Los Abogados Populares: En Busca De Una Identidad
abdeldavila7 de Noviembre de 2013
15.460 Palabras (62 Páginas)853 Visitas
Los abogados populares: en busca de una identidad*
ELIANE BOTELHO JUNQUEIRA**
¿Quién es el abogado en los servicios legales alternativos? O mejor
aún, ¿cuáles son las características sociales, académicas, profesionales y políticas del abogado dedicado a la defensa de los grandes sectores desfavorecidos de la sociedad brasileña? ¿Dónde actúa, cómo se inserta en el mercado profesional, qué grupos sociales promueve? ¿Por qué se opta por esta práctica jurídica? ¿Cuáles son las principales dificultades que en-frenta en su cotidianidad profesional? Este abogado ¿cómo es compensado en términos financieros? ¿Cuál es su inserción política en los partidos o en los movimientos sociales? ¿Cuál es su opinión sobre el poder judicial, el derecho y también sobre las facultades de derecho? ¿Cómo, a mediados de los 90, este profesional vinculado a un trabajo más político, analiza el inte-rés de los estudiantes de derecho por este tipo de inserción profesional? ¿Cómo se percibe y cómo representa el papel que desempeña en el mundo del derecho y en la profesión jurídica? Las respuestas a estas preguntas1 están fundadas en un sondeo realizado en el primer semestre de 1996 con abogados populares y que tuvo como propósito trazar el perfil del profesio-nal vinculado a una abogacía públicamente orientada en Brasil2.
La abogacía, al no ser un bloque monolítico, incluye diferentes formas
de inserción profesional dirigidas hacia el sector público o privado, inspira-
* Este artículo está basado en la investigación realizada en la Pontificia Universidade Católica do Rio de Janeiro en 1996, a través del uso de un cuestionario enviado por correo a los abogados popula-res registrados en el censo del Instituto de Apoio Jurídico Popular. Agradezco a Silvia Beatriz Ma-chado de Araújo y a Cristiana Vianna Veras que trabajaron como asistentes en la investigación.
** Profesora en la Pontificia Universidade Católica do Rio de Janeiro y directora del Instituto Direito e
Sociedade.
1 El volumen organizado por Sarat y Scheingold intenta responder a preguntas semejantes a las de la citada investigación, a partir del análisis de diferentes experiencias (1998: 4).
2 Maurice Cain tiene razón cuando llama la atención sobre la importancia de que se estudien los abo-gados no sólo desde el punto de vista del capital, sino a partir de la percepción de los sectores menos
privilegiados (
underprivilegied segment
) (1994: 16).
EL OTRO DERECHO, número 26-27. Abril de 2002. ILSA, Bogotá D.C., Colombia
194 Pluralismo jurídico y alternatividad judicial
das por distintas y muchas veces antagónicas concepciones sobre estrate-gias y objetivos de la actividad profesional. Una de las tendencias de la abogacía, principalmente a partir de la segunda mitad de los años 80, está represen-tada por lo que se acordó denominar como abogacía popular, actividad que no es exclusiva del Brasil o de América Latina. Diferentes expresiones tales como cause lawyering, critical lawyering3, transformative lawyering, rebellious lawyering, lawyering for the good, social justice lawyering, public interest lawyering, activist lawyering, progressive lawyering, equal justice lawyering, radical interest lawyering, radical lawyering, lawyering for social change, socially conscious lawyering, lawyering for the underrepresented, lawyering for the subordinated, alternative lawyering, political lawyering, visionary lawyering4 son utilizadas en Estados Unidos para indicar esta abogacía popular que asume su carácter político y que está comprometida con valores ético-sociales. Sin embargo, la diferencia conceptual entre estas numerosas ex-presiones es tenue porque la definición de cada una de ellas no es rigurosa. Por ejemplo, Sarat y Scheingold (1998) afirman que es imposible la cons-trucción de una única definición del concepto cause lawyering –genérica-mente comprendido como la abogacía por una causa2 en oposición a la abogacía para clientes–, ya que la propia práctica depende de las condiciones con-cretas en que se desenvuelve. En otros términos, dicha abogacía está di-rectamente influida por el régimen político, por el sistema jurídico, por la tradición jurídica, por la relación con el orden profesional y por el proyecto de transformación social.
