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PLAN DE SEGURIDAD DE OBRA:”


Enviado por   •  13 de Mayo de 2016  •  Trabajos  •  17.797 Palabras (72 Páginas)  •  210 Visitas

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PLAN DE SEGURIDAD  

2015 – 2016

Propietario: Gobierno Regional la Libertad

Contratista:

Obra:

Trujillo – 08 Setiembre del 2,015

 

IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO:        PLAN DE SEGURIDAD

Revisión Núm. 1                                      Fecha edición: 08 de Setiembre del 2015

TÍTULO:        PLAN DE SEGURIDAD DE OBRA:”

ÍNDICE O CONTENIDO:

  1.  Introducción
  2.  Normatividad Utilizada
  3.  Características de la Obra
  4.  Descripción de los trabajos
  5.  Dotación de Medios
  6.  Capacitación y Entrenamiento
  7.  Análisis de Riesgos
  8.  Confección de AST
  9.  Formulación de PETS
  10. Control de Cumplimiento de la Normatividad
  11. Tratamiento de Emergencias
  12. Sistemas de Seguridad durante la construcción
  13. Programa de Medio Ambiente
  14. Anexos
  1. INTRODUCCIÓN
  1. OBJETO

Establecer las directrices respecto a la Prevención de Riesgos Laborales, de Enfermedades Profesionales, y de daños a terceros durante la ejecución de la obra: “Mejoramiento del Servicio Educativo de la I.E. N° 81608 San José – Distrito La Esperanza – Ptrovincia de Trujillo – Región La Libertad”.

Se trata de cumplir la Ley 29783 y su reglamento según el Decreto Supremo 006-2014 TR basados en las normas OHSAS 18001 y el reglamentp Nacional G-50 en la ejecución de la Obra, cuya dirección y coordinación la realiza SGA S.R.L, para brindar las directrices específicas en el campo de la prevención de riesgos laborales, facilitando su desarrollo bajo el control del Ingeniero Residente de Obra.

           1.2. FINALIDAD

  1. Concientizar al personal de la Constructora SGA S.R.L. y servicios de terceros durante la ejecución de la Obra, referidos a la Prevención de Riesgos laborales, Accidentes Ocupacionales y de Salud; coservando el ambiente durante el desarrollo de la actividades de obra.

  1. Aplicar acciones preventivas que permitan la protección de la salud e integridad física de los trabajadores mediante el cumplimiento de la normatividad.
  1. Conseguir la Prevención de Perdidas integral que afronte todos los riesgos profesionales y que desde una actitud pro-activa, vigile y controle el conjunto de factores que puedan afectar a la salud del trabajador, equipos, materiales de la Empresa y de terceros, promoviendo todas aquellas acciones que contribuyan a la mejora de las condiciones de trabajo, de la calidad y productividad.
  1. Establecer normas de actuación técnica basadas en el estudio de las características del trabajo a desarrollar, así como los riesgos derivados del entorno y del medio ambiente, encaminadas a minimizar los riesgos derivados de los trabajos que se están realizando y de las actuaciones humanas.

1.3.-  COMPROMISO CON LA POLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD.

Nuestro compromiso con el cumplimiento de los estándares de calidad, productividad, cuidado ambiental, seguridad y salud ocupacional, responsabilidad social de nuestros trabajadores, cumplien con todas las leyes, regulaciones y  normas aplicables a nuestra labor, relativas a la salud, higiene ocupacional y Prevención de  pérdidas. Contenidas en la Norma E 120, y la norma G 050, parte constructiva del REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES.

          1.4. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Su aplicación será obligatoria para todo el personal de SGA S.R.L, siguiendo el Procedimiento establecido.

        1.5.-VARIACIONES DEL PLAN

El presente Plan podrá ser  modificado en función del proceso de ejecución de los trabajos y de  las posibles incidencias que pudieran surgir a lo largo de la misma.

Las modificaciones aprobadas se incluirán en una nueva revisión del Plan, a  la que se dará la difusión necesaria, siendo a partir de ese momento, de obligado cumplimiento.

1.6.- INCUMPLIMIENTO DEL PLAN O DE LAS NORMAS DE SEGURIDAD

El carácter de las funciones del Plan, imponen una colaboración absoluta entre el personal directivo y los trabajadores en materia de prevención de accidentes, enfermedades profesionales y cuidado del Medio Ambiente

La infracción del Plan, Normas de Seguridad internas de la Empresa y las disposiciones legales aplicables en la materia pueden afectar disciplinariamente a cualquiera de los estamentos de la actividad laboral, la empresa, los cargos directivos y a los trabajadores.

1.7.-FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

Las atribuciones y responsabilidades en materia de Prevencion de Accidentes y Enfermedades Profesionales son:

1.7.1.- GERENTE GENERAL

1.7.2.- INGENIERO RESIDENTE DE OBRA

  1. Tiene la máxima responsabilidad y autoridad delegada en materia de Producción, Calidad y Seguridad, Protección del Medio Ambiente Higiene Ocupacional y Condiciones de Trabajo en función de sus competencias sobre el personal de la Línea Productiva sometido a su Obra.

  1. Asigna responsabilidades y autoridad delegada en materia de Prevención de Accidentes a los Mandos Intermedios del personal a su cargo.

