ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley Contra La Corrupcion En Venezuela


Enviado por   •  18 de Agosto de 2012  •  9.151 Palabras (37 Páginas)  •  1.318 Visitas

Página 1 de 37

LEY CONTRA LA CORRUPCION

Gaceta Oficial N° 5.637 Extraordinario de fecha 07 de abril de 2003

Definición de Corrupción:

“La utilización de potestades públicas para el interés privado cuando éste difiere del general a que toda actuación pública se debe". Sabán Godoy

“La corrupción es todo uso indebido (abuso) de una posición oficial pública (de cargos y recursos públicos) para fines y ventajas privados". M. Johnston

Cuando se discutió el proyecto de la Ley Contra la Corrupción, se manejo lo siguiente: El nuevo texto viene a sustituir la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, que ya tiene veinte años de vigencia y constituye el principal instrumento legislativo en la lucha contra la corrupción en Venezuela.

En el proyecto sería planteado entre algunos objetivos, desarrollar eficazmente los principios consagrados en el artículo 141 de la Carta Magna en el ámbito de la administración de los bienes y recursos públicos, además de corregir aquellos aspectos en materia penal de exagerada severidad y cuestionada constitucionalidad que se le imputaban a la Ley de Salvaguarda, y de adaptar sus disposiciones al Código Orgánico Procesal Penal.

En la exposición de motivos del proyecto de Ley Orgánica Contra la Corrupción en la Función Pública, se expresa que en materia penal, la crítica más reiterada que se le ha hecho a la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público es que no ha respondido a las expectativas creadas con su promulgación, ni en su pretendido objetivo preventivo, ni tampoco como instrumento de represión del creciente delito contra la cosa pública.

También destaca que no solamente las fallas de la Ley de Salvaguarda han generado la sensación de frustración en la lucha contra la corrupción, sino también la falta de voluntad política en el apoyo decidido al sistema judicial, que garantice su real independencia frente a los demás poderes públicos. Esto sin injerencias mediatizantes, lo que se patentiza en “la solidaridad automática” que, de alguna forma, se manifiesta desde los diferentes sectores ante el simple señalamiento que en un momento dado se haga de algunos de sus personeros por la presunta comisión de un acto de corrupción.

El nuevo proyecto de Ley, procuró superar las fallas de la Ley de Salvaguarda y con relación al título referente a los delitos contra la cosa pública, se intentó la sistematización de éstos con el fin de lograr una mejor estructuración del texto de la ley, reduciendo además, los tipos penales.

La ley de salvaguarda excesivamente severa, se dice que era inconstitucional por cuanto establecía tipos penales abiertos, las leyes penales abiertas son aquellas cuyo supuesto de hecho aparece total o parcialmente previsto en otra disposición legal, penal o extrapenal . Debido a que estas normas pueden constituir violación al principio de legalidad, solo es posible su aplicación cuando:

i) El complemento emana de otra ley de superior o igual jerarquía a la penal. El complemento además debe ser general y abstracto.

ii) El complemento ha sido expedido, publicado y dado a conocer a la ciudadanía de la misma manera como lo ha sido la norma complementada.

ii) El contenido de la norma complementaria es claro, preciso, expreso e inequívoco.

iii) El complemento precede la realización de la conducta imputada.

Concretada la corrupción del funcionario público en la utilización de las potestades públicas para el interés privado, la misma representa un ataque pluriofensivo a valores y bienes jurídicos esenciales en el Estado democrático y social de Derecho y de Justicia consagrado en el artículo 2 de la Constitución y que deben preservarse mediante su protección penal. Está en juego tanto el prestigio de la Administración ante los Administrados, como el deber de la Administración de servir con objetividad los intereses generales, según la exigencia del artículo 141 de la Constitución, que se traduce en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. En materia de lucha contra la corrupción, la Ley Contra la Corrupción desarrolla estos principios constitucionales, además, de ser una garantía del principio de legalidad previsto en el artículo 137 de la Constitución Bolivariana y del principio de responsabilidad de los funcionarios públicos derivada del artículo 139 de la Constitución. En tal sentido, el artículo 1 de la Ley Contra la Corrupción señala como uno de los objetos el establecimiento de normas que rijan la conducta que deben asumir las personas sujetas a la misma, a los fines de salvaguardar el patrimonio público y garantizar el manejo adecuado y transparente de los recursos públicos, con fundamento en los principios consagrados en el citado artículo 141 Constitucional. Adicionalmente, dispone la tipificación de los delitos contra la cosa pública y las sanciones que deberán aplicarse a quienes infrinjan esas disposiciones y cuya conducta, acción u omisión, causen un daño al patrimonio público. Así las cosas, en relación al ámbito de aplicación, el artículo 2 de la referida Ley dispone que están sujetos a ella, los particulares, personas naturales o jurídicas y los funcionarios públicos en los términos establecidos en la Ley.

OBJETO DE LA LEY

El objeto de la Ley es prevenir, perseguir y sancionar el enriquecimiento ilícito y aquellos hechos (delitos) que atentan contra la cosa pública. Tiene como objeto hacer efectiva la responsabilidad penal, civil administrativa y disciplinaria del .funcionario y empleado público. A la vez tiene por propósito establecer normas que regulen la conducta del funcionario a los fines de salvaguardar el patrimonio público. Esas normas se sustentan en los principios de honestidad, transparencia y responsabilidad.

La base constitucional de estas disposiciones legales está contenida artículos 25, 116, 139, 141, 145, 271,274, 285 y 289.

En resumen:

• Prevenir, perseguir y sancionar el enriquecimiento ilícito y los delitos contra la cosa pública que en ella se determinan.

• Hacer efectiva la responsabilidad penal, administrativa y disciplinaria de los funcionarios públicos y demás personas señaladas en la misma.

• Garantizar

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (60.8 Kb)  
Leer 36 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com