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Ley Organica De Municialidades


Enviado por   •  17 de Marzo de 2014  •  4.356 Palabras (18 Páginas)  •  239 Visitas

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INDICE

INTRODUCCIÓN 4

I. LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES (27972) 5

1.1. Ley Orgánica 5

1.2. El municipio. 5

1.3. Los gobiernos locales 6

1.4. Ubicación del municipio dentro del Estado moderno. 6

1.5. MARCO CONCEPTUAL MUNICIPAL. 7

II. SÍNTESIS DE LA LEY (27972) RELACIONADO A LA EVALUACION Y FISCALIZAION DEL MEDIO AMBIENTE 10

2.1. ARTÍCULO 73°:- MATERIAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL 10

2.2. ARTÍCULO 74°.- FUNCIONES ESPECÍFICAS MUNICIPALES 11

2.3. ARTÍCULO 79°.- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICOY USÓ DEL

SUELO 12

1. Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales: 12

2. Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales: 13

3. Funciones distritales exclusivas referidas a espacio físico y usos del suelo: 13

2.4. ARTÍCULO 80°.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD 13

1. Funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales: 13

2. Funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales: 14

3. Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: 14

4. Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales: 15

2.5. ARTÍCULO 82°.- EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN 16

III. COMENTARIO CRÍTICO 19

IV. CONCLUSIONES 20

V. BIBLIOGRAFÍA 21

INTRODUCCIÓN

Los Gobiernos Regionales y Locales ejercen competencias compartidas en materia de evaluación y regulación de actividades económicas y productivas dentro de su ámbito jurisdiccional y en la medida que haya operado una transferencia efectiva de competencias, recursos y capacidades, también ejercen competencias específicas para controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental así como sobre el uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción.

El marco general está dado por la Constitución Política del Estado y refrendada posteriormente por la Ley Orgánica de Municipalidades. Al respecto se señala que las municipalidades Promueven el desarrollo integral y la economía local para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, así como la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial, dentro de ello desarrollan y regulan actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales entre otros.

VI. LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES (27972)

6.1. Ley Orgánica

Las leyes orgánicas tienen un sentido ordenador y autolimitante de las funciones ejercidas por el Congreso de la República. Una ley orgánica es "un mandamiento al Congreso en orden a regular su función legislativa, señalándole límites y condicionamientos"

6.2. El municipio.

CARLOS F. Quintana lo define:

La institución jurídica política, social, que tiene como finalidad organizar a una comunidad en una gestión autónoma de sus intereses de convivencia primaria y vecinal, que está regida por un consejo o ayuntamiento, y que es con frecuencia, la base de la división territorial y de la organización política de un Estado.

EMILIO HERNANDEZ GAONA, lo define al municipio como una persona de derecho público que se constituye por un territorio determinado, que tiene como fin administrar sus propios recursos, pero que depende en mayor medida de una entidad pública superior.

Teniendo en cuenta las diferentes definiciones que dan los tratadistas podemos observar que el municipio es una persona jurídica instituida para cumplir las necesidades de una población que vive en un determinado territorio bajo el gobierno de un ayuntamiento, mismo que es el representante del municipio.

La norma reguladora de desarrollo constitucional de los gobiernos locales corresponde a una ley orgánica. De acuerdo con el precepto constitucional, esta ley se tramita como cualquier otra ley, pero para su aprobación o modificación se requiere de la mitad más uno del número legal de los miembros del Congreso. Este procedimiento especial lo convierte en una norma de mayor jerarquía que una ley ordinaria, decreto legislativo o decreto ley .

Cuando revisamos el artículo I segunda parte del Título Preliminar encontramos la real definición de lo que son las Municipalidades Provinciales y Distritales donde se establecen que son órganos de gobiernos “promotores del desarrollo local” con personería de derecho público, efectivamente las Municipalidades siendo instancias de gobierno sus autoridades han sido elegidas para gobernar las ciudades dentro de sus facultades y competencias, sin embargo cuando revisamos el artículo IV del mismo Título Preliminar encontramos una contradicción que señalada como finalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción, esta definición contrasta en una parte con lo señalado en el artículo I del Título Preliminar por cuanto si bien es cierto la prestación de los servicios públicos es una función de los gobiernos locales el día de hoy no es la más importante, en mérito al proceso de descentralización, la función más importante es la de ser los promotores del desarrollo local y con ello va consigo la prestación de los servicios públicos .

6.3. Los gobiernos locales

Para DIMINGO GARCIA BELAUNDE, el concepto de gobiernos locales como sinónimo de gobierno municipal.

Clásicamente, se entiende por municipio un pedazo de tierra relativamente pequeño, en el cual una determinada población se conoce, se trata y está en relación continua, adoptando decisiones en común.

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