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Enviado por   •  4 de Marzo de 2013  •  Informes  •  793 Palabras (4 Páginas)  •  254 Visitas

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estino del derecho romano después de Justiniano.

Aunque los libros del derecho de Justiniano se compusieron en Oriente y principalmente, al menos, para el Oriente, el porvenir les reservaba la más notable acogida en la Europa occidental.

En Oriente, en efecto, como sólo se usaba de la lengua griega, no se tardó en traducir los textos latinos del Digesto y del Código, y estas versiones contribuyeron mucho a hacer olvidar los originales. A este primer inconveniente vinieron a agregarse otros. Los sucesores de Justiniano publicaron gran número de novelas para modificar una legislación aún muy remota de los hábitos de sus, pueblos, y los jurisconsultos de Constantinopla y de Berito, no teniendo en cuenta la prohibición hecha por Justiniano de comentar estas colecciones, escribieron en griego multitud de paráfrasis y de comentarios, a los cuales se hizo rererencia en la práctica, con preferencia a los textos abandonados. Este estado de cosas necesitó una revisión general del cuerpo del derecho, y su publicación auténtica en la lengua usual. Este trabajo, emprendido por orden de Basilio Macedonio y acabado en tiempo de su hijo León el Filósofo, se publicó hacia el año 890, con el título de Basilicase hizo caer en desuso las colecciones de Justiniano. Cerca de cincuenta años después de la promulgación de este código griego, el emperador Constantino Porphirogéneto hizo publicar una nueva edición, revisada y aumentada: Basilicae repetitae praelectionis. Esta segunda edición es la única que ha llegado hasta nosotros, y aun de un modo incompleto Las Basílicas, modificadas por numerosas órdenes dadas por los sucesores de Basilio, de León y de Constantino, permanecieron como la base del derecho común en Occidente hasta la toma de Constantinopla (1435). En esta época dejaron los turcos a los griegos el uso de su antigua legislación, como habian hecho antiguamente los germanos con los romanos de Occidente. Pero auuque se hayan considerado siempre las Basílicas por los griegos modernos como la fuente teórica de su jurisprudencia, un compendio del derecho, compuesto por Harmenópulo, jurisconsulto, que murió en Constantinopla en 1382, con el título de Promptuarium juris, obtuvo desde luego entre ellos tal autoridad, que todas las cuestiones del derecho civil en la Grecia otomana se han decidido hasta nuestros días según las doctrinas de este manual.

En Occidente.

Las colecciones de Justiniano fueron introducidas y declaradas obligatorias en Italia, cuando las tropas de este emperador expulsaron de ella a los ostrogodos. Y aunque esta victoria haya sido de corta duración, como no se destruyó el Derecho romano en este país, ni por los lombardos, ni más adelante por los francos que se apoderaron de él, la obra jurídica de Justiniano no debía perder enteramente en él su autoridad. Más aún:

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