ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MEDIOS PROBTORIOS

karina baltazarTarea23 de Mayo de 2017

1.096 Palabras (5 Páginas)215 Visitas

Página 1 de 5

MEDIOS PROBATORIOS

  1. Concepto.- Al respecto el Diccionario de Real Academia[1] señala que la prueba es una razón, argumento, instrumento u otro medio con que se pretende mostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo. Entonces debemos aceptar que en todo caso la prueba desde un punto de vista lógica no es más que demostrar o probar la verdad de una proposición.

De tal modo de lo mencionado anteriormente se puede deducir que la prueba en su sentido más amplio puede ser entendida como aquel medio útil para dar a conocer algún hecho y a través de la prueba se puede adquirir conocimiento de la realidad de los hechos, sin embargo, la prueba judicial es la confrontación de la versión de cada parte procesal con los medios probatorios que sirve para sostener una determinada pretensión, y durante el desarrollo del proceso el Juez trata de reconstruir los hechos, valiéndose de los datos que aquellos medios probatorios ofrecen. Por su parte la Asociación Peruana de Investigación de Ciencias Jurídicas preceptúa como “un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en los actos postulatorios al proceso. Desde el punto de vista jurídico, prueba es un medio de averiguación y de comprobación”[2]. Entonces la APICJ nos da entender que la prueba es un medio técnico jurídico de comprobación judicial que las partes procesales sostienen en la postulación de un determinado petitorio en el libre ejercicio de su derecho constitucional de Tutela Jurisdiccional Efectiva, creando convicción al Juzgador acerca de los hechos discutidos y discutibles, cuyo esclarecimiento resulta necesario para la resolución del conflicto sometido a proceso, ello en estricto cumplimiento y ajuste a los principios procesales establecidos en nuestro ordenamiento jurídico.

En el derecho procesal los medios de prueba son también denominados medios probatorios y generalmente se les confunde con la prueba, con respecto a esta duda la prueba es un medio útil de averiguación y de comprobación, esto es un aspecto general, mientras tanto medio probatorio ya son instrumentos permitidos por la Ley que acreditan los hechos expuestos por las partes ante un sujeto cognoscente que es el Juez.

Entonces se tiene que los medios de prueba son los instrumentos con los cuales se pretende generar convicción al juzgador sobre los hechos objeto de prueba. Estos instrumentos pueden consistir en objetos materiales, documentos, fotografías, etc., o en conductas humanas realizada bajo ciertas condiciones, declaraciones de partes, declaraciones de testigos, dictámenes periciales, inspecciones judiciales, etc.

Cuando el medio de prueba consiste en una conducta humana es preciso no confundir a ésta con el sujeto que la realiza y conviene distinguir con claridad entre la persona como sujeto de prueba y su conducta como medio de prueba. Así, por ejemplo, los testigos y los peritos son sujetos de prueba en tanto que son personas que realizan determinadas conductas tales como formular declaraciones o dictámenes tendientes o lograr convencer al Juzgador sobre los hechos discutidos en el proceso, pero los medios de pruebe no son tales personas, sino sus declaraciones o sus dictámenes, en conclusión se tiene que los medios probatorios nos son subjetivos ni abstractos, entendiendo que el medio de prueba no es la persona, sino su testimonio.

Para finalizar por su parte Marianella Ledesma Narváez señala que los medios de prueba “son instrumentos necesarios que deben utilizar los sujetos procesales para servirse de estas en el proceso; por ejemplo, las huellas dactilares que se descubren en la pericia, para acreditar quien cometió el delito”[3].

  1. Finalidad.- Según Falcón señala “La verdad Jurídica será la certeza a la que llegue el juez respecto de la prueba, al sopesar los distintos elementos y darles mayor valor a uno que a otros, u siempre observando las reglas y principios procesales para llegar a esas conclusiones , sin abandonar las reglas científicas que son la base y el apoyo general de la prueba[4] de este fragmento se puede deducir que la finalidad de la prueba es en este caso darle valor a aquellos elementos que pudieran en un caso concreto acreditar la veracidad o esclarecer un hecho o pretensión por medio de la valoración que el juez tuviera sobre ellos; en tal caso la finalidad de la prueba es convencer al juez para que este llegado el caso pueda formar una teoría más clara sobre los sucesos ocurridos y llegue a una decisión justa y certera.

Cabe precisar que los medios probatorios se vinculan con El Principio de la Verdad Procesal quien surge del proceso y más concretamente la certeza que el funcionario jurisdiccional adquiere de los medios probatorios allegados y sobre la cual adopta su decisión. Es factible que la certeza subjetiva no concuerde con la verdad real, vale decir la conformidad con los hechos y el conocimiento que se tiene de ellos, por cuanto los medios probatorios no siempre logren establecerla, sin embargo, es la que impera.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (7 Kb) pdf (141 Kb) docx (15 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com