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La Confesion


Enviado por   •  29 de Mayo de 2013  •  636 Palabras (3 Páginas)  •  295 Visitas

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Tema 9

Confesión

Concepto

Algunos autores la llaman la reina de las pruebas, ya que la misma se puede promover en cualquier momento del juicio y para ser considerada confesión, debe perjudicar al confesante y favorecer a la contraparte, no está permitida en juicio al que no sea actor o demandado. Por medio de la confesión se declara el reconocimiento de un hecho que origina consecuencias jurídicas desfavorables al confesante.

La jurisprudencia clásica expresaba en forma negativa el mismo principio: "la confesión no puede ser nunca favorable al confesante"; lo que es conforme con el principio tradicional de que nadie puede crearse sus propios derechos, pues éstos los confiere la ley directa o indirectamente cuando reconoce efectos jurídicos a ciertos hechos.

Confesión en civil: es la que se hace frente el juez, en el ejercicio de sus funciones (puede llegar hacer plena prueba). Para confesar tiene que ser parte en el proceso.

Confesión en penal: Es el reconocimiento que hace el acusado de su propia culpa por su participación en el hecho que se le sindica.

Requisitos

• Que se haga por una persona capaz de obligarse.

• Que se haga con pleno conocimiento y sin métodos violentos o artificiales (coacción.)

• Que se haga sobre un hecho propio y del asunto sobre que se trate.

• Debe ser consciente, expresa y determinante

• Los hechos confesados deben ser desfavorables al confesante o al menos favorables a la contraparte

• Debe tener significación probatoria

• Que se efectúe conforme a las formalidades prescritas en la Ley.

Naturaleza de la prueba de Confesión

Algunos consideraban que se trataba de una declaración bilateral de voluntad de naturaleza negocial, tesis que fue rápidamente rechazada, porque si fuera bilateral negocial requerirla el consentimiento de la otra parte y esto no ocurre; además, el legislador contempla la confesión como medio de prueba y no como contrato; otros la consideran como una forma de disposición de los derechos privados, más que medio de prueba, en consecuencia debe existir el animus confitendi en la confesión, como voluntad de producir ese determinado efecto jurídico; se le objeta que en la práctica una confesión no es una declaración de voluntad en el sentido que se persigan consecuencias jurídicas determinadas, se puede declarar y asumir el hecho sin conocer o querer las consecuencias jurídicas

En

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