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Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos Preg.


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2012  •  1.749 Palabras (7 Páginas)  •  690 Visitas

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1.- TITULO CUARTO; Sanciones; CAPITULO UNICO: Articulo 85.- A quienes se impondrá de cinco a quince años de prisión y de cien a quinientos días multa?

I. A quienes fabriquen o exporten armas, municiones, cartuchos y explosivos sin el permiso correspondiente;

II. A los comerciantes en armas que sin permiso transmitan la propiedad de los objetos a que se refiere la fracción I, y

III. A quienes dispongan indebidamente de las armas con que se haya dotado a los cuerpos de policía federales, estatales o municipales o al Ejército, Armada o Fuerza Aérea.

2.- CAPITULO VI; Del control y vigilancia: Articulo 76.- A que están obligados a conservar los titulares de permisos generales?

A conservar toda la documentación relacionada con dichos permisos, por el término de cinco años.

3.- CAPITULO III; De la importación y exportación: Artículo 59.- Que deberán estar amparadas por el permiso extraordinario correspondiente, en el que se señalen las condiciones que se deban cumplir de acuerdo con el Reglamento de esta Ley?

Las importaciones y exportaciones temporales de armas y municiones de turistas cinegéticos y deportistas de tiro.

4.- TITULO TERCERO; Fabricación, Comercio, Importación, Exportación y Actividades Conexas; CAPITULO I; Disposiciones preliminares: Articulo 45.- Quienes deberán reunir las condiciones de seguridad, funcionamiento técnico, ubicación y producción que se determinen en el Reglamento?

Las fábricas, plantas industriales, talleres, comercios y demás establecimientos que se dediquen a las actividades reguladas en este Título.

5.- CAPITULO III; Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas: Articulo 35.- Que autorizan exclusivamente la portación del arma señalada por la persona a cuyo nombre sea expedida?

Las licencias.

6.- CAPITULO II; Posesión de armas en el domicilio: Articulo 22.- Que deben solicitar los particulares que tengan colecciones de armas?

Deberán solicitar autorización para la

Adquisición y posesión de nuevas armas destinadas al enriquecimiento de la colección o del museo, e

Inscribirlas.

7.- CAPITULO II; Posesión de armas en el domicilio: Articulo 17.- A que esta obligada toda persona que adquiera una o más armas?

Está obligada a manifestarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días. La manifestación se hará por escrito, indicando, marca, calibre, modelo y matrícula si la tuviera.

8.- CAPITULO II; Posesión de armas en el domicilio: Articulo 16.- Que deben manifestar las personas físicas, para los efectos del control de la posesión de armas?

Un único domicilio de residencia permanente para sí y sus familiares

9.- TITULO SEGUNDO; Posesión y Portación; CAPITULO I; Disposiciones preliminares: Articulo 13.- Que armas no se consideraran como prohibidas?

Los utensilios, herramientas o instrumentos para labores de campo o de cualquier oficio, arte, profesión o deporte que tengan aplicación conocida como tales, pero su uso se limitará al local o sitio en que se trabaje o practique el deporte.

Cuando esos instrumentos sean portados por necesidades de trabajo o para el ejercicio de un deporte, se deberá demostrar, en su caso, esas circunstancias

10.-TITULO SEGUNDO; Posesión y Portación; CAPITULO I; Disposiciones preliminares: Articulo 8.- Que armas estarán prohibidas para posesión y portación?

Las armas prohibidas por la Ley ni las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en esta Ley.

11.- CAPITULO VI; Del control y vigilancia: Articulo 75.- Que se deberá solicitar en los casos de adjudicación judicial o administrativa de armas, objetos y materiales a que se refiere esta Ley?

El adjudicatario, dentro de los quince días siguientes, deberá solicitar el permiso correspondiente para disponer de los mismos, indicando el destino que pretenda darles.

12.- TITULO CUARTO; Sanciones; CAPITULO UNICO: Articulo 77.- Quienes serán sancionados con diez a cien días multa?

I. Quienes posean armas sin haber hecho la manifestación de las mismas a la Secretaría de la

Defensa Nacional;

II. Quienes posean armas, cartuchos o municiones en lugar no autorizado;

III. Quienes infrinjan lo dispuesto en el artículo 36 de esta Ley. En este caso, además de la sanción, se asegurará el arma, y

IV. Quienes posean cartuchos en cantidades superiores a las que se refiere el artículo 50 de esta Ley.

Para efectos de la imposición de las sanciones administrativas a que se refiere este artículo, se turnará el caso al conocimiento de la autoridad administrativa local a la que competa el castigo de las infracciones de policía.

13.- TRANSITORIOS; Articulo sexto: A que esta obligada toda persona que posea una o más armas en su domicilio?

Está obligada a manifestarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional, en un plazo de noventa días a partir de la fecha de la vigencia de esta Ley.

14.- TRANSITORIOS; Articulo segundo: A quienes les serán aplicadas las disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal vigentes en el momento en que se haya cometido, sin perjuicio de aplicar, cuando proceda, lo previsto en el artículo 56 de dicho Código sustantivo?

A las personas que hayan cometido un delito de los contemplados en el presente decreto, con anterioridad a su entrada en vigor, incluidas las procesadas o sentenciadas.

15.- CAPITULO VI; Del control y vigilancia: Articulo 69.- Las negociaciones que se dediquen a las actividades reguladas en esta Ley, tienen obligación de?

Dar las facilidades necesarias a la Secretaría de la Defensa Nacional para practicar visitas de inspección.

16.- CAPITULO V; Del almacenamiento: Articulo 66.- Estos sólo podrán almacenarse hasta por las cantidades y en los locales

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