ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La transaccionen e Рeru según el codigo civil


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  Tutoriales  •  2.676 Palabras (11 Páginas)  •  258 Visitas

Página 1 de 11

el capitulo 3 es todo esto ...

Capitulo III 11. La Transacción en el Perú Según el Código Civil Según el Código Procesal Civil * La Transacción en la Obligación Solidaria 12. Legislación comparada La Transacción en México La Transacción en Argentina La Transacción en España 13. Jurisprudencia

LA TRANSACCIONEN E PERU SEGÚN EL CODIGO CIVIL

¿Cual es el propósito de la transacción?

Según la exposición de motivos del código civil, es propósito de la transacción que las partes tengan la posibilidad de resolver sus diferencias y que comprenda en esta extrañas a la controversia y no obstante que sean pacíficos.

Es el propósito de atenuar el requisito de forma necesaria de su perfeccionamiento, pues en adelante la transacción únicamente deberá constar por escrito bajo sanción de nulidad pero ya no será necesaria que esta tenga que atenuarse por escritura (art 1034)

¿La transacción es un contrato?

Aun cuando el código civil de 1984

Aun cuando el código civil de 1984 no lo defina como una contrato sigue la redacción del art 1302, la transacción tiene todos los atributos de un contrato pero cuando está destinada a poner fin a obligaciones dudosas o litigiosas mediante concesiones reciprocas entre las partes.

Siendo el contrato e acuerdo de las 2 partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial, la transacción se encuentra dentó de los alcance de esta definición.

En el segundo párrafo del art 1302 del C.C de acuerdo con la exposición de motivos es aplicable para la transacción judicial extra ya que en la transacción judicial rige el ultimo párrafo del art 337 del código procesal civil que expresa: “con la transacción jurídica no se puede crear, regular, modificar o extinguir relaciones materiales ajenas al proceso.

¿Que se entiende por asunto dudoso o litigioso?

Se entiende por asunto dudoso; aquel que sin estar sometido a pleito o debate judicial produce entre partes incertidumbre en cuanto a la extensión de sus derechos.

Esa incertidumbre o duda, expresa Rezzonico: “debe existir en e espíritu de las partes , debe ser subjetiva, importando poco que la obligación considerada subjetivamente, sea para

un versado en derecho absolutamente cierta o incuestionable: suficiente que las partes sinceramente la hayan creído dudosa".

Se entiende por asunto litigioso, aquel que es materia de un proceso judicial, aun cuando la pretensión reclamada sea de dudoso éxito.

¿Que se entiende por relación jurídica?

Es todo vínculo de derecho entre dos o más personas y una cosa corporal o incorporal, con transcendencia en el ordenamiento vigente. Un sujeto al menos (Y la colectividad obligada al reconocimiento y respeto), un contenido (material o personal) y una norma rectora caracterizan los elementos necesarios de la relación jurídica. Sobre esta centra su sistema Savigny, y ha tenido entrada en diversos códigos, como expresión tan amplia que puede comprender la regulación de los derechos reales y de las obligaciones y contratos, las normas familiares y aun las sucesorias.

¿La transacción debe contener concesiones reciprocas?

Es requisito indispensable que en toda transacción exista concesiones recíprocas, es afirmativo decir que si esta no contiene concesiones recíprocas, no existe transacción.

Las concesiones recíprocas o los sacrificios de las partes deben referirse a los derechos cuestionados. Según Luis María Rezzónico, suponen el reconocimiento parcial de la pretensión del derecho ajeno y la renuncia parcial de la pretensión o el derecho propio, sin embargo, no hay inconveniente alguno para que los sacrificios sean ajenos a los

derechos controvertidos por las partes.

Las concesiones recíprocas no necesariamente tienen que ser equivalentes, estas pueden ser desiguales y desproporcionadas en su valor patrimonial. Según comenta

Rezzónico, tampoco es necesario que sean de origen económico, pueden ser de otra naturaleza por ejemplo podrían incidir en el plazo o en el lugar donde debe cumplirse

con la obligación. Lo importante es que con la transacción se persigue transformar una situación jurídica insegura, por otra segura y por ello es que tiene valor de cosa juzgada.

¿Cuales son las formalidades de la transacción?

La transacción debe hacerse por escrito, bajo sanción de nulidad, o por petición al Juez que conoce el litigio; así lo expresa el art.1304 del actual Código Civil. Este precepto tiene su antecedente en el art.1308 del Código Civil derogado, que disponía que la transacción se

haga por escritura pública, como formalidad ad-solemnitaten. Como expresaba el Dr. León Barandiarán, exigir la escritura pública, podía resultar incomodo, difícil o costoso, sobre todo cuando se trataba de asuntos de escaso monto; como sucede con las transacciones extrajudiciales con motivo de leves accidentes. Por estas razones, el legislador optó por suprimir la escritura pública por considerarla innecesaria, simplificando el requisito de forma, bastando para ello que conste por escrito bajo sanción de nulidad.

¿Qué derechos pueden ser materia de transacción?

Según el art.1305 del código civil: "Sólo los derechos patrimoniales pueden ser objeto de transacción". Este artículo tiene su antecedente en el art.1315 del Código Civil

derogado. Castan Tobeñas, expresa que pueden ser materia de transacción todos los derechos dudosos o litigiosos que por ser de interés privado y estar en el comercio sean susceptibles

de disposición y renuncia por los particulares. En cambio los derechos extra patrimoniales no pueden formar parte del contrato, según lo dispuesto por el art.'1351 del Código Civil y, en consecuencia, no pueden ser objeto de transacción. Por ello no son susceptibles de

transacción los objetos y derechos que se encuentran fuera del comercio de los hombres.

¿Se puede transigir sobre la responsabilidad civil proveniente de un delito?

Según el art. 1306 del Código Civil, sí es factible transigir sobre la responsabilidad civil que provenga de un delito. Esta

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (17.5 Kb)  
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com