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Normas Covenin


Enviado por   •  3 de Marzo de 2013  •  2.458 Palabras (10 Páginas)  •  1.331 Visitas

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NORMA COVENIN 2030 – 87 Tabulador de servicios para la categoría de los establecimientos. Tipo Hotel de turismo

Caracas 2013

INTRODUCCIÓN

Las normas COVENIN cuyas siglas significan: Comisión Venezolana de Normas Industriales, forman parte en algunos casos de la gestión de Seguridad y Salud Laboral de la empresa en nuestro país, y es de gran importancia tener conocimiento de cuáles son las que les competen a las unidades administrativas de Seguridad Industrial o de Seguridad y Salud Laboral

El instrumento legal en el cual se establecen las disposiciones relativas a las empresas de alojamiento turístico ha utilizado una combinación de normas Legales y normas Técnicas en el sentido de que las primeras establezcan el marco legal general, utilizando como referencia técnica la presente norma Venezolana COVENIN.

Esta combinación constituye un positivo avance regulador como ordenamiento técnico jurídico a las empresas de alojamiento turístico, ya que permite brindar por una parte al usuario, seguridad en cuanto a las satisfacciones de sus necesidades de alojamiento y servicios propios a esta actividad. Por otra parte, establece la seguridad jurídica necesaria para el inversionista, promotor y hotelero en relación a los cálculos de inversión para la orientación del proyecto.

Normas COVENIN 2030-87

A los efectos de esta Norma, se define como:

EMPRESA DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO

Es todo aquel establecimiento que presta al público, un servicio para hospedarse en forma temporal, que funcione en un edificación construida o acondicionada para tal fin, ocupando la totalidad del inmueble o parte del mismo, conformando sus dependencias un todo unitario, sin mezcla de otros usos no cónsonos con su naturaleza.

MODALIDAD DEL ESTABLECIMIENTO

Al conjunto de características arquitectónicas, de instalaciones equipo y de servicio, que debe reunir un establecimiento de alojamiento turístico, a fin de determinar la imagen de venta al público.

HABITACION SENCILLA Es aquella dotada de una sola cama individual y que pueda permitir la incorporación de una cama adicional individual.

HABITACION DOBLE Es aquella dotada de dos camas individuales o una cama matrimonial y que pueda permitir la incorporación de una cama adicional individual.

HABITACION COLECTIVA O COMUN Es aquella dotada de un mínimo de tres camas y un máximo de seis camas individuales.

HABITACION SUITE Es aquella que consta, por lo menos, de dos áreas claramente diferenciadas: una habitacional doble y una zona social (estar) equipada para alojar dos personas adicionales en dos camas individuales o una matrimonial, con una sola puerta de acceso desde el pasillo principal

DIA HOTELERO Lapso comprendido entre las tres de la tarde (03 pm.) de un día y las tres de la tarde (03 pm.) del día siguiente

RANGO DE PRECIO Son los valores comprendidos entre el mínimo y el máximo inclusive a que estarán sujetos los establecimientos de alojamiento turístico en el país.

AREA BRUTA DE CONSTRUCCION POR HABITACION (AB) Es la que comprende la sumatoria de las áreas habitacionales, de servicio, administrativas, sociales y otras, que se exigen en los índices arquitectónicos por categoría.

INDICE DE UBICACIÓN (IU) Es aquel representado por el valor diferencial de la inversión total por habitación en las distintas regiones del país, tomando en consideración la inversión realizada, la ubicación geográfica, el tipo y la categoría

PRECIO MAXIMO (P. MAX.) Es el precio máximo a cobrar por los servicios de alojamiento prestados por la empresa.

PRECIO MINIMO (P. MIN.) Es el precio mínimo a cobrar por los servicios de alojamiento prestados por la empresa

TAMAÑO DEL RANGO (TR) Es la diferencia entre el precio mínimo y el máximo establecido y que será del 40 por 100.

INDICE DE RENDIMIENTO (IR) Es el rendimiento de la inversión total por habitación, tomando en consideración el gasto operativo, de tal manera que los valores fijados como rango permitan una adecuada y razonable rentabilidad para la recuperación de la inversión.

TIPO DE ESTABLECIMIENTO

De acuerdo a los diferentes tipos de establecimientos de alojamiento turístico, se definen de la siguiente manera:

Hotel (H)

Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en habitaciones con servicio sanitario privado, ofreciendo al huésped servicios básicos y complementarios, según su categoría y modalidad; siendo su tarifa de alojamiento diaria por tipo de habitación y número de ocupantes.

Hotel Residencia (HR)

Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en apartamentos o cabañas, ofreciendo al huésped un mínimo de servicios básicos y complementarios según su categoría y modalidad; siendo sus tarifas de alojamiento diarias y especiales para estancias prolongadas, no inferiores a un mes, por tipo de apartamento o cabaña y número de ocupantes.

Motel (M)

Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de alojamiento en habitaciones con servicio sanitario privado, ofreciendo al huésped servicios básicos y complementarios según su categoría y modalidad. Ubicados generalmente en las proximidades de las vías automotoras, fuera de las zonas urbanas, con estacionamiento contiguo o próximo a las unidades habitacionales y cuya disposición de planta física permita a los huéspedes el acceso individual, principal y directo a sus habitaciones, desde el área de estacionamiento; Siendo sus tarifas de alojamiento diario por tipo de habitación y número de ocupantes.

Pensión (Pe)

Aquel establecimiento que presta en forma permanente

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