La Explotcion Animal
apurenisima18 de Octubre de 2013
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La explotación
La unidad de análisis en las estadísticas agropecuarias es la explotación destinada a la producción agrícola, pecuaria o forestal.
Una explotación agraria[26] es una unidad económica de producción agrícola sometida a una gerencia única. Comprende todo el ganado contenido en ella y toda la tierra dedicada total o parcialmente a la producción agropecuaria, independientemente del tamaño, título o forma jurídica. La gerencia única puede ser ejercida por una persona; por un hogar; por dos o más personas u hogares conjuntamente; por un clan o una tribu; por una persona jurídica, como una empresa o una colectividad agropecuaria; una cooperativa o un organismo oficial.
Las tierras de la explotación pueden constar de una o más parcelas situadas en una o más áreas separadas, en una o más divisiones territoriales o administrativas. Forman parte de una misma explotación todas las parcelas que comparten los mismos medios de producción, como mano de obra, edificios, maquinarias o animales de tiro[27].
En la identificación de las explotaciones es necesario considerar características adicionales, especialmente importantes para la medición del trabajo de la mujer[28].
1. Las explotaciones pueden carecer de un área importante de tierra, p. ej. granjas agropecuarias para guardar ganado en las cuales la tierra no es un insumo de producción indispensable;
2. Varias unidades económicas de producción agrícola bajo la misma propiedad o bajo la misma gerencia general pueden ser consideradas como explotaciones separadas si son manejadas por personas distintas;
3. Puede haber más de una explotación en un hogar;
4. Pueden existir explotaciones manejadas conjuntamente por dos o más personas.
Dos de estos aspectos, aquel relacionado con el problema de las explotaciones sin tierra y el relativo a las diferentes unidades productivas requieren algunas precisiones.
Tener en cuenta las explotaciones sin tierra es crucial para las estadísticas con perspectiva de género. La necesidad de mayor información y de estadísticas adecuadas e indicadores sobre la población rural carente de tierra, fue recalcada por la FAO en distintos foros y constituye una de las recomendaciones de la consulta entre organismos sobre estadísticas con perspectiva de género, de 1991[29].
Si bien en el pasado los censos agropecuarios solían considerar las explotaciones sin tierra, normalmente se referían sólo a los establecimientos que podían tener una alta rentabilidad. El factor tierra no era indispensable debido al tipo de producción agrícola que realizaban (p.ej. explotaciones ganaderas).
Sin embargo, la falta de tierra o la disponibilidad de poca tierra se presenta en otras situaciones que deben ser consideradas con sumo cuidado. El caso más común es el de los campesinos más pobres, en el que justamente la carencia de este recurso es una de las principales causas de la pobreza. Otra circunstancia, que puede difundirse en el futuro, es aquella relativa a las granjas basadas en nuevas tecnologías de alto rendimiento y que requieren poca tierra (hidroponía, viveros verticales de algunas especies como champiñones, etc.).
En cuanto a la captación de datos relativos a la extensión de la tierra debe contemplarse la posibilidad de abarcar todas las unidades, aún aquellas sin tierra, para luego poder construir tipologías basadas únicamente en la extensión, o combinar esta característica con factores como el ingreso obtenido o el trabajo involucrado.
En muchas regiones en los países en desarrollo, numerosas mujeres trabajan explotaciones sin o con muy poca tierra. Se encargan de la cría de ganado y de actividades agropecuarias, del cultivo de hortalizas o de granjas caseras. Vale anotar que explotaciones de este tipo existen incluso en las áreas urbanas[30].
El segundo aspecto, aquel relacionado con las diferentes unidades productivas es importante para enumerar a las mujeres titulares de explotaciones. En el seno de un hogar puede haber más de una explotación. Se debe respetar el principio básico de que ésta es la unidad de enumeración. Asimismo, hay que considerar todas las explotaciones y toda la información relativa a las mismas, independientemente del hecho de que los titulares pertenezcan al mismo hogar. Lo importante es no omitir el registro de quién o quiénes toman las decisiones, especialmente hay que evitar que se excluyan las mujeres como protagonistas de la actividad productiva. Un caso típico es el de la mujer que trabaja a tiempo parcial o durante temporadas en la explotación del "marido" y que también maneja una propia. Su desempeño en uno y otro caso debería ser tomado en cuenta: en el primero se registraría como "trabajadora familiar no retribuida" y en el otro como "titular".
