Legitimacion De Capitales
Coyote_5288 de Noviembre de 2014
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVESITARIA
FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE
ALDEA UNIVERSITARIA “CARLOS EMILIANO SALOM”
TURNOS FINES DE SEMANA P.F.G ESTUDIO JURÍDICO
10° SEMESTRE
Profesora: Participantes:
Abogada. Dayana Rodríguez
Miguel Dos Santos
Ciudad Bolívar, Octubre de 2014
Introducción
La legitimación de capitales se define como toda acción dirigida a desviar o disimular el verdadero origen de un bien o capital, proveniente de cualquier actividad delictiva, ya sea tráfico de drogas, robo, hurto, corrupción, contrabando, estafa, secuestro, tráfico de indocumentados, tráfico de armas, etc. Las etapas que intervienen en la legitimación de capitales son conocidas como:
•Colocación: involucra la disposición física de efectivo, mediante diversos medios, ya sea invirtiéndolo en una mezcla de negocios legítimos con los ilegales o haciendo depósitos en instituciones financieras.
•Estratificación: una vez introducidos los capitales en el sistema financiero, se busca con este paso realizar una serie de complejas transacciones o movimientos (centrífugas), dirigidas a ocultar los fondos de su fuente original.
•Integración: en este último paso los legitimadores de capitales integran el dinero lavado a libre economía, gastándose o invirtiéndose, con la apariencia de haberlo obtenido lícitamente.
Es decir, la Legitimación de Capitales, forma parte de una Delincuencia tan Organizada, que tiene acceso a la velocidad y facilidad de las modernas finanzas electrónicas, impulsando las magnitudes de este delito a un mundo sin fronteras. De allí la necesidad de incrementar la cooperación internacional, factor que ha sido reconocido por numerosos gobiernos a través de sus legislaciones y de diversos acuerdos en el ámbito internacional, como parte de una política integral contra las diversas manifestaciones de la legitimación de capitales.
BIBLIOGRAFÍA
• Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 4.636 Extraordinario de fecha 30-09-1993).
• "Normas sobre Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales aplicables a los entes regulados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras". Resolución Nº 185-01 (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.287 de fecha 20-09-2001). Emitida por la SUDEBAN.
• Asamblea nacional de la república Bolivariana de Venezuela. código orgánico tributario. gaceta oficial no. 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001.
CONCLUSIÓN
Resulta interesante el trabajo que, en estos años, ha
cumplido la fiscal general Luisa Ortega Díaz en esta materia. La creación de la Unidad Anticorrupción ha recibido en los últimos meses 33.000 denuncias, muchas de ellas ligadas a los delitos antes descritos.
Es necesario mejorar la legislación venezolana en contra de la legitimación de capitales. Cabe resaltar que, durante la presente gestión, Venezuela salió de la lista gris llevada por el Grupo de Acción Financiera Internacional -Gafi- gracias también a la interacción de varias instituciones venezolanas como la ONA, la Sudeban, el Seniat, entre otras.
Debemos
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