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OBLIGACIÓN (ARTÍCULO Y FRACCIÓN) VÍNCULO JURÍDICO PERSONAS DETERMINADAS PRESTACIÓN O ACCIÓN


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2014  •  730 Palabras (3 Páginas)  •  194 Visitas

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OBLIGACIÓN (ARTÍCULO Y FRACCIÓN) VÍNCULO JURÍDICO PERSONAS DETERMINADAS PRESTACIÓN O ACCIÓN

Preservación del lugar de los hechos

ARTICULO 40

Garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Y ARTICULO 41

Remitir a la instancia que corresponda la información recopilada, en el cumplimiento de sus misiones y desempeño de actividades, para su análisis y registro Se vincula los encargados de hacer cumplir la ley como son corporaciones de seguridad publica coadyuvando con la investigación de los hechos del probable ilícito La sociedad considerada como acreedora y la policía, ministerio público y peritos como deudores La preservación y recopilación de evidencias llamadas indicios encontradas en el lugar donde se sucinto el posible ilícito

Deberes con el superior inmediato

Artículo 40, Fracción XVI informar al superior jerárquico de manera inmediata, las omisiones actos indebidos o constitutivos de delito.

Artículo 41, Fracción VI, obedecer las órdenes de los superiores jerárquicos o de quienes ejerzan sobre él funcionario de mando y cumplir con todas sus obligaciones, realizándolas conforme al derecho.

Los integrantes de las corporaciones de seguridad pública con respecto al interior de las instituciones de administración de justicia para que se respeten las líneas de autoridad y prevalezca una buena comunicación para el buen desempeño de sus funciones Acreedor

Los ciudadanos que presuman de ser vulnerables en un indebido servicio como consecuencia de una mala comunicación de quienes se encargan de impartir justicia

Deudor

Todos los servidores públicos encargados de hacer cumplir la ley y preservar el bien social. Cumplir y saber acatar órdenes las cuales estén sobre un sustento jurídico y respeten las líneas de mando

Disciplina

Artículo 40, Fracción V, abstenerse en todo momento de infligir o tolerar actos de tortura, aun cuando se trata de una orden superior o se argumentas circunstancias especiales, al conocimiento de ello, lo denunciará inmediatamente ante la autoridad competente.

Fracción VI, observar un trato respetuoso con todas las personas, debiendo abstenerse de todo acto arbitrario y de limitar indebidamente las acciones o manifestaciones de sus derechos constitucionales.

Fracción XX, abstenerse de sustraer, ocultar, alterar o dañar información o bienes en perjuicio de las instituciones Los

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