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La conversión de las actuaciones como consecuencia de la invención de nuevas formas de justicia en la segunda mitad de la edad media


Enviado por   •  9 de Octubre de 2011  •  Tesinas  •  1.033 Palabras (5 Páginas)  •  1.281 Visitas

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Tercer y Cuarta Conferencia

Respecto a la tercera conferencia habla sobre cómo se llego al proceso jurídico en el que ya se utiliza la indagación pasando antes por los tipos de derecho que le precedieron caracterizándolos:

Griego:

• "Formas racionales de la prueba y la demostración"

• Arte de persuadir, retórica.

• Nuevo tipo de conocimiento mediante el testimonio, recuerdo, encuesta.

Germánico:

• Primera condición: sólo dos personajes, no hace falta más que un duelo entre víctima (grupo de agraviados o sólo una persona...) y adversario: duelo.

• Segunda condición: ritualización de la lucha entre los contendientes. Por tanto este derecho es una forma reglada de hacer la guerra, ritualizando la venganza.

• Tercera condición: es posible interrumpir las hostilidades. Se puede comprar la paz.

Aquí podemos observar que no hay lugar para la búsqueda de la verdad, en el tiempo de los romanos, dice Foucault que cada vez que surge un estado surge el derecho romano frente a este germánico de la prueba, que como podemos ver no involucra a un tercer protagonista en el proceso jurídico, a un estado, un dios, etc.,

He aquí donde este proceso jurídico es utilizado excesivamente para hacerse de riquezas del otro, posteriormente en la edad media cambia y se crea el derecho feuda en el cual encontramos las siguientes características:

• Forma binaria: sólo se puede vencer o perder.

• Siempre hay desenlace: victoria o fracaso. Jamás hay algo similar a una sentencia que aparecerá a finales del siglo XII.

• La prueba es automática, no es necesaria la autoridad para asegurar el desenvolvimiento de la prueba, que es automático.

• La prueba no sirve "para nombrar, localizar a aquel que dijo la verdad, sino para establecer quién es el más fuerte y, al mismo tiempo, aquel que tiene razón.

Basándose en el derecho germánico y se reglamentaba por el sistema de la prueba a las que las dos partes se sometían, algunas de estas era buscar la verdad por medio de juntar tanta gente como pudieran y que comprobaran su inocencia jurando que esté no había cometido el delito, pruebas verbales en el cual mediante formulas y si este se equivocaba perdía el proceso, he aquí donde surgen lo que después tomaría el nombre de abogado donde este podía tomar el lugar del acusado defendiéndolo, por mencionar algunas entre otras pruebas que se realizaban.

Durante la segunda mitad de la Edad Media se da una transformación de estos procesos jurídicos dando como resultado la invención de nuevas formas de justicia, prácticas y procedimientos judiciales. Así pues durante este periodo se da la indagación como parte del proceso jurídico, además en esta época se tenían dos tendencia en la sociedad feudal que eran la concentración de armas en manos de los más poderosos que "tienden a impedir su utilización por los menos poderosos" y por otra parte están las acciones judiciales como manera de hacer circular los bienes.

De esta manera se tiene un mismo proceso: concentración-de-poder-judicial/concentración-de-armas, pues los poderosos querrán hacer suyos esos procedimientos judiciales relativos a los bienes, querrán impedir que se desarrollen "de forma

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