MINERIA EN LA ECONOMIA NACIONAL.
slaxlrose27 de Julio de 2011
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MINERIA.
Tiene fundamento en el art. 27 constitucional que señala que corresponde a la nacion el dominio directo de todos los recursos naturales de l plataforma continental y de todos los minerales y sustancias que en betas mantas o yacimientos constituyan depositos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos. Tambien el parrafo 7 señala que los casos a los que se refiere lo parrafos siguientes dice que el dominio es inalienabley la explotacion y aprovechamiento de recursos que se trata por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas no podra realizarse si no mediante concesion otorgada por el ejecutivo federal.
Hay dos aspectos fundamentales:
Primero se desprende que la nacion tiene dominio directo propiedad absoluta y perfecta sobre minerales hubicados en territorio nacional.
En segundo lugar la explotacion de estos yacimientos por particulares solo se podra efectuar mediante el otorgamiento de dicha concesion por parte del estado isma que no otorga a los particulares ningun derecho real sobre los yacimientos si no que solo les otorga un derecho personal frente al estado y que es oponible a terceros.
Tambien os yaimientos minerales ubicados en la zona economica exclusiva tambien el estado tiene un dominio absoluto y puede legislar sobre los yacimientos ahí ubicados.
Ley minera
Publicada el 6 de junio de 1992. Esta ley regula la exploracion explotacion y beneficio de los minerales que en betas mantos masas o yacimientos constituyan depositos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos.
La exploracio explotacion y beneficio de los minerales quedan sujetas a esta ley minera se eceptuar de lo dispuesto de esta ley los hidrocarburos y minerales radioactivos.
eL Ejecutivo federal ES LA AUTORIDAD EN ESTA MATERIA Y TIENE las siguientes atribuciones:
1.- Regular y promover la exploracion y explotacion al igual que el aprovechamiento racional y preservación de los recursos minerales de la nacion. Su autoridad es la secretaria de economia.
2.-Someter a la consideración del ejecutivo federal los proyectos de decreto para determinar las concesiones en materia minera asi como lo relativo a la incorporación o desincorporacion de zonas de reservas mineras.
3.- Expedir titulos de concesion y designacion minera l igual que resolver sobre su nulidad o cancelacion o la suspensión e insubsistencia de los derechos que se deriven de las mismas.
4.- Integrar el expediente y resolver en los terminos de la presente ley sobre solicitudes de expropiación ocupación temporal o constitución de sevidumbre de terrenos indidspensables para llevr a cabo la exploracion, explotacion y beneficio de minerales o sustancias sujetas a la aplicación de esta ley.
5.- Resolver sore las controversias que se suciten con respecto a la negativa de las personas que soliciten la concesion minera.
6.- Resolver los recursos que se interpongan conforme a lo previsto en esta ley.
La exploracion se refire a aquellos trabajos realizados en un terreno para identificar y cuantificar y evaluar las reservas de yacimientos mineros del subsuelo.
L a explotacion son los trabajos destinados l reparacion del deposito mineral para extraer los depositos minerales existentes en el misamo.
El beneficio son los trabajos de preparación, fundicion de primera mano y refinación de recursos minerales con el proposito de recuperar los mineraes o sustancias, elevar l al concentración y pureza de sus contenidos.
De acuerdo al art 10de la ley la concesión minera podra otorgrse a las sigs personas:
1.- personas fisicas de nacionalidad mexicana
2.- ejidos y comunidades agririas.
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