ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

PLACA UNICA NACIONAL DE RODAJE Y REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2014  •  3.615 Palabras (15 Páginas)  •  889 Visitas

Página 1 de 15

INDICE

DEDICATORIA

INTRODUCCIÓN

MARCO TEORICO

PLACA UNICA NACIONAL DE RODAJE Y REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO

1. DECRETO SUPREMO N° 007-2013-MTC

1.1. CLASIFICACIÓN DE LA PLACA ÚNICA NACIONAL DE RODAJE

1.2. PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE LA PLACA ÚNICA NACIONAL DE RODAJE

2. REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

FUENTES REFERENCIALES

ANEXOS

INTRODUCCION

La circulación vehicular y peatonal debe ser guiada y regulada a fin de que pueda llevarse a cabo en forma segura, fluida, ordenada y cómoda, para eso utilizamos los dispositivos de control de tránsito incluyendo en esto el reglamento nacional de tránsito. Estos dispositivos son marcas, señales u otros dispositivos colocados sobre la vía o adyacente a ella por una autoridad pública por medio del Manual de Señalización Vial.

Las señales deben cumplir ciertos requisitos; si son necesarias, visibles, llamarla atención, legibles, ubicación y la altura. Las placas son parte fundamental para un buen funcionamiento en el tránsito, ya que estas nos sirven como identificación para el vehículo, estas tienen características que hacen diferenciar para que servicio son los vehículos a los cuales pertenecen.

MARCO TEORICO

PLACA UNICA NACIONAL DE RODAJE Y REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO

PLACA UNICA NACIONAL DE RODAJE

1. DECRETO SUPREMO N° 007-2013-MTC

Decreto Supremo que incorpora las disposiciones al Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, a efectos de continuar con el proceso de cambio de placas dispuesto por el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC; resulta necesario establecer un cronograma para el cambio obligatorio de la placa única de rodaje de los vehículos que presten el servicio de transporte terrestre público de personas de los ámbitos regional y provincial, así como aquellos que presten servicio de transporte terrestre de mercancías;

DECRETA:

Artículo 3º.- Incorporación al Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC

Incorpórese el numeral 5 a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC, en los términos siguientes:

Segunda.- Cronograma del Proceso General Extraordinario de Cambio de Placas

Los vehículos que presten el servicio de transporte terrestre público de personas de los ámbitos regional y provincial, así como aquellos que presten servicio de transporte terrestre de mercancías, que aún no cuenten con el número de matrícula otorgado con arreglo al Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje y que todavía porten placas de rodaje antiguas, deberán realizar el cambio obligatorio de la nueva Placa Única Nacional de Rodaje, de acuerdo al siguiente cronograma:

Último Dígito de la Placa de Rodaje Antigua Periodo De Cambio De Placas

0 Agosto 2013

1 Septiembre 2013

2 Octubre 2013

3 Noviembre 2013

4 Diciembre 2013

5 Enero 2014

6 Febrero 2014

7 Marzo 2014

8 Abril 2014

9 Mayo 2014

Vencidas las fechas indicadas, el vehículo que no cuente con la nueva Placa Única Nacional de Rodaje, se considerará como un vehículo sin placa de acuerdo a lo señalado en el artículo 57 del presente Reglamento; y será sancionado con arreglo al Reglamento Nacional de Tránsito, debiendo además aplicarse las medidas preventivas previstas en el citado cuerpo normativo.

El Ministerio de Transportes por intermedio de la Entidad Concesionaria, difundirá a los usuarios la obligatoriedad del cumplimiento de la presente Disposición.

Nota: Los que ya tienen la nueva placa ya no requieren cambiarla

1.1. CLASIFICACIÓN DE LA PLACA ÚNICA NACIONAL DE RODAJE

Artículo 8°.- Clasificación

La Placa Única Nacional de Rodaje se clasifica en:

Placas ordinarias

Las placas ordinarias son las que identifican a los vehículos en general durante su circulación en las vías públicas terrestres. Comprende:

Placa para vehículos menores

a. Cuando en el presente Reglamento se mencione la palabra “Ley” se refiere a la Ley N°27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.

b. La mención al “Ministerio” está referida al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

c. La mención a la “DGTT”, está referida a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio.

d. La mención al Reglamento Nacional de Vehículos se

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (25.3 Kb)  
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com