Existen algunos intentos para definir esas prácticas. Esta aboga-
cía, dirigida a los sectores bajos, enfatiza la transformación social a partir de una actividad profesional que humaniza al cliente, politiza la demanda jurídica, establece formas de colaboración entre el abogado y el cliente, crea estrategias de lucha y de resistencia y, además, anima a la organización colectiva de la clientela (Buchanan y Trubek, 1992). En Inglaterra, el radi-cal lawyer se define a partir de su
commitment to the ‘have-nots’ in society; a tendency to think in terms of the class struggle; (...) and acceptance of a relatively modest level of income from a practice financed lagerly by legal
3 Trubek y Kransberger (1998) utilizan el término para señalar una abogacía inspirada en la
feminist
jurisprudence
y en la
critical race jurisprudence
, teorías jurídicas norteamericanas que vuelven a
pensar los fundamentos del
critical legal studies movement
.
4 Esta relación es dada por Menkel-Meadow (1998: 33). La autora define
cause lawyering
como “any
activity that seeks to use law-related means or seeks to change law or regulations to achieve greater social justice - both for particular individuals (...) and for disadvanteged groups” (37) (“cualquier actividad que busque utilizar los medios relacionados con el derecho o que busque modificar el derecho para alcanzar una mayor justicia social, tanto para individuos particulares (…) como para grupos en desventaja”).
5 En esta definición de
cause lawyering
como la abogacía de una causa es posible incluir una abogacía
de derecha, fenómeno que viene creciendo en Estados Unidos (Sarat y Scheingold, 1998: 25).
EL OTRO DERECHO, número 26-27. Abril de 2002. ILSA, Bogotá D.C., Colombia
195
aid - or through redistribution of the returns of lucrative commercial law to ‘social conscience’ work6 (Scheingold, 1994: 265)7.
Sarat y Scheingold, conscientes de las trampas existentes en cual-
quier definición y principalmente en un libro que reúne diferentes expe-riencias de cause lawyering no sólo en Estados Unidos sino también en otros países, optan por dar únicamente algunos parámetros a partir de los cua-les se crea un continuun que va desde la abogacía dedicada a las cuestiones de impugnación y políticamente informadas y caracterizadas por un com-promiso con determinados ideales, hasta una abogacía que concreta de manera explícita su contribución a la redistribución del poder político y a la cons-trucción de una sociedad materialmente más igualitaria. Ese segundo mo-delo engloba tanto las prácticas fundadas en la defensa marxista de transformación de la macropolítica como las prácticas informadas por una visión posestructuralista que aboga por la transformación social en los microespacios del poder (1998: 7 y 9)8, incluso en las oficinas de la aboga-cía que, desde una perspectiva humanística, deben cuestionar la estructu-ra organizadora de las oficinas tradicionales (Trubek y Kransberger, 1998)9.
A medida que el lector profundice en el perfil de los abogados po-
pulares trazado aquí, podrá percibir que la abogacía popular en Brasil y en otros países latinoamericanos asume explícitamente un proyecto de trans-formación social que presupone la utilización no sólo de los instrumentos clásicos de defensa de los derechos –o sea del propio orden jurídico– sino también de mecanismos más claramente politizados a través de la asocia-ción con movimientos sociales y organizaciones de base.
Perfil político
Sarat y Scheingold asocian cause lawyering con el régimen liberal que abre mayores oportunidades para que los abogados desarrollen una acción afirmativa (1998: 5). Aunque en el caso brasileño la aparición de una
6 “compromiso con los desposeídos de la sociedad; una tendencia de pensar en términos de lucha de clases; (...) y la aceptación de un relativo modesto nivel de renta, financiado en gran parte por los programas de ayuda jurídica o por la redistribución de las rentas de una abogacía comercial lucra-tiva para un trabajo de ‘conciencia social’”.
7 Sin embargo, los
radical lawyers
ingleses están vinculados al Estado, al contrario de lo que ocurre
en Brasil donde la propia categoría, así como las organizaciones no gubernamentales, nació contra el Estado (Moura, 1992).
8 De acuerdo con Sarat y Scheingold la opción por esta perspectiva posestructuralista sería una res-puesta a los vacíos creados por la derrota de la ideología marxista en los últimos años (y, en conse-
cuencia, de su proyecto de transformación social) que viene obligando a los
cause lawyers
a reducir
sus expectativas, trabajando más en una estrategia defensiva, o a luchar por frustradoras estrate-gias transformadoras (1998: 9).
9 Esta tendencia se manifiesta sobre todo en las oficinas formadas exclusivamente por mujeres, como pudieron comprobar Trubek y Kransberger en la investigación que realizaron (1998).
Los abogados populares: en busca de una identidad
EL OTRO DERECHO, número 26-27. Abril de 2002. ILSA, Bogotá D.C., Colombia
196 Pluralismo jurídico y alternatividad judicial
abogacía
...