La Demanda Comparacion
izaguirrejl5 de Noviembre de 2013
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La Demanda
Cuadro Comparativo
Derecho Romano Honduras Análisis
Partes ordinarias de la fórmula:
1. El nombre del juez encabeza la fórmula.
2. Intentio: es la parte de la fórmula donde se plasma la pretensión del actor: existen dos tipos de intentio:
a. Intentio certa: que es perfectamente determinable.
b. Inentio incerta, que se llama demostratio.
3. Demostratio: relación de los hechos que no se pueden determinar fehacientemente, es decir, hechos en los que interviene la buena fe o que tienen por objeto reclamar una acción que no se puede cuantificar.
4. Condenatio : es la cláusula que permite al juez condenar o absolver al demandado. La característica fundamental de la condenatio es que tiene que ser en dinero (pecuniaria). El juez debe condenar al demandado una cantidad determinada de dinero, igual que la intentio , la condenatio puede ser serta o incerta: certa cuando la cantidad a pagar ya está fijada por el demando en la fórmula e incerta cuando la debe fijar el juez, dentro de unos márgenes más o menos amplios.
5. La adiudicatio: es la clausula que faculta al juez para poner fin a un estado de comunidad, adjudicando a cada uno de los comuneros o de los herederos su porción material correspondiente.- Esta clausula solo se da en los juicios divisorios.
Partes extraordinarias de la
fórmula:
6. Exceptio: el demandado puede adoptar la posición de no oponerse rotundamente a los hechos alegados por el actor y a su pretensión, no obstante, sin negarlos, puede laegar otros hechos que paralicen la eficacia de aquellos, por ejemplo: una persona citada por una deuda, puede no negar los hechos, pro, puede invocar que entre él y el actoir de la demanda medió pacto de no cobrar la deuda en un plazo determinado, que aun no ha transcurrido.- En tal caso, el pretor debe incluir en la formula la obligación de investigar ese extremo, en consecuencia la exceptio, de ser cierta, viene a paralizar la eficacia de la pretensión del actor.
7. Praescriptio: es una clausula que, en algunos casos, se puede escribir al principio de la fórmula, y que puede favorecer al actor (praescriptio pro actore) o puede favorecer al demandado ( praescriptio pro reo).- Su función es delimitar la pretensión, evitando la consumación de la acción, por ejemplo cuando solo se está reclamando una parte de la deuda y queda pendiente el cobro del resto de la deuda.
En la demanda se expresará, al menos:
1. La designación precisa del tribunal ante el que se interpone y en la suma del escrito la indicación de la vía procedimental que corresponde a la demanda.
2. El nombre del demandante, sus datos de identidad y dirección domiciliaria.
3. El nombre y dirección domiciliaria o de la oficina del profesional del derecho del demandante, haciendo constar el número de fax o el medio técnico que le permita recibir comunicaciones directas del tribunal.
4. El nombre del demandado y su domicilio si fuere conocido.
5. Los hechos en que se funde la petición, expuestos numeradamente en forma precisa, con orden y claridad.
6. La fundamentación jurídica de la petición.
7. La petición que se formule, determinando clara y concretamente lo que se pida, indicándose el valor de lo demandado. Cuando sean varias las peticiones, se expresarán éstas con la debida separación. Las peticiones formuladas subsidiariamente, para el caso de que las principales fuesen desestimadas, se harán constar por su orden y separadamente.
8. El ofrecimiento de los medios de prueba pertinentes para acreditar cada uno de los hechos que resulten controvertidos.
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