Los Contratos edición
xavierperalta007Tutorial14 de Diciembre de 2013
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Índices
Introducción………………………………………….…..1
Los Contratos edición……………………………...…..2,3,4,5,6,7,8
Reproducción……………………………………………8,9,10,11,12,13,14,14,15
Representación…………………………………………15
Franquicia…………………………………………..........15,16
Derecho de distribución………………………………16
Registro de derecho de autor e industrial…………16
Retransmisión…………………………………………...17
Conclusión……………………………………………….18
Introducción
Al estudiar este tema sobre los contratos vamos a conocer los siguientes contratos Los Contratos, edición, reproducción, representación, franquicia, derecho de distribución, registro de derecho de autor e industrial, retransmisión además conoceremos la gran importancia y utilidad, en tal virtud podemos ver las siguientes definiciones de cada uno de ellas.
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Los Contratos, edición, reproducción, representación, franquicia, derecho de distribución, registro de derecho de autor e industrial, retransmisión.
Contratos de edición I
Modelo de escritos Contrato de Edición
CONTRATO DE EDICION
Entre la empresa. . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio social en la calle . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . de la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , representada en este acto por el señor. . . . . . . . . . . . . . . en su carácter de . . . . . . . . . . . . . . . de la misma, quien se identifica y acredita identidad con . . . . . . . . . . . . . . . , por una parte, llamado en adelante "el editor" y por la otra el señor domiciliado en la calle . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . de la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . quien se identifica con . . . . . N° . . . . . . . . . . , en adelante llamado "el autor" convienen en celebrar el presente contrato de edición, conforme a las siguientes cláusulas y condiciones : - - - - -
PRIMERO: El autor cede y transfiere al editor el derecho exclusivo para la edición, publicación y venta en el país de su obra titulada . . . . . . . . . . . . . . . en idioma castellano, cuyos originales se entregan en este acto sirviendo el presente del más válido y suficiente recibo, debiendo ser dicha obra editada con el sello de la editorial. - - - - -
SEGUNDO: El editor pagará al autor el . . . . . % del precio de tapa del libro a editarse sobre la venta total que realice, debiendo dicho pago efectuarse de la siguiente forma: El . . . . . % al mes de encontrarse la obra a la venta y el saldo del . . . . . % a los 120 días del pago inicial. - - - - -
TERCERO: El editor realizará una tirada de . . . . . ejemplares en esta edición, no pudiendo realizar ninguna otra sin autorización previa del autor. - - - - -
CUARTO: El plazo de este contrato se fija en . . . . . años, a partir de la fecha de su firma. - - - - -
QUINTO: El editor entregará al autor . . . . . ejemplares de la obra sin cargo y destinará . . . . . ejemplares a los efectos de propaganda y beneficencia a bibliotecas, por los que el autor no percibirá derecho alguno. - - - - -
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SEXTO: El editor deberá depositar la suma que prevee la ley 11.723 responsabilizándose de ello ante el autor. Asimismo el sellado de ley del presente contrato será a cargo exclusivo del editor, como condición esencial para su existencia. - - - - -
SEPTIMO: El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente autoriza a la parte afectada por el incumplimiento a rescindir de puro derecho y con el mero vencimiento del plazo, el contrato, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna. - - - - -
OCTAVO: El autor faculta al editor para perseguir incluso judicialmente a quienes realicen ediciones fraudulentas o plagien la obra objeto de este contrato. - - - - -
En la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , a los . . . . . días del mes de . . . . . . . . . . . . . . . de 19 . . . , en prueba de conformidad, se firman . . . . . ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. - - - - -
FIRMAS
CONTRATOS DE EDICIÓN I (entre el autor y una editorial, no ediciones por encargo)
El autor cede al editor el derecho de reproducir su obra y de distribuirla a cambio de una compensación económica. Por su lado, el editor se compromete a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo.
CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO: El contrato de edición debe formalizarse por escrito y expresar estos mínimos requisitos:
* Si la cesión del autor al editor tiene carácter exclusivo.
