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Organos De La Sociedad Anonima

karennzi5 de Enero de 2013

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Órgano de las sociedades mercantiles

Introduccion:

Como es sabido las personas morales cumplen con sus obligaciones ejecutan sus derechos atravesó de sus órganos de representación. Estos órganos se dividen en:

a. De decisión: Como la asamblea de socios.

b. De ejecución: Gerentes, administradores.

c. De vigilancia: Comisario, consejo de vigilancia.

Los órganos de la sociedad anónima

Como en toda sociedad mercantil la sociedad anónima actúa por medio de sus órganos que son la asamblea de accionistas, el comisario, el consejo de administración y administrador único.

ORGANO DE EJECUCIÓN.

ADMINSITRADOR UNICO O CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Ejecuta mandatos del consejo de accionistas

Puede ser socio ó persona ajena de la sociedad (Art. 142)

Sean uno o varios miembros los del consejo, son revocables y temporales

A partir de 2 o mas integrantes se convierte en consejo

Para funcionamiento legal, deben asistir a las sesiones mínimo la mitad de los integrantes

En caso de empate en alguna toma de decisión, voto del presidente será decisivo (Art. 143)

El consejo puede nombrar a un delegado para ejecutar actos concretos (Art. 148)

El consejo puede conferir poderes revocables en cualquier momento (Art. 149)

Estos poderes no restringen facultades al apoderado (Art. 150)

LOS ADMINISTRADORES SON RESPONSABLES DE:

Informar las aportaciones hechas por los socios

Existencia de dividendos pagados a accionistas

Existencia y regularidad de libros contables

Cumplimiento de acuerdos hechos por los accionistas.

(Art. 158 – Frac I, II, III, IV)

SOCIEDADES DE CREDITO (BANCOS)

Por tratarse de una sociedad que maneja cantidades muy fuertes de dinero, es forzoso crear un Consejo de Administradores y deben de ser personas que pertenezcan a la misma sociedad

Asamblea ordinaria.

La asamblea ordinaria debe celebrarse una vez al año dentro de los 4 meses que sigan a la clausura del ejercicio social.

En esta asamblea se tratan los temas de balance general, la designación de administradores y comisarios para determinar los emolumentos de unos y otros.

Sobre la antelación con que se debe realizar la convocatoria, es importante destacar que las accionistas ejercen durante los 15 días hábiles anteriores a la reunión su DERECHO DE INSPECCIONAR en el domicilio social los libros de la compañía y la información a tratar durante la asamblea que en términos generales serán los siguientes:

Verificación de quórum

Nombramiento del presidente y secretario de la asamblea

Información de los administradores

Informe del revisor fiscal

Estudio y consideración de los estados financieros de propósito general

Proyecto de distribución de utilidades

Elección del revisor fiscal y fijación de sus horarios.

ASAMBLEA CONSITUTIVA

La asamblea general constitutiva se encargara de:

Comprobar la existencia de la primera exhibición prevenida en el proyecto de estatutos.

Examinar el evaluó de los bienes aportados distintos del efectivo

Deliberar acerca de la participación en la utilidad de los fundadores

El nombramiento de los administradores

ASABLEA TOTALITARIA.

Aquella que puede reunirse sin previa convocatoria siendo las decisiones que se adoptan validas siempre y cuando se encuentre representada la totalidad de los socios.

Para lo cual es necesario presentar los siguientes documentos:

Informes de gestión.

Estado financiero de propósito general.

Proyecto de distribución de las utilidades repartibles.

Así como también presentar los siguientes estados financieros.

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