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La Familia Romana


Enviado por   •  30 de Junio de 2013  •  2.269 Palabras (10 Páginas)  •  876 Visitas

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1) ¿Cuál era la diferencia entre el vínculo agnaticio y el congnaticio?

Los romanos conocen deos vínculos de parentesco: la adgnatio y la cognatio. Por el primero, que es un vínculo artificial creado por el ius civile, estan unidos como parientes agnados, en principio todos aquellos que estanban sometidos a la potesta del pater y hubieran continuado en ella si éste no hubiese fallecido. Y así, en las generaciones siguientes in finitum. La adgnatio se transmite únicamente por la vía del varón. En cambio la cogniato es el parentesco de sangre.

La adgnatio se explica en la familia romana, que era una institución política monolítica, en la cual se practicaban los sacra privata ( los ritos de la religión doméstica).

2) Formule un concepto de familia para el Derecho Romano.

Según Ulpiano para los romanos existe una diferencia entre familia propio iure y familia communi iure.

La familia propio iure tiene la característica de que todos sus integrantes están sometidos a una misma persona, el patre. Entre estos integrantes estan los hijos, nietos o nietas sometidos a la patria potestasd. También la mujer casada que estuviera sometida a la manus. Podían también estar otros terceros que están in mancipio. Y por último los esclavos sometidos a la domica potestas.

El pater es el único sui iuris; los demás son todos alieni iuris. Cuando fallece el pater, los fillifamiliae y la uxor in manu, se convierten en sui iuris. Los hijos varones pasan a ser cada uno de ellos paterfamilias, teniendo potestd sobre sus propios descendientes. La mujeres, si bien serán sui iuris serán “cabeza y fin de su propia famila”. Los esclavos seguirán sujetios al dominio de quien corresponda.

La familia communi iure está formada por todos los adgnados; así, los que al morir el pater pasan a formar una familia pripia, están vinculados entre sí por la agnatio. En los primeros tiempos esto iba conformando la intitución de la gens, esto es, la “gran familia”. Ésta reconocía un fundador común, a partir del cual se van formando las distintas generaciones, familias propias separadas.

3)¿En que consistía la patria ptestad y cuáles eran sus características?

La patria potestad es la potestas que se ejerce sobre los hijos y las hijas que por razón de adgniato le están sometidos. Aella corresponden los fillifamiliae que sean hijos engendrados legítimamente por el pater, los nietos y nietas y aquellos que hayan ingresado a la familia por adopción.Constituía un ius proprium Romanorum.

La patria potestad tenía las siguientes características:

-El pater ejercía un porder absoluto sobre los fillifamiliae, que son consideradospropiedad suya.

-Es vitalicia, ya que no cesaba mientras viviera el pater, cualquiera sea la edad de los filli, salvo el caso de emancipación de éstos.

-El pater tenía el derecho de vida y muerte, que figuraba en la ley sde las XII Tablas. Esta potestas era el ejercicio del poder doméstico para imponer penas, incluso la capital, a los miembros de la familia, sin estar obligado a concurrir ante el magistrado. Todo esto estaba regido por los mores.

-El paer también podía “exponerlos”, es decir, no admitirlos en la familia para el caso de on aceptar al recien nacido o no aceptar la atribución de parternidad.

-También podía enajenar al hijo. Como castigo podía venderlo como esclavo en el extranjero. Peor si lo haciá en Roma se entendía que los estaba dando in mancipio.

-Los fillifamiliae podán ser reivindicados respecto de quien los retuviera.

4) Definición de: manus y domenica potestas

La manus se trata del caso especial de la mujer casada, que podía entrar como alieni iuris en la familia de su marido, rompiendo los vínculos con su familia originaria. De dicha mujer se decía que estaba in manu.

La manus no se identifica necesariamnete con el matrimonio. De ahí q ue vulgarmente se suela hablar de matrimonio cum manu o sine manu. El efecto principal es la entrada de la uxor en lña familia agnaticia de su marido, abandonando por ello los vínculos con su familias originaria. Cvon su ingreso, quedaba ubicada como hija de su marido y, por lo tanto, como hermana agnada de sus propios hijos. A su vez, si el marido era alieni iuris, la manus, que es siemprde del marido, que como absorbida en la patria potestas del pater de quien el marido dependas, quedando la uxor, ya como nieta o como bisnieta, según fuera su marido hijo o nieto.

La uxor in manu se cuenta entre los hereds sui. Si la uxor in manu había sido sui iuris, al entra a la familia de su marido, ingresaba sus bienes, pero no las deudas.

La dominica potestas el la potestad que ejerce el pater sobrer los escavos .

5) ¿Qué es el peculio y cómo se clasifica?

Peculio viene de pecus (pequeña cantidad de ganado; o de dinero: pecunia). Ulpiano define peculio com “pequñisima cantidad de dinero o muy pequeño patrimonio”. Pero se lo debe entender como un “capital” , que viene de caput: cabeza de ganado, no como patrimonio, que estaba separado de las cuentas del patrinomio de pater.

El primero en aparecer fue el llamado “peculio profeticio”. Cosistía en una pequeña suma de dinero o de bienes que el pater entrega al fillius o al esclavo para su libre administración y goce. Podía, por ello, hasta disponer de él, aunque no donarlo, por cuanto se entiende que lo tiene para su disfrute, no para perderlo.

Luego, en la época de Augusto, se agrego el peculio castrense. Consiste en todo aquello que el fillius obtenga como soldado. Su monto no depende del pater sino de su propia actividad y tiene poderes de administración y dispocsición más amplios, tambie´n podían hacer testamneto de dicho poeculio.

Más adelante, organizado por Constantino, apareció el peculio quasi castrense. Consistía en todo lo que los filli pudieran obtener prestaqndo servicios en le Palacio.

También existió el peculio de bona materna. En la época de Costantino se operó una reforma respecto de los bienes pertenecientes a la madre y por causa hereditaria fueran a parar a los hijos. Según la regla general de adquisición, éstos bienes pasarían al pater. Esto ocasinaba perjuicio a los hijos, en caso de que contrayera segundas nupcias,

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