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Legislacion Monetaria Financiera


Enviado por   •  24 de Mayo de 2013  •  12.729 Palabras (51 Páginas)  •  844 Visitas

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LEGISLACION MONETARIA Y FINANCIERA

RESUMEN DEL TEMA I

Concepto, historia y formación de los bancos

Concepto de banco tradicional y banco moderno.

Entre las concepciones de banco existen las siguientes:

Banco es una institución que realiza operaciones de banca, es decir es prestatario y prestamista de crédito; recibe y concentra en forma de depósitos los capitales captados.

Un banco es una institución que realiza operaciones de banca además se encarga de administrar y prestar dinero.

Un banco es una empresa constituida bajo la forma asociativa, cuya actividad se dirige a colectar capitales ociosos, dándoles colocación, útil, a facilitar las operaciones de pago y a negociar con valores.

Banco moderno, funciones que realizan

Hay una diferencia en el concepto de banco moderno de banco del Medioevo son la multiplicidad de sus funciones mientras, el banco del Medioevo tenía unas funciones muy limitadas, ya que sus funciones principales era la custodia del dinero y el cambio; el trabajo característico de un banco moderno es la intermediación entre las unidades económicas que disponen de recursos inactivos y las unidades económicas que necesitan de capitales para fines de inversión o de consumo.

Por todo lo ya expresado para el banco moderno reunir el concepto como tal debe cumplir con las siguientes funciones:

a) La intermediación del crédito.

b) La intermediación de los pagos, y

c) La administración de los capitales.

Es significativo ya que como toda empresa comercial, el banco en sus actividades persigue el lucro que obtiene en su mayor parte de los negocios derivados de su primera función, es decir la intermediación del crédito, y en proporción menor de la tercera, es decir la administración de capitales, y en una parte más reducida de la segunda, es decir de la intermediación de los pagos.

Generalmente se cree que banco deriva del mueble usado por los comerciantes en moneda de la edad media para efectuar sus operaciones de cambio.

Se dice también que cuando estos negociantes no podían cumplir con sus obligaciones se les destruía su banco, y de ahí proviene la palabra bancarrota.

Las instituciones bancarias se clasifican

Las instituciones bancarias de acuerdo a la actividad primordial que realizan se clasifican en:

 Bancos de emisión,

 Bancos comerciales, y

 Bancos especializados.

Bancos de Emisión: Son los llamados bancos centrales, los cuales tienen la facultad de emitir billetes de banco, de curso legal o de curso forzoso, también tienen como función regular el crédito, mantener la estabilidad monetaria, promover el funcionamiento de las instituciones bancarias, establecer un sistema de redescuento, además hay que hacer constar que estos bancos funcionan en un régimen de monopolio legal.

Los bancos comerciales o bancos de crédito ordinario: son los que realizan sus operaciones de crédito a un término muy breve, en régimen de libre competencia. Sus operaciones principales son el depósito y el crédito, estas son las únicas instituciones bancarias que se les permite el depósito en cuenta corriente, es decir recibir depósitos a la vista, retirable mediante cheque. Son las únicas instituciones privadas que suministran al sistema económico un medio monetario distinto a las monedas y a los billetes.

Bancos especializados: Se caracterizan por las órdenes de crédito que otorga, a estas instituciones se les denomina también, bancos de fomento, Banco de desarrollo, banco de ahorro, e inversión, banco de crédito especial entre otros. Estas instituciones se caracterizan por el destino de crédito que otorgan de ahí el nombre que reciben entre esos nombres se encuentran los siguientes:

Bancos de crédito industrial, banco de crédito mobiliario, bancos de crédito agrario, bancos de crédito prendario, bancos de crédito inmobiliario, entre otros nombres.

Derecho bancario

Derecho bancario: es el conjunto de normas jurídicas reguladora de las relaciones entre particulares y entre las autoridades nacidas del ejercicio de la actividad crediticia y bancaria o asimilada a éstas y aquéllas, en cuanto a su disciplina jurídica y evolución judicial y administrativa.

Derecho bancario: es el conjunto de normas que regulan la actividad bancaria y financiera en general referida a sus relaciones con el Estado y los particulares.

Fuentes del derecho bancario

Las fuentes del Derecho Bancario son en nuestro país: La Constitución de la República Dominicana, (En especial arts. 111 y 112) que hablan de la unidad monetaria y las funciones de la Junta Monetaria.

El Derecho Comercial, el Derecho Civil y el Derecho Administrativo, esencialmente, la actividad y la profesión bancarias están regidas por el Derecho Comercial, Derecho Civil y el Derecho Administrativo.

El Derecho Bancario utiliza las reglas de las diferentes ramas del Derecho que lo componen.

En lo que respecta al Derecho Administrativo, existe una gran diferencia entre el Derecho Bancario Dominicano y el Derecho de Francia, pues, en este último país el Derecho Administrativo ha alcanzado un gran desarrollo y a la luz de ese derecho se resuelven los litigios que se producen entre directores y accionistas de los bancos.

Ciencias y técnicas bancarias

La ciencia bancaria: es definida por Garelli como “el conocimiento sistemático de las leyes que gobiernan la administración y el ordenamiento de los bancos en interés de sus propietarios y de la sociedad”.

Muratti define la ciencia bancaria como: “La exposición científica de los principios económicos relativos a la función y organización de los bancos y sus actividades, y el estudio de la influencia de estos en el sistema de la economía nacional”

La técnica bancaria

Es el estudio de las operaciones de banco, considerando a éste como “un todo orgánico cuyas condiciones de

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