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Ley de la organizacion nacional de proteccion civil y administracion de desastres


Enviado por   •  10 de Octubre de 2014  •  1.210 Palabras (5 Páginas)  •  214 Visitas

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LEY DE LA ORGANIZACION NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL

Y

ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES.

Publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 5.557, Extraordinaria de fecha martes 13 de noviembre del 2001.

Decreto Presidencial N° 1.557 con Fuerza de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres.

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: La presente Ley tiene por objeto regular la organización, competencia, integración, coordinación y funcionamiento de la Organización de Protección Civil y Administración de Desastres en el ámbito nacional, estadal y municipal.

Artículo 2. La Organización de Protección civil y Administración de Desastres formará parte del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo y de la Coordinación Nacional de Seguridad Ciudadana.

Artículo 3. La Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, tiene como objetivos fundamentales:

1. Planificar y establecer políticas, que permitan la adopción de medidas relacionadas con la preparación y aplicación del potencial nacional para casos de desastres, en cada una de las fases que lo conforman.

2. Promover en los diferentes organismos locales relacionados con la gestión de riesgos, las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas establecidas, para salvaguardar la seguridad y protección de las comunidades.

3. Diseñar programas de capacitación, entrenamiento y formación, dirigidos a promover y afianzar la participación y deberes ciudadanos en los casos de emergencias y desastres.

4. Establecer estrategias dirigidas a la preparación de las comunidades, que garanticen el aprovechamiento del potencial personal, familiar y comunal para enfrentar emergencias y desastres en sus diferentes fases y etapas.

5. Velar porque las diferentes instancias del estado aporten los recursos necesarios que garanticen que las instituciones responsables de atender las emergencias, cuenten con el soporte operacional y funcional adecuado para la idónea y oportuna prestación del servicio de protección civil y administración de desastres.

6. Fortalecer a los organismos de atención y administración de emergencias, a fin de garantizar una respuesta eficaz y oportuna y coordinar y promover las acciones de respuesta y rehabilitación de las áreas afectadas por un desastre.

7. Integrar esfuerzos y funciones entre los organismos públicos o privados, que deban intervenir en las diferentes fases y etapas de la administración de desastres, que permitan la utilización de integración oportuna y eficiente de los recursos disponibles para responder ante desastres.

PROTECCIÓN CIVIL

La Proteccion Civil es el organismo encargado del estudio, planificación, programación, coordinación y adiestramiento de los recursos públicos y privados, así como la ejecución de las acciones necesarias para prevenir, reducir y atender las emergencias y los daños derivados de las situaciones de desastres de origen natural, social, tecnológico o conflictual, y el consiguiente socorro y atención de las poblaciones y el medio ambiente afectados.

Por dichas razones se creo la ley de protección civil la cual tiene por objeto regular la organización, competencia, integración, coordinación y funcionamiento de la Organización de Protección Civil y administración de desastres en el ámbito nacional, estadal y municipal. Tambien se encarga de estimular la capacidad de autoprotección de las comunidades.

En función a esta premisa, se desarrollan programas para lograr la formación y capacitación de la población, en todo lo concerniente a la autoprotección, vigilancia vecinal, rescate, primeros auxilios y otros aspectos claves, para que en caso de desastres, estén en capacidad de recibir directrices de los organismos competentes y lograr una mejor labor.

Ley orgánica de seguridad de la nación

Sistema de Protección Civil

Artículo 24.

El Sistema de Protección Civil se entenderá como una gestión social de riesgo en la cual actúan los distintos órganos del Poder Público a nivel nacional, estadal y municipal, con la participación de la sociedad, y se extiende desde la planificación del Estado hasta procesos específicos, con miras a la reducción de la vulnerabilidad ante los eventos de orden natural, técnico y social.

Comentario:

El

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