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Materia: Aspectos Eticolegales - LICENCIATURA EN ENFERMERIA

Julia_NS17 de Mayo de 2015

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Actividad:

1. a) Mala Praxis: es el mal ejercicio en la práctica profesional. Es un término empleado para indicar una mala gestión "por acción o por omisión "en la prescripción de medicación o en una manipulación en el cuerpo de un paciente. Se puede tener responsabilidad civil y penal.

Caso 1

CONDENAN A ENFERMERA

MARPLATENSE POR MALA PRAXIS

16 JUN2011

El Juzgado en lo Correccional N° 5 de Mar del Plata condenó a una enfermera a dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la profesión por cuatro años por aplicar en forma errónea una inyección a un adolescente a la que le debieron amputar un brazo, informaron fuentes judiciales.

La medida fue adoptada por el Juzgado en lo Correccional Nro.5 de Mar del Plata, que condenó a la mujer por el delito de "lesiones culposas".

Durante el juicio oral quedó demostrado que en diciembre de 2007 la enfermera, que trabajaba en un hospital privado, aplicó indebidamente un medicamento que derivó en la amputación del brazo derecho de un adolescente, dado que su vida corría peligro.

La Fiscalía General informó a Télam que "la enfermera inyectó por vía endovenosa una variedad del ibuprofeno, cuya aplicación en sangre está expresamente contraindicada, sin respetar las normas establecidas para su administración segura, además de haber desoído las claras e inequívocas señales de dolor del adolescente".

Esta inyección "le produjo una isquemia arterial (taponamiento de la arteria) con riesgo de vida y la posterior amputación del brazo fue directa consecuencia de la aplicación del medicamento sin haber respetado la enfermera las normas que rigen en el ámbito de su incumbencia profesional", agregó el informe.

El juez en lo Correccional, Leonardo Celsi, impuso a la mujer, además de la pena y la inhabilitación, la obligación de mantener domicilio en la ciudad y someterse al cuidado del Patronato de Liberados, aunque rechazó la aplicación de una multa, tal lo había solicitado el fiscal Pablo Cistoldi.

Respuestas sobre 1º Caso

1.b) En este caso la enfermera realiza una Mala Praxis con una conducta culpable. La Figura Legal es Culpa por Negligencia.

2. en el 1º caso interviene:

 Juez Penal en lo Correccional

 Fiscal Publico

 Defensor Público (pudo intervenir ya que no se menciona al Defensor).

Caso 2º

Muere por mala praxis el bebé de una madre con Gripe A

El personal de enfermería a su cargo confundió la vía de administración de una fórmula láctea específica para niños prematuros y se la introdujo en vena en lugar de por vía nasogástrica. Rayan tenía dos semanas de vida y nació antes de que su mamá muriera por el virus.

Martes, 14 de julio de 2009

La muerte de un bebé prematuro que nació hace dos semanas antes de que su madre muriera por gripe A en España causó conmoción dado que podría haber sobrevivido, pero una "gravísima negligencia" de una enfermera terminó por costarle la vida.

El hospital madrileño donde estaba internado Rayan asumió el error, al que calificó de "terrorífico" y separó de sus funciones al personal involucrado en el hecho, mientras el padre del bebé, que iba a hacer la demanda por la muerte de su esposa, Dalilah Mimouni, y esperaba la evolución de su hijo, recibió anoche la trágica noticia.

Rayan, que había nacido el 29 de junio y evolucionaba satisfactoriamente, murió anteanoche, cuando una enfermera le administró por vía intravenosa el alimento que debía ser introducido por sonda nasogástrica, anunció ayer el director del Hospital Gregorio Marañón.

La enfermera "ha confundido la vía de administración de una fórmula láctea específica para niños prematuros y la ha introducido en vena, cuando debía ir por la vía nasogástrica", explicó a la prensa Antonio Barba Ruiz de Gauna, que gerencia el hospital ubicado en la capital española.

Mohamed, de 21 años, se enteró de la muerte de su hijo mientras viajaba y cuando sólo habían pasado dos semanas de la de su esposa, de 20 años, con quien había contraído matrimonio hacía un año y medio atrás.

La pareja se conoció en la ciudad marroquí de Mdiq, donde vivía Dalilah y allí iba a pasar los veranos Mohamed, de nacionalidad española pero de origen marroquí. Según publicó el diario El País la muerte de la joven le quitó a su marido las "ganas de vivir", aunque hace dos semanas el joven manifestó su deseo de seguir adelante por su hijo.

