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NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA: UNA APROXIMACIÓN HISTÓRICO


Enviado por   •  22 de Enero de 2012  •  1.540 Palabras (7 Páginas)  •  655 Visitas

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I. NECESIDAD JURÍDICO-FUNCIONAL DE LOS CONCEPTOS DE NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA

1. El análisis de la relación existente hoy en día entre dos instituciones jurídicas como la nacionalidad y la ciudadanía exige historiografiar ambos conceptos -y no tanto las expresiones lingüísticas que los designan, no siempre coincidentes con un solo significado- [1] a la luz de la función jurídica que los mismos puedan haber desempeñado hasta su plena integración y democratización en el Estado constitucional, obviando otras perspectivas del análisis por importantes que puedan ser. Para ello, se abordarán las expresiones en las que se plasman los conceptos de nacionalidad y ciudadanía (lenguaje objeto) con un marco lingüístico-conceptual (metalenguaje) [2] que los ponga en contacto a través de su función jurídica, con independencia de que el sistema jurídico aún no estuviese suficientemente diferenciado. Y se hará tanto en Esta breve explicación metodológica resulta especialmente importante para entender por qué en la actualidad los conceptos se corresponden, por lo menos en algunos ordenamientos jurídicos como el nuestro, con dos expresiones lingüísticas diferenciadas, lo que no ha sido siempre así, desde un punto de vista histórico, y explica la confusión terminológica que aún persiste en otros sistemas jurídicos. Así, mientras en algunos ordenamientos como el alemán y el español es más común manejar el término nacionalidad (Staatsangehörigkeit) y que el de ciudadanía (Staatsbürgerschaft) no aparezca o lo haga de una forma parcialmente sinónima, en otros por el contrario, como el francés, el italiano, el inglés o el norteamericano, la tendencia es justamente la opuesta a precluir el término nationality/nationalite/nazionalitá y a que el término citoyennete/cittadinanza/citizenship absorba el significado de ambas categorías.

2. Antes de aproximarnos a la historia jurídico-funcional de ambos institutos es necesario, con carácter previo, fundamentar su necesidad jurídica. Sin duda que para realizar este análisis se ha de partir de unos conceptos previos de lo que puedan ser una y otra, que nos permitan reconstruir analítica y críticamente tanto las diversas concepciones que se ha tenido de ellas a lo largo de la historia, como después, a la luz de un concepto constitucionalmente adecuado, el tratamiento normativo que tienen en los textos constitucionales contemporáneos, y en particular en nuestra Constitución de 1978. Pero no es menos cierto que también es necesario, como parte del proceso discursivo de reconstrucción teórico-funcional de ambas categorías, plantearse la posibilidad de su inexistencia en el sistema jurídico. En este sentido, ya Hans Kelsen [3], desde una concepción espacio-temporalmente unitaria del derecho, llegó a la conclusión de que el ordenamiento jurídico constituye una unidad (preferentemente a partir de la supremacía del derecho internacional), y se construye únicamente a partir de súbditos por lo que, en pura teoría, no necesitaría ni nacionales ni ciudadanos. Desde esta perspectiva, la nacionalidad y la ciudadanía serían institutos jurídicos meramente contingentes, y su presencia en el ordenamiento jurídico dependería exclusivamente de la voluntad del legislador. En el caso de la nacionalidad su existencia dependerá de que la unidad del ordenamiento no se construya sobre la base del derecho internacional, sino sobre la base del derecho constitucional de cada Estado que delimita su ámbito personal de aplicación permanente en atención a sus previsiones de eficacia general; mientras que, por su parte, la existencia de la ciudadanía dependerá de que cada concreto ordenamiento estatal reconozca un cierto acervo participativo en el ejercicio del poder político a todos o a parte de sus súbditos. Ciertamente, la progresiva unificación de los ordenamientos territoriales tiende a restar funcionalidad a las categorías de la nacionalidad y la ciudadanía, que sólo tiene sentido en relación con un Estado soberano, dueño de la competencia sobre las competencias. En efecto, los procesos de integración política supraestatal tienden a restar trascendencia jurídico-constitucional a la nacionalidad y la ciudadanía estatal previas, que, como consecuencia del proceso de asimilación e igualación en derechos y deberes, derivado de la integración política y la creación de una nacionalidad o ciudadanía superior (federal), quedan reducidas a meras diferenciaciones administrativas sin mayor trascendencia sobre el destino de la comunidad política supraestatal. Si el fenómeno se extendiese hasta la creación de una gran federación planetaria, un gran Estado mundial que poseyese la competencia de las competencias y sobre cuyas normas supremas descansase la validez del resto de subordenamientos estatales, la nacionalidad y la ciudadanía de cada Estado perderían su importancia jurídica por su desvinculación de una soberanía democrática que ahora residiría en esa gran federación y por tanto, pasaría a ser definible solo a través del ejercicio de los derechos que componen esa ciudadanía cosmopolita.

3. Con todo, la insuperable dificultad, aun

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