Modelos De Demandas
fabome8 de Noviembre de 2012
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1- ADMISIÓN DE DEMANDA
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO
Valledupar, seis (06) de Diciembre de dos mil diez (2010)
Asunto: Proceso Ordinario (Pertenencia)
Dte: ALCIRA CLARO DE MANZANO
Ddo: MARTIN CLARO MOYA, NERY ALFONSO CLARO CASTILLA e ILBA ROSA CLARO CASTILLA herederos del señor REINEL CLARO IBAÑEZ y Personas Indeterminadas
Radicación No 2010 – 00651
Admítase la demanda de pertenencia de Prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, instaurada por la señora ALCIRA CLARO DE MANZANO contra MARTIN CLARO MOYA, NERY ALFONSO CLARO CASTILLA e ILBA ROSA CLARO CASTILLA herederos del señor REINEL CLARO IBAÑEZ y Personas Indeterminadas.
Para la notificación de este auto a los demandados, por secretaria envíese la comunicación con los requisitos mencionados en el artículo 315 del C. de P. C. En este caso, el término para comparecer al juzgado a recibir notificación, serán de cinco (5) días a la fecha de la entrega de la comunicación en el lugar de destino.
Conforme al artículo 407 Ibidem, ordenase el emplazamiento a las personas indeterminadas, que se crean con derecho en el inmueble objeto del proceso. Háganse las publicaciones de ley.
Inscríbase la demanda en el folio de Matricula Inmobiliaria No 190-44148 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Valledupar.
Reconózcase al doctor JULIO CESAR JIMÉNEZ CORREA, como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos y para los efectos anotados en el poder presentado.
Notifíquese y Cúmplase
El Juez
2- AUTO DE PRUEBAS
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTION.
CARRERA 16 CON CALLE 16 ESQUINA EDIFICIO NUEVA EPS- PISO 3.
VALLEDUPAR-CESAR
Valledupar Julio Diecisiete (17) de Dos Mil Doce (2012).
Asunto: Proceso Ordinario de Pertenencia por Prescripción Ordinaria de Dominio.
Actor: TOMASA PERTUZ DE LA ROSA.
Demandados: FIDUCIARIA DE CREDITO S. A. y OTROS.
Radicación N° 20-001-31-03-004 -2011 -0055.
Pedidas en tiempo, previa citación de las partes decrétense las siguientes pruebas:
PRUEBAS PARTE DEMANDANTE.-
1.- Téngase como pruebas todos y cada uno los documentos allegados con el escrito de demanda.
2.- Practíquese con intervención de perito, la Inspección Judicial que se solicita en el capítulo de pruebas de la parte demandante a fin de constatar los puntos que allí se relacionan.
Nombrase perito al señor MARTIN ALBERTO AVILA REALES. Comuníquesele la designación en la forma prevista en los artículos 9º y 9 A numeral 2 del C. de P.C., modificado por la Ley 794 de 2003, artículo 3º . Si acepta désele posesión en los términos de ley.
Para llevar a cabo la referida diligencia se señala la hora de las 8:00 .m. del Veintitrés (23) de Agosto de dos mil doce (2012).
2. Decrétense los testimonios de los señores: MONICA DEL CARMEN LOPERENA RUEDA, MARGELIS ELENA FUENTES QUIROZ, CESAR ESPARRAGOZA CAMARGO, LUZ ELVIRA QUINTERO y ALIS BERMUDES, quienes declararan sobre los hechos que aquí se controvierten dentro de la misma diligencia de inspección judicial. Cíteseles.
PRUEBAS PARTE DEMANDADA.-
1.- Téngase como pruebas todos y cada uno los documentos allegados en la contestación de demanda.
2. Decrétense los testimonios de los señores: LUÍS CESAR DÍAZ ROMERO, NICANOR MACHADO, JAIME RIVERA Y JOSÉ JAIME RIVERA OLIVERA, quienes declararan sobre los hechos que aquí se controvierten, para la recepción de los mismos se señala la hora de las 2:30, 3:30, 4:30 y 5:00 P. M., del día veintitrés (23) de agosto de 2012, respectivamente. Cíteseles.
Para la práctica de las pruebas aquí decretadas señalase el término de cuarenta (40) días.
Notifíquese y Cúmplase.
LA JUEZA,
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTION.
CARRERA 16 CON CALLE 16 ESQUINA EDIFICIO NUEVA EPS- PISO 3.
VALLEDUPAR-CESAR.
