ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Obligaciones Conjuntivas


Enviado por   •  12 de Julio de 2013  •  496 Palabras (2 Páginas)  •  681 Visitas

Página 1 de 2

Obligaciones conjuntivas

Implica pluralidad de objetos a los cuales se refiere (contenidos en) la prestación, y el deudor, para liberarse de la obligación (esto es, para satisfacer completamente la expectativa del acreedor) debe entregar todos los objetos a los cuales se refiere la obligación. Por ejemplo, tengo la obligación de entregar una mecedora, un sofá y un lámpara porque los he vendido por un precio determinado. Mi obligación no se extinguirá hasta que haya entregado todos los objetos contenidos en la prestación. El acreedor tiene el derecho de exigirme todos los objetos contenidos en la prestación. En la obligación conjuntiva (llamada también acumulativa) no hay facultad ninguna de elección. Debo tres objetos, debo entregarlos todos. Debo cinco objetos, debo entregarlos todos. La obligación conjuntiva se comporta exactamente igual que una obligación simple, salvo por el hecho de que la prestación este referida a dos o más objetos. De allí que nuestro código civil no contenga normal alguna que la regule.

Las obligaciones conjuntivas son aquellas que recaen sobre varios objetos y por lo tanto el deudor debe realizar acumulativamente varias prestaciones para liberarse. Por ejemplo: me obligo a pagar veinte mil pesos y entregar un vehículo. En estos casos el deudor debe cumplir ambas prestaciones para liberarse; se dice entonces que ambos objetos están in obligationem, porque el deudor se obliga a efectuar respecto de ellos determinada prestación, y también in solutionem porque para cumplir y quedar liberado, el deudor deberá ejecutar respecto de ellos toda la prestación respectiva; en el ejemplo propuesto, pagar la suma de dinero y entregar el vehículo. La conjugación copulativa y las caracteriza.

Obligaciones Conjuntivas: Es conjuntiva la obligación en que el deudor está obligado a prestar varios hechos o entregar varias cosas a la vez y no se liberta de su compromiso mientras no cumpla todas las conductas requeridas. Debe prestar todo un conjunto de comportamientos y por eso se llaman conjuntivas las obligaciones que tienen tal contenido. El código civil señala, en el artículo 1961 que: "El que se ha obligado a diversas cosas o hechos conjuntamente debe dar todas las primeras y prestar todos los segundos".

Clasificación: Las obligaciones conjuntivas pueden ser de contenido homogéneo o de contenido heterogéneo. Las primeras son aquellas en las cuales todas las prestaciones por cumplir son de la misma naturaleza: lo serán la entrega de varias cosas o la prestación de varios hechos o a observancia de varias abstenciones. Serán heterogéneas cuando el contenido de las diversas prestaciones sea de distinta cualidad: el deudor se obliga a entregar una cosa y a prestar un hecho, o a observar una abstención y entregar una cosa...

Cumplimiento de la Obligación conjuntiva: El deudor no queda libertado de su obligación

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.1 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com