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MATERIA: DERECHO JURISPRUDENCIAL


Enviado por   •  15 de Agosto de 2017  •  Trabajos  •  848 Palabras (4 Páginas)  •  158 Visitas

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ESCUELA MAESTRO ISAAC OCHOTERENA

“COLEGIO HOLANDÉS”

SUÁREZ CARRILLO BERENICE AURORA

TRABAJO FINAL

MATERIA: DERECHO JURISPRUDENCIAL

En el siguiente trabajo hablaré  acerca del fundamento legal que tiene el siguiente caso:

“UN MÉDICO CONTRATÓ A UN ABOGADO PORQUE SU PACIENTE TIENE SIDA, Y CONTRATA SUS SERVICIOS PARA SABER SI PUEDE REVELAR SU ENFERMEDAD O NO. EL PACIENTE TIENE ESPOSA Y ELLA NO LO SABE.”

Para comenzar, en mi opinión el médico no puede revelar la enfermedad de su paciente, porque estaría violentando su secreto de médico, además de que incurriría en un delito que se llama secreto profesional tipificado en el artículo 210°, 211° y 211°BIS del Código Penal Federal, los cuales citan lo siguiente:

“Artículo 210.- Se impondrán de treinta a doscientas jornadas de trabajo en favor de la comunidad, al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada que conoce o ha recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto.

Artículo 211.- La sanción será de uno a cinco años, multa de cincuenta a quinientos pesos y suspensión de profesión en su caso, de dos meses a un año, cuando la revelación punible sea hecha por persona que presta servicios profesionales o técnicos o por funcionario o empleado público o cuando el secreto revelado o publicado sea de carácter industrial.

Artículo 211 Bis.- A quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le aplicarán sanciones de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.”

Además, se le estaría violentando al paciente el derecho a la protección de datos personales del mismo.

En caso de que el médico revelara la enfermedad del paciente, el paciente lo puede hacer valer en la vía penal por el delito que se estaría cometiendo en éste caso de secreto profesional, o también por otra parte que sería en la vía Civil; demandando Daño Moral, argumentando que le ha causado  daños psicológicos porque podría sufrir de discriminación.

Cabe mencionar que esto sería en el caso del médico, ahora bien, en el caso del paciente:

Recordemos que el SIDA (síndrome de inmunodeficiencia adquirida) es el estado avanzado de la enfermedad producida por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH).

Este virus destruye de manera progresiva el sistema inmune de la persona que lo padece.

Una persona infectada por el VIH se denomina seropositiva (VIH positiva) cuando el virus se encuentra en su organismo pero no presenta síntomas manifiestos; y desarrolla un cuadro de sida cuando el recuento de linfocitos T4 es menos de 200 células por mililitro cúbico de sangre (el recuento normal de una persona sana varía entre 500–1500 células por mililitro cúbico) y presenta manifestaciones clínicas de la enfermedad.

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