* Su ámbito territorial.
* El número máximo y mínimo de ejemplares que alcanzará la edición o cada una de las ediciones que se convengan.
* La forma de distribución de los ejemplares y los que se reserven al autor, a la crítica y a la promoción de la obra.
* La remuneración del autor.
* El plazo de la puesta en circulación de los ejemplares de la única o primera edición, que no podrá exceder de dos años a partir de la entrega del manuscrito al editor.
* El plazo en que el autor deberá entregar el original de su obra al editor.
EDICIÓN EN FORMA DE LIBRO: En caso de que la edición se haga en forma de libro, a las condiciones del contrato anterior se habrán de añadir otros tres requisitos formales:
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* La lengua o lenguas en que ha de publicarse la obra.
* El anticipo que la editorial entregará al escritor a cuenta de sus derechos de autor.
* La modalidad o modalidades de edición y, en su caso, la colección de la que formará parte.
NULIDAD: Será nulo el contrato no formalizado por escrito y el que omita el número de ejemplares y la remuneración del autor. En caso de incumplimiento, los afectados tendrán que llegar a un acuerdo para subsanar la falta y, como último recurso, decidirá el Juez.
OBLIGACIONES DEL EDITOR: Con la firma del contrato, el editor asume las siguientes responsabilidades:
* Reproducir la obra en la forma convenida, sin introducir ninguna modificación que el autor no haya consentido.
* Someter las pruebas de tirada al autor, salvo que se haya pactado lo contrario.
* Distribuir la obra en el plazo y las condiciones acordadas.
* Asegurar la explotación continua de la obra y su difusión comercial conforme a los usos habituales en el sector profesional de la edición.
* Pagar al autor la remuneración estipulada. Cuando ésta sea proporcional, por lo menos una vez al año tiene que entregarle la liquidación que le corresponda, además de darle cuenta de las ventas. Asimismo, tiene que dar al autor anualmente un certificado en el que se determinen los datos relativos a la fabricación, distribución y existencias de ejemplares. Y, si el autor lo solicita, el editor está obligado a presentarle los respectivos justificantes.
* Restituir al autor el original de la obra objeto de la edición, una vez acabada la impresión y tirada de la edición.
OBLIGACIONES DEL AUTOR: Con la firma del contrato el autor asume las siguientes responsabilidades:
* Entregar al editor la obra preparada para la reproducción dentro del plazo establecido.
* Responder ante el editor de la autoría y la originalidad de la obra y del ejercicio pacífico de los derechos que le ceda.
* Corregir las pruebas de la tirada, salvo que se haya pactado no hacerlo.
MODIFICACIONES EN EL CONTENIDO DE LA OBRA:
Durante el periodo de corrección de pruebas el autor puede hacer en su obra todas las modificaciones que estime oportunas, siempre que no alteren su carácter y finalidad, y que no eleven demasiado el coste de la edición. 4
En cualquier caso, el contrato de edición podrá prever un porcentaje máximo de correcciones sobre el contenido.
DERECHOS DE AUTOR EN CASO DE VENTA EN SALDO:
El editor no podrá, sin contar con el consentimiento del autor, poner en venta de saldo la edición hasta que no pasen dos años desde su puesta en circulación. Pasado ese plazo, si el editor decide vender como saldo los libros que le queden, tendrá que notificarlo al escritor, que puede optar por adquirir los libros ejerciendo un tanteo sobre el precio de saldo o en caso de remuneración proporcional, percibir el 10 por ciento de lo que facture por su obra el editor. Para ejercer su derecho tiene un plazo de 30 días desde la notificación.
DERECHO DE AUTOR EN CASO DE DESTRUCCIÓN DE LA EDICIÓN:
Si el editor decide destruir los libros que le queden, pasados dos años desde su puesta en circulación, está obligado a notificárselo al autor y, en el plazo de 30 días, éste tiene derecho a exigir al editor que le entregue gratuitamente todos o parte de los ejemplares,
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