ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley Del Organismo Legislativo


Enviado por   •  5 de Junio de 2015  •  4.711 Palabras (19 Páginas)  •  433 Visitas

Página 1 de 19

• Organismo Legislativo El Organismo Legislativo de la República de Guatemala (OL) es uno de los organismos del Estado, que tiene la potestad legislativa para hacer las leyes que favorezcan al desarrollo integral del país, así como, procurar el bienestar común entre los habitantes. Está compuesto por los diputados del Congreso de la República y por el personal técnico y administrativo. Art. 1 y 2 Ley del Organismo Legislativo. El Presidente del Congreso de la República, también lo es del Organismo Legislativo, actualmente este cargo lo ocupa el Lic. Arístides Crespo, del Partido Oficial. Órganos que integran el Organismo Legislativo Según el Artículo 6 de la Ley del Organismo Legislativo este se compone de: a) El Pleno b) La Junta Directiva c) La Presidencia d) La Comisión Permanente e) La Comisión de Derechos Humanos f) La Comisión de Trabajo g) Las Comisiones Extraordinarias y las Especificas h) La junta de Jefes de Bloque. El Pleno del Congreso de la República es constituye la máxima autoridad superior, de este Organismo, y está integrado por los diputados. Sesiones del Congreso: El periodo anual de sesiones ordinarias del Congreso se inicia el 14 de Enero al 15 de mayo de y el uno de agosto al treinta de noviembre de cada año. Se reunirá en sesiones extraordinarias cuando sea convocado por la Comisión Permanente o por el Organismo Ejecutivo. Mientras los Recesos del mismo serán del 16 de Mayo al 31 Julio y del 01 de Diciembre al 13 de Enero. Art. 158 C.P.R.G. Clases de sesiones Hay siete clases de sesiones que se realizan en el Congreso de la República, las cuales se encuentran tipificadas en la Constitución y en su Ley Orgánica. Sesiones Preparatorias: artículo 12 de su Ley Orgánica. Sesiones Ordinarias: artículo 158 de la Constitución y en el artículo 74 de su Ley Orgánica. Sesiones Extraordinarias: Art. 158 Constitucional y en los artículos 75 y 76 de su Ley Orgánica. Sesiones Permanentes: artículo 77 de su Ley Orgánica. Sesiones Públicas: artículo 78 de su Ley Orgánica. Sesiones Secretas: artículo 79 de su Ley Orgánica. Sesiones Solemnes: artículo 80 de su Ley Orgánica. Atribuciones del Congreso. A continuación algunas de las atribuciones que corresponden al Congreso de la República. Según Art. 165 de la C.P.R.G. a) Abrir y Cerrar sus periodos de Sesiones. b) Recibir el juramento de ley del Presidente y Vicepresidente de la República y del Presidente del Organismo Judicial. c) Aceptar o no la renuncia la del Presidente y Vicepresidente de la República. d) Dar posesión de la Presidencia de la República, al Vicepresidente en caso de ausencia absoluta o temporal del Presidente.

• 3. e) Desconocer al Presidente de la República si, habiendo vencido su periodo constitucional, continua en el ejercicio del cargo. f) Interpelar a los ministros de Estado. Otras Atribuciones del Congreso. Art. 171 C.P.R.G. a) Decretar, reformar y derogar las leyes. b) Aprobar modificar o improbar, a mas tardar treinta días antes de entrar en vigencia, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado. c) Decretar impuestos ordinarios y extraordinarios conforme a las necesidades del Estado. d) Decretar honores públicos por grandes servicios prestados a la Nación. e) Declarar la guerra y aprobar o improbar los tratados de paz. f) Decretar amnistía por delitos políticos. g) Fijar las características de la moneda, con opinión de la Junta Monetaria. Mayoría Absoluta: Voto de la mitad mas uno de los diputados del Congreso. Art. 159 C.P.R.G. Para las resoluciones del mismo. Mayoría Calificada: Voto de dos terceras partes del total de diputados del Congreso. Art. 172 C.P.R.G. Excepciones que marca la ley. Junta Directiva: La Junta Directiva del Congreso esta de la República esta integrado por el Presidente, tres Vicepresidentes y cinco Secretarios. La elección se hará por planilla y por medio de votación breve, requiriéndose del voto favorable de la mayoría absoluta de los diputados que integran el Congreso. Art. 9 de la Ley del Organismo Legislativo. Los Diputados electos, al tomar posesión de sus cargos, prestaran juramento de fidelidad y obediencia a la Constitución Política de la República, en presencia de la Legislatura cuyo periodo finaliza. Art. 13 Ley del Organismo Legislativo. Atribuciones de la Junta Directiva del Congreso. A continuación algunas de las atribuciones que tiene la Junta Directiva del Congreso. Según Art. 14 Ley del Organismo Legislativo. a) En ausencia del Presidente, convocar a los diputados a sesiones ordinarias y citarlos, con lo menos 24 horas de anticipación. b) Calificar los memoriales, peticiones, expedientes y todos los asuntos que se remitan al Congreso para su pronto traslado al Pleno del Congreso o a las Comisiones de Trabajo. c) Proponer a la Junta de Jefes de Bloque Legislativos los Proyectos de órdenes del día. d) Velar porque todos los actos aprobados por el Pleno del Congreso sean fiel reflejo de lo aprobado y presenten la debida corrección estilística y gramatical. e) Proponer y someter a la Comisión de Finanzas el Presupuesto programado de Ingresos y Egreso del Organismo Legislativo. f) Velar porque los Diputados, en todo momento, guarden la conducta, el decoro y la dignidad que corresponden al Congreso de la República de Guatemala. La Junta Directiva del Congreso de la República levantara actas en las que se dejara constancia de cuanto delibere y resuelva. Art. 15 Ley del Organismo Legislativo. Presidencia del Congreso: El presidente del Congreso de la República es el funcionario de más alta jerarquía del Organismo Legislativo, ejerce la dirección, ejecución y representación de dicho Organismo.

• 4. Es a su vez, Presidente de la Junta Directiva, de la Comisión del Régimen Interno y de la Comisión Permanente. Art. 17 Ley del Organismo Legislativo. Atribuciones del Presidente del Congreso de la República. Algunas de las atribuciones del Presidente del Congreso de la República son: a) Abrir, presidir y cerrar las sesiones del Pleno del Congreso, de la Junta Directiva, de la Comisión de Régimen Interior y de la Comisión Permanente. b) Convocar a sesión al Congreso de la República, a la Junta Directiva, de la Comisión de Régimen Interior y de la Comisión Permanente. c) Velar por que sean escuchadas las opiniones de las minorías. d) Nombrar, remover y trasladar al personal del Organismo Legislativo, así como concederle licencias y permisos de acuerdo con la ley respectiva. e) Vigilar que sean correctamente llevados los libros de actas del Pleno del Congreso, de la Junta Directiva, de la Comisión Permanente y cualesquiera otros. Vicepresidentes Art. 19 Ley del Organismo Legislativo. Los Vicepresidentes del Congreso de la República se designan por el orden de su elección como: • Primer Vicepresidente; • Segundo Vicepresidente; y • Tercer Vicepresidente. El orden es respectivamente de acuerdo a su nombramiento. Corresponde a

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (29.4 Kb)  
Leer 18 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com