"Era lo que su madre hubiera querido y yo no le podía fallar", había declarado Mohamed. Dalilah, que competía en 1.500 metros vallas y había participado ya en campeonatos internacionales, se fue a vivir a España, cuando se casó con Mohamed.

"Me han quitado la vida. Una parte importantísima de la vida. Todo lo que tenía era ella", manifestó el joven cuando murió su esposa, poco después del nacimiento por cesárea de Rayan.

Por su parte, la ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, dijo entonces que "el embarazo pudo provocar un cuadro clínico de mayor gravedad y que, al ser asmática, esos factores habrían podido contribuir al lamentable desenlace", sin embargo, la familia negó que Dalilah padeciese asma.

En ese momento, Mohamed anunció que denunciaría al hospital porque según el joven Dalilah pasó cuatro veces por urgencias con fiebre y dolores y hasta la última, no le hicieron la prueba de gripe A.

El 6 de julio pasado, la viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid, Ana Sánchez, había difundido oficialmente que "el bebé de 28 semanas hijo de Dalila Mimouni, la primera fallecida por la nueva gripe en España, no tenía la enfermedad que acabó con la vida de su madre".

Pero un gravísimo error en la atención del bebé, que respondía positivamente a los cuidados intensivos, terminó con su vida.

El caso de Dalilah "se podría discutir", indicó el gerente del hospital, "pero en éste (de Rayan), no hay ninguna excusa". Según los expertos, "el aspecto del líquido es parecido, pero los diferentes tipos de alimentación están marcados y separados claramente, precisamente para impedir casos como éste".

Consternado, Ruiz de Gauna definió el episodio como "una gravísima negligencia que no tiene excusa". Medios españoles publicaron hoy que la enfermera que cometió el error trabajaba el domingo por primera vez en la unidad infantil de cuidados intensivos, si bien tenía experiencia en otras áreas, informó la agencia alemana Dpa.

Un auxiliar la supervisaba, pero se ausentó y fue entonces cuando la enfermera introdujo la leche en el torrente sanguíneo, lo que provocó un colapso en el organismo del pequeño Rayan.

La enfermera y el auxiliar fueron apartados del servicio y lo sucedido se puso en conocimiento de un juez mientras la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid abrió una investigación.

Entretanto, fuentes del hospital denunciaron que la negligencia que se cobró la vida del pequeño se debe a la falta de personal y planificación del centro. Pero sea cual sea la causa, lo ocurrido ha sobrecogido a todos.

"Ha sido uno de los peores momentos de mi vida profesional", dijo apesadumbrado Barba Ruiz de Gauna.

"El hospital asume toda la responsabilidad posible tanto humana como patrimonial, aunque sabemos que cosas como ésta no se pueden reparar", dijo el gerente del hospital.

Respuestas sobre Caso 2

1. b) En el 2º caso volvemos a ver una Enfermera que realiza una Mala Praxis con una conducta culpable. Le cabe la Figura Legal de Culpa por Negligencia (como se menciona en el relato).

2. En respuesta a la 2º pregunta, si el Sistema Judicial es similar al de nuestro país intervienen:

 Juez Penal

 Juez en lo Civil y Comercial

 Fiscalía Oficial

 Asesor de Incapaces

 Defensores Oficiales

Caso 3º

En Buenos Aires, a 19 días del mes de marzo del año 2013, hallándose reunidos los señores Jueces integrantes de la Sala "H" de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, a los efectos de dictar sentencia en los autos: "R., R. E. c/ Centro de Educación Médica e investigaciones Clínicas y otros; s/ Ordinario. Daños y Perjuicios derivados de una mala praxis médica" y habiendo acordado seguir en la deliberación y voto el orden de sorteo de estudio, la Dra. Abreut de Begher dijo: I- Vienen los autos a este Tribunal con motivo del recurso de apelación concedido libremente que fue interpuesto por el actor contra la sentencia de fs.543/555 que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivados de una mala praxis médica por la suma de $ 321.000 contra el CEMIC y el galeno R. S.. Expresó agravios el accionante a fs. 608/614, los que fueron contestados a fs. 622/630 por el sanatorio accionado y a fs.632/635 por la aseguradora SMG Cía. Argentina de Seguros S.A. a- En su pieza recursiva el actor pidió la revocación del decisorio de grado e imposición de costas, con sustento en varios argumentos.

Dijo que el Juez no relacionó toda la prueba colectada en autos; que no tuvo en consideración la impugnación de la pericia médica; y que prescindió tener en cuenta los actos médicos omitidos, en especial la "maniobra del gomero", específica para el acto quirúrgico llevado a cabo el 6 de junio de 2005 de enterolisis, e imprescindible para poder ver la posible lesión del intestino.

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