La actividad administrativa en la República Bolivariana de Venezuela
grehilizmaricel29 de Marzo de 2014
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1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIORUNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS EZEQUIEL ZAMORA (UNELLEZ-GUANARE) INTEGRANTES: Carlos Márquez Edgar Ortiz Lisneth Medina Karlys Briceño Miler Yépez Sección “B” Profesora Abogado Aldo Mujica Guanare, Octubre 2012
2. La Actividad AdministrativaDefinición Es aquella en la cual el Estado satisface intereses colectivos oindividuales en forma directa o inmediata. Es una actividad típicamenteinstrumental de la administración pública, es una forma de comunicación.Vinculación de la legalidad formal, de forma imperativa, es decir, el actoadministrativo debe ser conforme a la ley, la administración públicasiempre debe actuar conforme a lo que dice la ley, sin contrariedad. Ladiscrecionalidad es un poder que tiene la administración para valorar losintereses colectivos.Función Administrativa: Función administrativa del estado es aquella que provee a lasatisfacción de las necesidades colectivas, y permanente y actúa sobre elpresente. El estado ejerce la función administrativa como gestor de interéspúblico, a través de la cual las personas jurídicas estatales entran enrelación con las particulares, como sujeto de derecho. Todos los órganos del estado puede cumplir la funciónadministrativa, como por ejemplo la A.N, al autorizar diversos órganos oactos ejecutivos al dictar los actos relativos a su personal.Régimen Jurídico: Este viene dado por la Constitución Bolivariana de Venezuela ensu artículo 137 y la Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo LOPA.La Constitución Nacional en su artículo 141 reza La administración públicaestá al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamentan en losprincipios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia,transparencia, rendición de cuenta y responsabilidad en el ejercicio de lafunción pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Principios que forman la actividad administrativa: De acuerdo con el artículo 141 de la Constitución, laAdministración Pública se fundamenta en "los principios de honestidad,participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición decuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, consometimiento pleno a la ley y al derecho". Estos mismos principios los
3. repite el artículo 12 de la LOAP al precisar que la actividad de laAdministración Pública se desarrollará con base a los principios antesmencionados. Principio de Legalidad: El principio de la simplicidad: El artículo 12 de la LOAP dispone que la simplificación de los trámites administrativos será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, así como la supresión de los que fueren innecesarios, todo de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente. Este principio tiene el objeto de racionalizar los trámites que realizan los particulares ante la Administración Pública, mejorar la eficiencia, pertinencia y utilidad, a fin de lograr mayor celeridad y funcionalidad en las mismas; reducir los gastos operativos; obtener ahorros presupuestarios; cubrir insuficiencias de carácter fiscal y mejorar las relaciones de la Administración Pública con los ciudadanos. Principio de información general (Internet): A fin de dar cumplimiento a los principios establecidos en la LOAP, ésta dispone (art. 12) que los órganos yentes de la Administración Pública deberá utilizar las nuevas tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas. Para ello cada órgano y ente de la Administración Pública debe establecer y mantener una página en la Internet, con toda la información que se considere relevante (misión, organización, procedimientos, normativa que lo regula, servicios que presta). Principio de publicidad de los actos generales: Todos los reglamentos, resoluciones y actos administrativos de carácter general dictados por la Administración Pública deberán ser publicados, sin excepción, en la Gaceta Oficial de la República, según el caso, en el medio de publicación oficial del Estado, Distrito Metropolitano o Municipio correspondiente (art. 13). La norma recoge el principio general del comienzo de la eficacia de los actos administrativos de efectos generales (normativos) o de carácter general (destinados a varios sujetos de derecho), sujetándolo a la publicación en la Gaceta Oficial. Principio de la sujeción a los planes, metas y objetos: Los órganos yentes de la Administración Pública, en su funcionamiento, deben sujetarse a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se
