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Minutas Notariado


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2018  •  Tutoriales  •  522 Palabras (3 Páginas)  •  70 Visitas

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NUMERO UNO (01).- En la ciudad de Guatemala, el doce (12) de septiembre del año dos mil dieciocho, ante mí, CLAUDIA STEPHANIA MORALES NATARENO, Notaria, comparecen, por una parte, el señor DAVID ALEJANDRO GARCÍA BETETA,  de treinta años de edad, casado, guatemalteco, Comerciante, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación –DPI- código único de identificación número  Dos mil ochocientos cuarenta, Once mil novecientos noventa y uno, cero uno cero uno ( 2840 11991  0101), extendido en el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala (en adelante también llamado el MANDANTE); y por la otra parte el señor JAVIER ISAAC POLANCO VALENZUELA, de treinta y dos años de edad, casado, guatemalteco, Comerciante, de este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación –DPI- código único de identificación número cinco mil cinco, treinta mil cien, cero ciento uno (5005 30100 0101), extendido en el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala (en adelante también llamado el MANDATARIO). Yo la Notario hago constar: a) Que tuve a la vista los documentos de identificación relacionados, b) Que los comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal indicados, hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y declaran que por este acto otorgan MANDATO GENERAL, contenido en las cláusulas siguientes:

PRIMERA: DEL MANDATO. Manifiesta, el señor DAVID ALEJANDRO GARCÍA BETETA, que por el presente acto otorga Mandato General, amplio y extenso en cuanto en derecho fuere necesario, a favor del Señor JAVIER ISAAC POLANCO VALENZUELA, para que lo represente en toda clase de asuntos extrajudiciales privados, civiles, mercantiles, laborales, administrativos, o de cualquier otra índole, en que tenga o pudiera tener interés.

SEGUNDA: DEL PLAZO DEL MANDATO. Manifiesta el señor David Alejandro García Beteta, que el presente mandato tiene un plazo de diez (10) años, contados a partir de la firma de la presente escritura; pero que no obstante el mismo podrá ser revocado en cualquier momento que así lo dispone el mandante, debiendo notificarle por escrito a su mandatario, la fecha y hora de la revocación, para que ésta surta sus efectos. TERCERA: OTRAS CONDICIONES. Por su parte el señor DAVID ALEJANDRO GARCÍA BETETA manifiesta que es su voluntad expresa que el mandatario aquí constituido no encuentre obstáculo o limitación alguna en el ejercicio legítimo del mismo y asimismo, declara que el mandatario acá constituido no podrá sustituir el mandato que aquí se le otorga, a menos que cuenten con previa autorización expresa y por escrito de su mandante.  

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