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Litigio


Enviado por   •  12 de Mayo de 2014  •  Prácticas o problemas  •  1.032 Palabras (5 Páginas)  •  184 Visitas

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Es importante conocer primero el concepto de juicio,

para poder comprender que son los juicios orales.

Y el por que del nuevo sistema adquisitivo en materia

penal en nuestro estado de hidalgo.

¿QUE ES UN JUICIO?

Primero tenemos que conocer su etimología de la palabra

juicio (del latín Judicare) es una discusion jurídica y actual entre partes, y sometido al conocimiento de un tribunal de justicia.

Esto presupone la existencia de una controversia o conflicto de interés, es decir, la sustentación de derechos e intereses contradictorios o contrapuestos a lo defendido por la parte contraria, y que la perjudican.

El juicio constituye el contenido material o de fondo del proceso, el cual va a ser resuelto por el órgano jurisdiccional a través de un procedimiento.

Por norma general, el Juez se encargará de discernir cuál de las dos partes se fundamenta con mayor base en el estado de derecho, que ampara al país en el cual se ha desarrollado la actividad que ha puesto en conflicto a dos o más personas.

En el ámbito moral, el juicio trata de discernir y resolver un conflicto, siempre tendiendo a propugnar lo bueno y condenar lo malo, desde una postura razonable.

¿DEFINICION DE JUICIO ORAL?

Es el juicio oral y público previsto para el juzgamiento de quien ha sido acusado por el Ministerio Público, siempre que la causa no deba juzgarse de acuerdo con el procedimiento simplificado o abreviado. El Juicio Oral se desarrolla ante el Tribunal Oral en lo Penal, un tribunal colegiado formado por tres jueces profesionales, y con la presencia, al menos, del fiscal del Ministerio Público, del imputado y de su defensor (la falta de éste produce la nulidad del juicio oral). Como su nombre lo indica, se desarrolla íntegramente en forma oral, estando prohibidas las alegaciones por escrito. Es un juicio público, al cual sólo excepcionalmente y sólo para resguardar la intimidad, la honra o la seguridad de alguna de las personas que participan se puede restringir el acceso del público. Está regido por el principio de inmediación, es decir, que la decisión del tribunal debe basarse exclusivamente en aquello que pudieron conocer durante la audiencia directa e inmediatamente por sus propios sentidos, de donde se sigue que es prueba sólo aquélla que se rinde durante la audiencia. Por eso, en el Juicio Oral las partes deben presentar todos los objetos y todos los testigos de que disponen, para que sean examinados y contra examinados. Al término de la audiencia el Tribunal debe pronunciar su decisión de condena o absolución, pudiendo diferir sólo la redacción completa de la sentencia.

¿EN QUE FECHA SURGIÓ LA REFORMA Y QUE ARTÍCULOS?

EL 18 DE JUNIO DE 2008 SE PUBLICO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS

16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

¿CUAL ES LA FINALIDAD DE LOS JUICIOS ORALES?

Predominio de la expresión verbal sobre la escrita. El inculpado será juzgado en audiencia pública por un Juez, en juicio predominantemente

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