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OBLIGACION


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2011  •  2.327 Palabras (10 Páginas)  •  532 Visitas

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OBLIGACION

El termino obligación fue acuñado por los romanos para denotar precisamente este tipo de obligaciones que tenían esencialmente una prestación de carácter patrimonial (aunque los romanos no advirtieron explícitamente este carácter patrimonial). La vulgarización del mismo, aun dentro del ámbito jurídico, es lo que ha hecho que el nombre Derecho de Obligaciones no denote por sí mismo preciso significado.

Modernamente, y con mucha razón, se ha descubierto que el término obligación (a los efectos del Derecho de Obligaciones) no denota el fenómeno completo, sino que hace alusión a la obligación desde el punto de vista del deudor, olvidando que el acreedor también juega un papel importante en la dinámica de la misma. De ahí que el término obligación (siempre a los efectos del Derecho de Obligaciones) ha sido sustituido modernamente por el término «relación obligatoria», para así incluir al acreedor y, de paso, asomar la idea de «relación jurídica». Por lo tanto, de ahora en adelante, hablaremos de «relación obligatoria» para denotar aquella especial relación jurídica mediante la cual un determinado sujeto (denominado «deudor») se encuentra obligado hacia otro sujeto (denominado «acreedor») a cumplir con una determinada prestación de carácter eminentemente patrimonial

Concepto:

La obligación es una relación jurídica entre 2 o más personas determinadas o indeterminadas, en virtud de la cual una de ellas llamada acreedor tiene la facultad de exigir a otra llamada deudor, y esta la necesidad de cumplir una prestación o una abstención, que puede ser de dar, de hacer, o no hacer, de valor económico o de valor moral.

Derecho de Obligaciones

Es una situación jurídica que se crea entre dos personas, llamadas deudor y acreedor, el cual está protegida por una norma jurídica.

Fuentes: Las fuentes principales de las obligaciones son los contratos, los cuasi contratos, los delitos, los cuasi delitos y la ley.

El contrato es la fuente más perfecta de las obligaciones porque supone la voluntad de contraerlas; el contrato es un convenio en virtud del cual se crea o se transmiten obligaciones y derechos.

El cuasi contrato, es un contrato que casi reúne los elementos característicos del contrato perfecto, en el cuasi contrato no existe total acuerdo de las voluntades para celebrarlo, pero en vista de haberse permitido tácitamente ciertos aspectos del mismo, se le considera como fuente de obligaciones.

El delito es fuente de obligaciones porque los hechos o actos que producen efectos jurídicos en Derecho penal también se desdoblan en una responsabilidad civil de que las víctimas pueden exigir como reparación del daño sufrido, no sólo al responsable del delito, sino también a un tercero.

El cuasi delito es un hecho ilícito que, cometido sin mala intención, causa perjuicio; por lo que necesariamente genera la obligación de repararlo con cargo al que lo ha cometido.

La ley es fuente de obligaciones en virtud de que establece los casos en que un sujeto se obliga precisamente por disposición de la misma.

Clasificación.

 Obligaciones civiles.

Estas obligaciones son aquellas que surgen de las relaciones privadas entre los ciudadanos. Ejemplo: el de acudir a los registros a manifestar la variación que opere en su estado civil.

 Obligaciones naturales.

Estas obligaciones son las que se tienen al nacer, por que imponen el orden de la naturaleza, normalmente estas obligaciones se refieren a los lazos que se establecen por el parentesco.

 Obligación condicional.

La obligación es pura cuando su cumplimiento no depende de condición alguna. La obligación es condicional cuando depende de un acontecimiento futuro o incierto, bien sea suspendiéndola hasta que éste exista o bien resolviéndola. En las obligaciones condicionales, la adquisición de los derechos, así como la resolución o pérdida de los ya adquiridos, dependerá del acontecimiento que constituya la condición. Para que exista una obligación condicional es esencial que al momento de contraerla no se tenga la seguridad definitiva que van a producirse los efectos obligacionales. La incertidumbre debe nacer de la voluntad específica de los interesados. La obligación condicional está sujeta a un suceso futuro e incierto, o a un suceso pasado que los interesados ignoren. La condición indica el suceso incierto del que se hacen depender los efectos de la obligación o la limitación puesta por el sujeto en su declaración de voluntad.

Clases de condiciones:

1. Condición suspensiva: es aquella que retarda la eficacia de la obligación contraída, suspende la adquisición de los derechos durante todo el tiempo que dure la incertidumbre hasta que ocurra si ocurre el acontecimiento

2. La condición resolutoria: es aquella que no impide la eficacia de la obligación, pues esta entra en vigor de inmediato, pero provocará, si se verifica, la resolución o pérdida de los derechos ya adquiridos.

3. Condiciones ilícitas o inmorales (imposibles): Son las condiciones contrarias a las buenas costumbres y las prohibidas por la ley. Tanto las ilícitas o inmorales como las imposibles se tendrán por no puestas si se trata de un testamento, o de una condición de no hacer.

4. Condiciones positivas y negativas: La condición es positiva cuando la eficacia de la obligación se vincula a que ocurra algún suceso (si apruebas la asignatura).Se considera negativa la condición de que no acontezca algún suceso (si no apruebas). Lo determinante es que la ocurrencia del evento altere (condición positiva) o mantenga el estado de cosas del que se parte.

5. Condiciones casuales, potestativas y mixtas: habrá condición casual cuando su realización depende de la casualidad, de la suerte o de la voluntad de un tercero. Es potestativa la que consiste en algo cuya realización dependa de la voluntad de uno de los interesados y mixtas dependen en parte de la voluntad del interesado y en parte del azar o de la voluntad de un tercero. Las condiciones potestativas se dividen en:

_Puramente potestativas: dependen de la exclusiva voluntad del deudor, acarrean la nulidad de la obligación, pues obligarse a voluntad equivale a no obligarse.

_Simplemente potestativas: también dependen de la voluntad del deudor pero se han de cumplir circunstancias.

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