4. establezcan en los respectivos planes estratégicos y compromisos degestión. Igualmente se deben ceñir a la actividad desarrollada por lasunidades administrativas de apoyo técnico y logístico se debe adaptara la de aquellas (art. 19). Principio de la eficacia: Los entes de la AdministraciónPública debe perseguir el cumplimiento eficaz de los objetivos ymetas fijados en las normas, planes y compromisos de gestión; (art.19); así como la evaluación y control del desempeño institucional y delos resultados alcanzados (art. 189). Principio de la adecuación de los medios financieros a losfines: La asignación de recursos a los órganos y entes de laAdministración Pública se debe ajustar estrictamente a losrequerimientos de su funcionamiento para el logro de sus metas yobjetivos. En todo caso, el funcionamiento de la AdministraciónPública debe propender a la utilización racional de los recursoshumanos, materiales y presupuestarios. (art. 20). Por otra parte elartículo 21 de la LOAP establece el tamaño y la estructuraorganizativa de los órganos y entes de la Administración Públicadeben ser proporcionales y consistentes con los fines y propósitosque les han sido asignados, así como proponer a la utilizaciónracional de los recursos del Estado. El principio de privatización: En los casos en que lasactividades de los órganos y entes de la Administración Pública, enejercicio de potestades públicas que por su naturaleza lo permitan,fueren más económicas y eficientes mediante la gestión del sectorprivado o de las comunidades, dichas actividades deber sertransferidas a éstos, de conformidad con la ley, reservándose laAdministración Pública la supervisión, evaluación y control eldesempeño y de los resultados de la gestión transferida (art. 20). Principio de coordinación: Conforme al artículo de la LOAP,las actividades que desarrollen los órganos y entes de laAdministración Pública deben estar orientadas al logro de los fines yobjetivos del Estado, para lo cual deben coordinar su actuación bajoel principio de unidad orgánica. Principio de cooperación: Conforme al principio del artículo136 de la Constitución, Administración Pública Nacional, la de losEstados, la de los Distritos Metropolitanos y la de los Municipiosdeben colaborar entre sí y con las otras ramas de los Poderes Públicosen la realización de los fines del Estado (art.24).
5. Actividad administrativa realizada por órganoscompetentes conforme al principio de legalidad: Es la potestad o la aptitud legal de un órgano para ejercer lasatribuciones, las facultades o competencias atribuidas por la Ley, eseórgano actúa porque la Ley así se lo permite, recuerden que la competenciaen Derecho Público es la excepción, de tal manera que es necesario que laLey le de la autoridad administrativa, la potestad de actuar, si la Ley no selo permite, pues lógicamente que ese órgano NO lo puede hacer. Son reglasbastantes rígidas dentro de la Administración pública. Esta determinado por diversos factores como son: la materia,territorio y la jerarquía, todos factores fundamentales que van adeterminar que un órgano esta actuando dentro del rango competitivo. ElNº 7 del art. 18 de la LOPA, hay algunas situaciones en las cuales elfuncionario público no posee en primera instancia, la competencia, sinoque posterior le es otorgada o es desviada la competencia hacia esapersona que va a ejecutar el Acto Administrativo, aquí en este casoestamos hablando de una situación muy particular, en principio quiendebe realizar el acto es quien posee por ley la atribución, la facultad, lacompetencia, pero hay situaciones excepcionales a través del cual otrapersona lo puede hacer, siempre y cuando suceda lo que el mismo Nº 7establece que es lo referido a la delegación, esta es una de las formas dedesviación de la competencia a los efectos de aligerar la actividadadministrativa, esto tiene mucho que ver con la administracióncentralizada y descentralizada. Una de las características de lacompetencia es: Es improrrogable, es indelegable y es irrenunciable, quienen principio tiene esa atribución no la puede entregar, salvo en los casosexpresamente previstos en la Ley. Ej. Delegación de poder y delegación defirmas (desviación de competencias) el órgano tiene que identificar el actoa través del cual se le atribuyo esa competencia. Noción general del principio de legalidad La Administración Pública se organiza y actúa de conformidad conel principio de legalidad, por el cual la asignación, distribución y ejerciciode sus competencias se sujeta a la Constitución de la República Bolivarianade Venezuela, a las leyes y a los actos administrativos de carácternormativo, dictados formal y previamente conforme a la ley, en garantía yprotección de las libertades públicas que consagra el régimen democráticoa los particulares.
6. En este sentido, podemos observar que este principio consagradoconstitucionalmente, tiene carácter restringido por lo que los órganos delPoder Público solo pueden hacer lo que la Constitución y la Ley loautoricen; siendo esto reiterado por la Ley Orgánica
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