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NIC 28 – INVERSIONES EN ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS


Enviado por   •  4 de Marzo de 2015  •  Tesis  •  1.314 Palabras (6 Páginas)  •  670 Visitas

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NIC 28 – INVERSIONES EN ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS

INTRODUCCION

La Norma Internacional de Contabilidad 28 Inversiones en Asociadas (NIC 28)

sustituye a la NIC 28 Contabilización de las Inversiones en Asociadas (revisada

en 2000) y se aplicará en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada. La Norma también reemplaza a las siguientes Interpretaciones:

• SIC-3 Eliminación de Pérdidas y Ganancias no Realizadas en Transacciones

con Asociadas.

• SIC-20 Método de la Participación—Reconocimiento de Pérdidas.

• SIC-33 Consolidación y Método de la Participación—Derechos de Voto

Potenciales y Distribución de Participaciones en la Propiedad.

Esta Norma Internacional de Contabilidad fue aprobada originalmente en 1988 y entró en vigor el 1 de enero de 1990. En el año 1994 se procedió a reordenar los párrafos para conseguir una presentación uniforme con el resto de las Normas Internacionales de Contabilidad. En julio de 1998 se dio una nueva redacción a los párrafos 23 y 24, que entraron en vigor el 1 de julio de 1999.

La NIC 28 fue aprobada por el Consejo del IASC en noviembre de 1988.

En noviembre de 1994, el texto de la NIC 28 fue reordenado para ser presentado en el formato revisado adoptado para las Normas Internacionales de Contabilidad en 1991 (NIC 28 (reordenada en 1994)). No se introdujeron cambios sustanciales respecto al texto original aprobado. Se adaptó la terminología para ponerla al día con las prácticas actuales del IASC.

En julio de 1998, los párrafos 23 y 24 de la NIC 28 (reordenada en 1994) fueron revisados para darles una redacción acorde con la NIC 36, Deterioro del Valor de los Activos.

El texto revisado, esto es la NIC 28 (revisada en 1998) entró en vigor en la misma fecha de vigencia de la NIC 36, esto es, para los estados financieros que cubrían periodos cuyo comienzo fuera en o después del 1 de julio de 1999, salvo cuando la NIC 36 se hubiere aplicado en algún periodo anterior.

En diciembre de 1998, la NIC 39, Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, modificó los párrafos 7, 12 y 14 de la NIC 28. En las citadas modificaciones se cambiaron las referencias a la NIC 25, Contabilización de las Inversiones, por otras a la NIC 39.

Se ha emitido una Interpretación SIC que tiene relación con la NIC 28, se trata de la:

• SIC-3: Eliminación de Pérdidas y Ganancias no Realizadas en Transacciones con Asociadas.

La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de las explicaciones y guías relativas a su aplicación, así como en consonancia con el Prólogo a las Normas Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las Normas Internacionales de Contabilidad sean de aplicación en el caso de partidas no significativas (véase el párrafo 12 del Prólogo).

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad ha desarrollado esta NIC 28 revisada como parte de su Proyecto de Mejoras a las Normas Internacionales de Contabilidad, que se emprendió con motivo de las preguntas y críticas recibidas, relativas a las Normas, que procedían de supervisores de valores, profesionales de la contabilidad y otros interesados. Los objetivos del Proyecto consistieron en reducir o eliminar alternativas, redundancias y conflictos entre las Normas, así como resolver ciertos problemas de convergencia y realizar otras mejoras adicionales.

IN3 En el caso concreto de la NIC 28, el objetivo principal del Consejo fue la reducción de alternativas en la aplicación del método de la participación y en la contabilización de las inversiones en asociadas en los estados financieros separados. El Consejo no reconsideró el enfoque fundamental para la contabilización de las inversiones en asociadas utilizando el método de la participación, tal como fue establecido en la versión previa de la NIC 28.

OBJETIVO

El objetivo de esta Norma es prescribir la contabilidad de las inversiones en asociadas y establecer los requerimientos para la aplicación del método de la participación al contabilizar las inversiones en asociadas y negocios conjuntos.

ALCANCE

Esta Norma se aplicará a todas las entidades que sean inversores con control conjunto de una participada o tengan influencia significativa sobre ésta.

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