Una unidad de producción agrícola manejada por una mujer, aún si la gerencia general está en manos del hombre, será considerada como una explotación separada y la mujer titular será enumerada como tal. Sin embargo, la superposición de actividades productivas y las actividades domésticas dificulta la distinción. En efecto, aún si las tareas son realizadas por distintas personas, en conjunto forman una unidad económica. En estos casos se debe optar por considerar a una unidad con varios titulares o productores.
Si no se pueden diferenciar las explotaciones, el registro de las actividades específicas permitirá a posteriori, la identificación de todos los responsables de la explotación individual o compartida.
Dado que la titularidad puede ser conjunta o compartida, el número de explotaciones es menor o igual que el de productores o titulares. Se debe tener cuidado al registrar a todos los responsables de la unidad. En general, en caso de omisiones, el sesgo desfavorece a la mujer.
Tan sólo en el caso de la agricultura empresarial, es posible que una persona cuente con más de una explotación. Las pequeñas unidades que desempeñan varias actividades pero siempre comparten todos los recursos se consideran como una sola explotación. La regla básica consiste en recordarse que en el censo agropecuario la unidad de análisis es la explotación. Por lo tanto, no se registra si un individuo es dueño de más de una, pero sí se debe censar el hecho de que una explotación tenga más de un responsable o titular. Todas las combinaciones posibles de titularidad compartida (que se pueden dar dentro de un hogar, entre dos o más hogares, etc.) se presentarán más adelante, cuando se exponga la manera en que se debe llevar a cabo la identificación.
3.1.2 El productor
El documento número 5 de la FAO, citado anteriormente, define: "El productor es una persona civil o jurídica que adopta las principales decisiones acerca de la utilización de los recursos disponibles y ejerce el control administrativo sobre las operaciones de la explotación agropecuaria. El productor tiene la responsabilidad técnica y económica de la explotación, y puede ejercer todas las funciones directamente o bien delegar las relativas a la gestión cotidiana a un gerente contratado" (p.33).
En el mismo documento, se presentan varias opciones para caracterizar los diferentes tipos de productores. La primera división comprende dos tipos: 1) los privados y 2) de la administración pública. Entre los privados se consideran las siguientes posibilidades: a) individuo, b) hogar, c) dos o más individuos de diferentes hogares o dos o más hogares, d) empresa y e) cooperativa, f) otras (categoría abierta para toda forma de organización particular que se dé en la región en estudio). Para las explotaciones del sector público no se hace ninguna especificación.
Más adelante se señala que en los casos en que dos o más miembros del mismo hogar exploten conjuntamente la misma finca, se considera que el productor es el "jefe del hogar" (párr. 5.17, p. 34), pero como se verá en la siguiente sección esta indicación contradice a otras del mismo documento.
3.1.3 La noción de productor vista desde una perspectiva de género
En primer lugar, cabe señalar que la etiqueta "productor", frecuentemente usada, no es muy afortunada: inevitablemente el término remite a un sólo individuo y del sexo masculino. La ambigüedad persiste aún si se emplea la etiqueta "productor o productora", porque permanece la idea de registrar solamente a una persona, a pesar de que la definición indica que en una explotación puede haber varios responsables. En el caso de considerar sólo a uno, es muy probable que se omita a las mujeres. La situación es aún más crítica cuando dos o más miembros del mismo hogar explotan conjuntamente la misma finca, ya que se señala expresamente que debe considerarse que el productor es el jefe del hogar.
Esto conduce a varios problemas. En primer lugar, no sólo la hipótesis que más de una persona pueda tomar decisiones en una misma unidad productiva ni siquiera se contempla, sino que más grave aún, una persona que no está involucrada en la producción como productor puede ser registrada como tal. En segundo lugar, existe la tendencia a registrar como jefe del hogar a un hombre, generalmente el de más edad, que, en muchos casos, no toma las decisiones relativas a la explotación agropecuaria.
En consecuencia, es urgente escoger y utilizar una etiqueta que refleje el concepto de responsabilidad individual o compartida de la explotación, además de encontrar la solución técnica para captar a todas las personas que asumen tal responsabilidad. Si bien la solución necesariamente va a ser más compleja que las formas existentes hasta ahora, de ninguna manera constituye un problema insuperable. Su aporte
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