RADICADO 20- 001-31-03-005-2011 – 00394
3- DILIGENCIA DE INSPECCION JUDICIAL
En Valledupar a los trece (13) días de Abril de dos mil Doce (2012), siendo la hora de las Nueve de la mañana (09:00 am), fecha y hora previamente señalada, por auto anterior, se dispone el despacho a asistir a la diligencia de Inspección Judicial decretada en el proceso ORDINARIO DE PERTENENCIA Radicado bajo el número 2011-00394, seguido por SARA CRISTINA LOPEZ ESCOBAR contra EMILIANO ESQUIVEL ROBLES y personas indeterminadas. La señora Jueza en asocio de su secretaria, se constituyó en audiencia pública, y en virtud de la misma, fue nombrada como secretaria Ad-Hoc, para los efectos de surtir la diligencia, la Doctora LILIANA DE JESÚS FELIZZOLA CASTILLA, escribiente del Juzgado. Se presentó al despacho el doctor MAYNER ANDRES JOIRO DIAZ, identificado con C. C. 77.090.95 y TP. No 187724 del C. S. de la J., apoderado de la parte demandante. Acto seguido se procedió a darle posesión al perito, señor EMIGDIO ENRIQUE ALMENAREZ VILLAREAL, identificado con la CC No 77024459 , quien bajo la gravedad del juramento prometió cumplir bien y fielmente con los deberes de su cargo, y manifestó que tiene los conocimientos necesarios para rendir el Llegado allí fue atendido por la señora ADA BERENICE DANGOND ACEVEDO, identificada con C. C. Nº 49.788.178 de Valledupar, Cesar, quien después de enterada del objeto de la diligencia, manifestó que se encuentra en el inmueble en calidad de arrendataria y que la persona que le arrendó es SARA CRISTINA LOPEZ ESCOBAR, quien también se encuentra presente en sitio de la diligencia, seguidamente puso a disposición del despacho el predio. En esta etapa de la diligencia hace uso de la palabra el señor juez, quien a continuación describe el inmueble: se trata de Vivienda Unifamiliar - casa de habitación ubicada en la Carrera 25 A No 35 – 33 del barrio antes El Prado ahora barrio las Manuelitas de Valledupar, Cesar, con una extensión superficiaria aproximada de ciento doscientos noventa y uno con cinco (291,5), metros cuadrados, se encuentra alinderado actualmente de la siguiente manera: NORTE: Carrera 25 A en medio y con Miguel Núñez; SUR: Con Juana Mercado Novoa; ESTE: Con Marlene Maga y al OESTE: Con Aracelis Trillos. Seguidamente la señora Jueza hizo el recorrido por el inmueble antes relacionado, estableciéndose que en el mismo se encuentran construida en cimentación ciclópea, con relleno seleccionado, piso en plantilla en concreto con superficie en baldosa de granito fundido y pulido en una parte que corresponde a la Sala Comedor y Cocina, y en otra parte con superficie esmaltada color gris en las demás dependencias de la vivienda, muros levantados en ladrillo, pañetados y pintados cubierta en laminas onduladas de asbesto cemento con estructura de madera a dos aguas, en el acceso de la vivienda y parte de la sala se fundió en placa aligerada debidamente impermealizada y entucada; los baños se observaron enchapados en piso y pared con sus respectivos aparatos sanitarios al igual que la cocina, ventanería puerta de acceso y portón material metálico, al igual que la puerta de salida al patio y las ventanas de los cuartos. Con relación a la distribución de la vivienda se observó que cuenta con un salón que comprende Sala Comedor, Cocina, Garaje, Alcoba con baño principal, baño social, dos habitaciones o Alcobas adicionales, zona de labores, patio y terraza. La vía sobre la cual se ubica la vivienda se observó pavimentada con sus respectivos bordillos y andenes. En este estado de la diligencia la Señora Jueza requiere al perito para que este rinda su dicho, quien solicita un término de cinco (05) días hábiles para absolver los puntos solicitados en el acápite de pruebas de la demanda, petición a la que el Despacho accede. No siendo otro el objeto de la presente diligencia, se da por terminada y se firma como aparece, por quienes en ella intervinieron.
JUEZA:
Quien nos atendió: ADA BERENICE DANGOND ACEVEDO Y
SARA CRISTINA LOPEZ ESCOBAR,
El perito: EMIGDIO ENRIQUE ALMENAREZ VILLAREAL
Apoderado de la Demandante: Dr. MAYNER ANDRES JOIRO DIAZ
Secretaria Ad Hoc: LILIANA FELIZZOLA CASTILLA
4- DILIGENCIA DE TESTIMONIOS
En Valledupar, a los Veintiséis (26) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008), siendo la hora de las cuatro de la tarde, fecha y hora previamente señalada, para llevar a cabo la presente diligencia, compareció al Juzgado Primero Civil del Circuito de Valledupar la señora CARMEN ELENA CASTRO DE CARO, quien se identificó con la c.c. No. 49.731.708, con el fin de rendir una declaración Dentro del proceso ORDINARIO Radicación: 2008-00110 seguido por EUTIMIO DE ALBA GOMEZ contra HEREDEROS DE MARIA GUTIERREZ DE ALBA, se hizo presente el abogado PEDRO NEL MARTINEZ PUMAREJO, quien presentó su T.P. 28.274 del CSJ, apoderado judicial de la parte demandante. La señora jueza, en asocio de su secretaria se constituyó en Audiencia Pública y
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