). Se ve entonces, que el tema de la heteronimia de la solución del conflicto, que funciona bajo la culpabilización, la imposición, la asignación de responsabilidades y la sanción, e s sólo una forma de asegurar que los conflictos no queden irresueltos y de que los proyectos de individuos, grupos o entidades que forman la comunidad puedan llegar a realizarse en pos del orden social y bien común. El Estado es quien debe cargar con el mantenimiento de esta forma de solucionar conflictos, a través del ordenamiento jurídico y hacerse responsable de su vigencia. La resolución judicial no es una forma pacífica de resolver disputas.
En los Estados Unidos fue justamente la insatisfacción que producía la aplicación de forma exclusiva y excluyente de los mecanismos jurisdiccionales, lo que origino a comienzos de los 70, la aparición, clasificación e institucionalización de otras formas de tratar con los conflictos llamadas alternativas" respecto del litigio. Advertimos que la demanda social apuntaba, y aún hoy es así, no sólo a la mejora del funcionamiento del sistema tradicional, los tribunales. Sino además hacia los contenidos, el fondo de las soluciones adjudicadas por la magistratura.
Se presume que con la disminución de las causas en los tribunales, en cuanto al volumen de expedientes que ingresan en el sis tema , los jueces podrán dedicarles más tiempo a aquellos casos en donde no es posible ni conveniente la mediación, posibilitando un estudio pormenorizado del caso en cuestión y dándoles a sus sentencias la excelencia jurídica necesaria para que tengan su existencia y misión, una razón de ser.
Por eso, las últimas tendencias están marcando la posibilidad de sustituir la palabra "alternativa" por solución "adecuada" de conflictos, entre los cuales figuraría el litigio como una de esas formas , siempre y cuando dicho servicio de justicia cumpla con los requisitos de economía, sencillez, rapidez, y calidad de contenido, del que son merecedores todos los justiciables de una sociedad.
La Mediación tiene raíces históricas y culturales antiquísimas. La participación de un TERCERO que promueve la conciliación y el ACUERDO AUTODETERMINADO por partes en desavenencia — que no han logrado negociar exitosamente — comienza con la existencia de, por lo menos, tres personas en el mundo.
La mediación, tal como ahora la conocemos, no es sino una adaptación actualizada de los que ya existía en otras culturas, en otras épocas.
En CHINA, desde la antigüedad, fue un recurso básico en la resolución de los desacuerdos. Confucio afirmaba la existencia de una armonía natural en las relaciones humanas, que debía dejarse desenvolver. En su pensamiento, el apoyo unilateral y la intervención adversarial, dificultan la comprensión y son la antítesis de la paz. En esta república la mediación se sigue ejerciendo en la actualidad a través de los comités populares de conciliación.
En JAPÓN la Mediación tiene viejas raíces en sus costumbres y leyes. En sus pueblos se esperaba que un líder ayudara a resolver las disputas. En los tribunales japoneses, se dispuso legalmente la conciliación de desavenencias personales antes de la segunda guerra mundial.
En ÁFRICA era costumbre reunir una ASAMBLEA VECINAL para la resolución de conflictos interpersonales, con la ayuda de una persona con autoridad sobre los contendientes.
En muchas culturas y lugares, tal como parece ser en la africana, los CIRCULOS FAMILIARES han proporcionado recursos para dirimir controversias entre sus miembros. Los jefes de familia ofrecían su experiencia y sabiduría, para ayudarlos a coincidir en pacificadores acuerdos. Se observa que, a medida que la "FAMILIAR EXTENSA O EXPANDIDA" fue siendo reemplazada por la "FAM I L IA NUCLEAR", los MECANI SMOS FORMALES fueron supliendo a los informales en la resolución de conflictos.
Las Instituciones Religiosas han asumido durante siglos la sugerencia de formas de convivencias pacificas y de reorganización de las relaciones , por medio de la práctica de la mediación.
Grupos étnicos y culturales han establecido históricamente sus propias normas, y sosteniendo su independencia y su poder a salvo de la autoridad religiosa, gubernamental u otra autoridad secular. La tendencia hacia la Mediación se está manifestando cada vez más y muchas veces montada en la tradición ancestral de cada cultura y sociedad , por ejemplo: Hawái tiene la tradición holoponopono , Palestina, la Sulka, la gente del Cáuca so hacen intervenir a sus ancianos.
Actualmente aún, la efectividad de la mediación, depende del campo en que se aplique, y sus formas y objetivos sean equilibrados y cooperativamente constructivos.
En ESTADOS UNIDOS, existen más de 500 Centros de Mediación que proveen mediadores a propietarios, inquilinos, vecinos enfrentados proveedores y
clientes. Miles de escuelas a lo largo y ancho del país , entrenan a los chicos como mediadores entre pares y median en los salones de juego y en los corredores, las disputas de sus compañeros. Muchas organizaciones y empresas emplean la mediación en la resolución de demandas y quejas de los clientes, empleados, proveedores. En las DISPUTAS INTERNACIONALES cada vez más se emplea la mediación para resolverlas.
3.2.- Difinicion y Caracterisristicas de la Conciliación
3.2.1.-Conciliacion (Conceptualizacion)
La conciliación es un Método Alternativo de Solución de Conflictos en dondeuntercero,llamado conciliador, acerca a las partes, da propuestas para la solución de los problemas y laconciliaciónequivale a una transacción. Su resolución final se llama “Acta de Conciliación”. La conciliación podrá ser adoptada por las personas naturales o jurídicas, para la solución de mutuo acuerdo de cualquier controversia susceptible de transacción, antes o durante la tramitación de un proceso judicial .El procedimiento de la conciliación se basará en la designación de un tercero imparcial e independiente, llamado conciliador, que tendrá la función de facilitar la comunicación y el relacionamiento entre las partes.
El conciliador podrá, en cualquier etapa, pronunciarse sobre el fondo de la controversia .La conciliación se presenta como un instrumento auto compositivo que brinda la posibilidad a las partes de un conflicto, de poder solucionarlo sin la necesidad de llegar a los estrados judiciales. Esta conciliación funciona con la base del Principio de la Autonomía de la Voluntad y el Consenso de las partes se puede llegar al acuerdo de recurrir a esta opción para dirimir un conflicto, se hace por medio de la ayuda de un tercero,
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