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La Delincuencia


Enviado por   •  10 de Julio de 2015  •  1.474 Palabras (6 Páginas)  •  168 Visitas

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DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL.

Toda sociedad necesita un sistema de control para asegurar su estabilidad y supervivencia, un sistema de normas y sanciones que trace modelos de conducta. En el derecho penal representa solo uno de los sistemas normativos existentes. La infracción legal contiene nada más que un elemento parcial de todas las conductas desviadas imaginables, la pena significa la opción por una de las sanciones disponibles. El control social penal es un subsistema del control social. Deriva tanto al objeto que se refiere, como de sus fines (prevención y represión), medios que utiliza (penas y medidas) y rigurosa formalización en su forma de operar (principio de legalidad).

EN EL CONTROL SOCIAL TIENE 2 DIVISIONES: el control social formal y el informal. El social formal también es llamado control social penal y es aquel que sanciona el estado y se usa solo cuando han fracasado los mecanismos primarios del control social informal, estos son los que se aplican dentro de la familia, escuelas, una pequeña comunidad y son de opinión pública, poseen sistemas normativos y sus sanciones que aplican al individuo cuyo comportamiento se desvía de las expectativas del grupo

Asi que podría decirse que el control social es importante porque es como seaplican normas para la convivencia ya sea formal o informal. La formal solo va actuar cuando se cometa una falta que está marcada como delito en la constitución o en las leyes, para eso viene la importancia de la informal porque sin ella no habría tanto control, si aun así se infringen las leyes, con las normas establecidas dentro de las sociedades se logra un mayor control

NORMAS PENALES EN BLANCO

Una ley penal en blanco es un término que en derecho alude a una norma con rango de ley que habilita a otras normas de rango reglamentario, mediante una delegación expresa.

La utilización de leyes penales en blanco puede suponer una vulneración del principio de legalidad en derecho penal. El principio de legalidad penal conlleva cuatro exigencias: lex scripta, lex certa, lex previa y "lex stricta". A saber: ley escrita, cierta, previa y estricta. Las dos primeras exigencias pueden verse afectadas por la existencia de las normas penales que hacen un reenvío a normas de rango menor.

Por otra parte, también implica una vulneración del principio de separación de poderes, puesto que habilita al poder ejecutivo para que instituya prohibiciones penales, lo cual debería estar reservado al poder legislativo.

Dando otra definición se puede decir que la ley penal en blanco son las disposiciones penales cuyo precepto es indeterminado en cuanto a su contenido y en los que solamente queda fijada con exactitud la sanción.

Es sin duda que cuanto más las normas penales se relacionen con otras normas para integrar o completar la norma en blanco, no sólo es atentatorio al principio de legalidad debido a que es completada muchas veces por normas de menor jerarquía, sino también es contrario a la seguridad jurídica debido a los distintos alcances y contenido de la norma penal respecto de las demás normas jurídicas, resultando atentatoria al principio de la división de poderes cuando se permite que el carácter delictivo de una conducta pueda ser determinado por una autoridad que constitucionalmente no está legitimada para crear la figura delictiva. Entonces la ley penal en blanco abarca sólo la sanción penal y cuyo contenido prohibitivo se remite a leyes o reglamentos administrativos promulgados de manera autónoma en otro tiempo y lugar que reglamentan al tipo.

NORMAS PENALES INCOMPLETAS

Como su nombre lo denomina son normas dependientes cuyos preceptos o supuestos así como la consecuencia jurídica van a ser aclarados o precisados o completados que están descritos en otro espacio o lugar, de tal modo que las normas incompletas solo tienen sentido si son aclarados mediante otras normas, para ello es necesario buscar la relación con otras normas del Código Penal que van a llenar el vació de la norma que se pretende aplicar y que resulta incompleta que formulan los legisladores por razones de técnicas y de economía legislativa con el objeto de evitar repeticiones.

En otras palabras la ley penal incompleta no precisa la prohibición o la sanción dejando la labor de integración a otra ley. Son aquellas que no cuentan con alguna estructura y no se recoge expresamente el presupuesto o la consecuencia

Las normas penales incompletas y las penales en blanco son muy similares y en mi punto de vista yo siento que son negativas por que no se me hace bien que se estén rellenando los vacíos de las normas muchas veces en forma negativa.

ELEMENTOS DE LA NORMA PENAL

Los dos elementos clásicos de la norma penal son el delito y la sanción penal, pues se dice que aquella rama jurídica asocia al delito una pena, por ende, aquel es el presupuesto de esta. Nada importa ahora, al fijar sus elementos esenciales. Lo que vale como partes integrantes o polos del eje en torno al cual gira el derecho punitivo, es el delito como consecuencia pero modernamente parece preciso aceptar un tercer elemento que vendría siendo el delincuente.

Son los dos

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