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Los Derecos Individuales


Enviado por   •  2 de Agosto de 2013  •  1.253 Palabras (6 Páginas)  •  185 Visitas

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Antes de hacer la investigación debo comenzar exponiendo que se entiende por Derechos Individuales: son garantías constitucionales que se conceden a favor de todos los habitantes del Estado. Estas garantías deben cumplirse y respetarse y no se puede privar al individuo de las mismas, que no pueden ser restringidos por los gobernantes, siendo por tanto inalienables, inmanentes e imprescriptibles, salvo en casos excepcionales, y con arreglo a ley expresa. Permite disponer de la propia persona según los dictados o inclinaciones de nuestra voluntad o naturaleza, a cubierto de presiones, amenazas, coacciones y de todo otro influjo que violente la espontánea decisión del individuo. Constitucionalmente se traduce en las garantías sobre detención, juzgamiento y sentencia, sobre todos del acusado y defensa en juicio. Ejemplo: el derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad ante la ley, al trabajo, a la libertad de pensamiento, de expresión, de reunión, de asociación, de circulación, de defensa en juicio, entre otros.

En el preámbulo de la CRBV se asegura el respeto de los derechos fundamentales como la vida, el trabajo, la cultura, la educación, la justicia social y la igualdad. De conformidad igualmente con lo establecido en el Capítulo III, referente a los derechos civiles. El Derecho a la libertas en todos los ámbitos, es un derecho humano fundamental, solo antecedido por el derecho a la vida, pero insustituible en la vida digna de las personas, e inseparable de esta. En base a esto hablaremos de los Derechos a:

Investigar los siguientes puntos:

1.-Delitos Contra las Libertades Políticas:

1.-La libertad política: es la capacidad de escoger y abrazar, por uno mismo, los bienes que le atañen. Es política cuando el Estado la protege como derecho de los ciudadanos a decidir sobre sus vidas, la libertad política da al hombre el derecho de pensar, el derecho de emitir su pensamiento, el derecho de reunirse, el derecho de ejercer el oficio, profesión o industria que le acomode, el derecho de transitar libremente por el territorio nacional, y entre otros muchos derechos y prerrogativas tiene el derecho de votar y ser votado para los cargos públicos de elección popular, nos permiten opinar sobre lo que queramos mientras no violemos la libertad de otros, sirve para proteger al ciudadano libre dentro del marco de la ley a ser sometido a la opresión, son otorgados o reconocidos por las Constituciones u otras disposiciones fundamentales de los Estados en relación con las funciones públicas o con las actividades que se ejercitan fuera de la esfera privada. Son inherentes a la calidad de ciudadano. Suelen negárseles a los extranjeros aunque se les reconozcan los individuales.

En consecuencia los Delitos Contra las Libertades Políticas, son aquellos que limitan la Libertad de obrar o de querer, entendiendo la Libertad de obrar: como la que le permite a una persona realizar sus acciones y llevarlas adelante sin que éstas se vean obstaculizadas (detención ilegal, secuestro y amenazas) y la Libertad de querer: como aquella que permite a un individuo decidir sobre sus acciones presentes o futuras, sin que su voluntad esté determinada por el querer de otros sujetos o fuerzas extrañas a su voluntad (las coacciones).…

Cuáles son los derechos Políticos protegidos en el código penal y especificado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En nuestra CBRV están consagrados en el la sección primera del capítulo IV de Título I de la Constitución establece los derechos políticos de los ciudadanos, los cuales son, fundamentalmente:

.- El derecho a participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes

.- El derecho al sufragio mediante votaciones libres, universales, secretas y directas, el cual tiene como consecuencia lógica el derecho a que sea respetada la decisión popular

.- El derecho a la rendición de cuentas públicas de los representantes políticos

.- El derecho a asociarse con fines políticos

.- El derecho a manifestarse pacíficamente y sin armas

.- El derecho de asilo

.- El derecho a ejercer los medios de participación en lo político, los cuales son: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad.

Además de ello, entendiendo a la libertad política como la forma de ejercer la libertad a lo externo, la Constitución brinda resguardo a los siguientes derechos políticos, entre otros:

.- Derecho a una nacionalidad y ciudadanía

.- Derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación

.- Derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salvo que su práctica afecte su personalidad o constituya delito

.- Derecho de asociarse con fines lícitos, no necesariamente políticos

.- Derecho al trabajo y a la estabilidad en el mismo

.- Derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales así como a afiliarse a ellas

.- Derecho a la huelga

En el código penal desde el art 173 hasta el 193, sanciona todos los delitos que no reconozcan los derechos individuales reconocidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Delitos Contra las Libertades de Culto.

La expresión de libertad de cultos, se refiere al derecho natural y fundamental del hombre de elegir voluntariamente la religión o culto que quiera profesar y practicarla públicamente.

En nuestra constitución en su Artículo 59, garantiza la libertad de religión y de culto y les otorga el derecho a manifestar sus creencias en privado o en público, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público, sin más limitaciones que las derivadas de esta Constitución y la ley. Por su parte el código penal, en su capítulo II referente a la Libertad de cultos sanciona la ofensa, el impedimento, la perturbación el ejercicio de este derecho consagrado, será sancionado de acuerdo a lo establecido en esa ley.

Daños a Monumentos Funerarios:

El daño a monumentos funerarios es el perjuicio o menoscabo que le hacen a un bien patrimonial que se constituye en una obra que cualquier ciudadano puede erigir para honrar a un difunto y que por diferentes razones, otra persona daña a veces hasta por motivos inconcebibles, pero que si leemos el Artículo 55 de la CBRV que establece: “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes”. (subrayado nuestro) y el Artículo 140 esjusdem. que contempla: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la administración pública”.

Y como todos sabemos el mantenimiento y resguardo de los cementerios le corresponde al estado. En concordancia con el Art. 170 del C.P. referente a la libertad de culto, sanciona este tipo de delito.

Profanación de Cadáveres. Es la falta del respeto debido a la memoria de los difuntos, entendiéndose como tal delito el que profane un cadáver o sus cenizas, con ánimo de ultraje, destrucción, alteración, sustracción o dañar, urnas, lapidas o nichos. El Art. 170 del C.P. referente a la libertad de culto, sanciona este tipo de delito

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