  1. Pone los medios adecuados y cuantas medidas sean necesarias, para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
  1. Facilitará gratuitamente a los trabajadores los EPP, todos ellos certificados  y normalizados. Está dentro de su competencia asegurarse el acopio suficiente y suministro de estos materiales, así como el control documental de su entrega y seguimiento de su correcta utilización.
  1. Supervisa y colabora en el análisis y propuestas de solución de la investigación técnica de los accidentes ocurridos en su centro de trabajo, mediante el cumplimiento del documento establecido al efecto “Informe Técnico de Investigación de Accidentes / Incidentes” adoptando de inmediato las medidas correctoras que estén a su alcance.
  1. Divulga la política general de la empresa en materia de Prevención dentro de la Obra y vela por su cumplimiento, así como debe mantener unos niveles más altos en la relación Productividad-Condiciones de Trabajo.
  1. Es responsable del cumplimiento del  presente Plan de Seguridad de Obra, debidamente aprobado por la Autoridad competente.
  1. Debe informar e investigar técnicamente todos los accidentes, analizando y  aplicandob en forma inmediata las medidas correctivas necesarias para evitar su repetición.
  1. Tiene la facultad de prohibir o paralizar, de acuerdo al caso, los trabajos en que se advierta peligro inminente de accidentes, siempre que no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos.
  1. Al  inicio de los trabajos informará a todo el personal de los riesgos del trabajo, las medidas de prevención y protección y medidas de emergencia, propias de la Obra.
  1. Promocionará y facilitará la información necesaria en materia de prevención al personal a su cargo.
  1. Llevará a cabo la supervisión periódica del estado de salud de los trabajadores en función de los riesgos inherentes al trabajo, así como ejecutará una inspección semanal a todos los puntos de trabajo dirigida especificamente al cumplimiento estricto del  presente Plan.

1.7.3.- SUPERVISORES Y MANDOS INTERMEDIOS.

  1. Dependen del Ing, Residente de Obra.

  1. Son responsables de la Seguridad y condiciones de trabajo de su grupo de trabajadores. Tienen responsabilidad y autoridad delegada en materia preventiva y en función de sus atribuciones sobre el personal de la Empresa.

  1. Son responsables de la Seguridad del lugar de trabajo, orden y limpieza, iluminación, ventilación, manipulación y acopio de materiales, recepción, utilización y mantenimiento de equipos.
  1. Cuidarán de que se cumplan las normas relativas al uso de los EPP (Equipos de Protección Personal) y protecciones colectivas, así como el buen estado de éstas.
  1. Son responsables de que se presten con rapidez y adecuadamente los primeros auxilios a los accidentados.
  1. Deben informar a su superior jerárquico e investigar técnicamente todos los accidentes producidos en su área de responsabilidad, analizando las causas y proponiendo soluciones, mediante el documento establecido para tal efecto.
  1. Colaborarán con el Encargado de Prevención en cuanto a materias  que tengan competencia dentro de su área de responsabilidad.
  1. Cumplirán y harán cumplir a su personal, la normativa legal vigente en materia de Prevención ( Norma E 120 del Reglamento Nacional de Edificaciones) así como las normas de Seguridad de carácter interno de la Empresa  específicas para cada área de trabajo, fijadas por el presente  Plan de Seguridad de Obra
  1. Darán a conocer al personal a su cargo las directrices de prevención que sucesivamente adopte la Empresa, velando por su estricto cumplimiento.
  1. Procederán a una acción correctiva cuando observen métodos o condiciones de trabajo inseguros.
  1. Tienen la facultad y la obligación de prohibir o paralizar, en su caso, los trabajos en que se advierta peligro inminente de accidentes/incidentes, siempre que no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos.
  1. Realizarán diariamente la inspección de Seguridad de los diferentes trabajos y equipos a su cargo.

1.7.3.- TRABAJADORES

  1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del Mando Directo.

  1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. No estarán autorizados a utilizar equipos que no sean de su total conocimiento.

  1. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el Mando inmediato, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
  1. No poner fuera de funcionamiento o desinstalar los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
  1. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, acerca de cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
  1. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores y de terceros.
  1. Cooperar con el Mando directo para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
  1. El incumplimiento, por  los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el Reglamento Interno de Trabajo de SGA S.R.L.

1.7.4.- ENCARGADO DE SEGURIDAD DE OBRA

  1. Depende del Ingeniero Residente

  1. Organiza todas las acciones para llevar a cabo los objetivos propuestos  en materia de Seguridad que se deriven de la aplicación del presente Plan de Seguridad.

  1. Integra los aspectos de Prevención de Riesgos en los procedimientos e instrucciones referentes a los trabajos que se ejecuten en el área de su competencia.
  1. Vela por el cumplimiento de dichos procedimientos por los trabajadores en todos los estamentos, asegurando que se lleven a término con las debidas condiciones de seguridad.
  1. Analiza los trabajos que se van a llevar a efecto  detectando posibles riesgos o deficiencias para su eliminación o minimización antes de empezar el trabajo.
  1. Inspecciona con especial cuidado, aquellas situaciones críticas que puedan surgir, ya sea durante la realización de nuevos trabajos o de los ya existentes, y adopta las medidas correctivas inmediatas y formulando el AST(Analisis de Seguridad en el Trabajo) correspondiente.
  1. Revisa periódicamente las condiciones del entorno de trabajo  asegurando  la seguridad integral del área.
  1. Investiga los accidentes e incidentes que sucedan en su área de acuerdo con el procedimiento establecido al respecto.
  1. Lleva el control estadístico de los accidentes/incidentes enfermedades ocupacionales, de la obra.
  1. Coordina la capacitación a los trabajadores sobre la correcta realización de los trabajos a realizar. Esta formación será importante sobre todo para los trabajadores que tengan cambios o nuevas actividades en el puesto de trabajo y para los trabajadores de nuevo ingreso.
  1. Promueve los comportamientos y actitudes proactivas tendientes a evitar  acciones inseguras y la correcta utilización de los equipos de trabajo y de protección individual o colectiva.
  1. Fomenta la participación, el interés y cooperación de los trabajadores en  la acción preventiva.
  1. Promueve y realiza  las actuaciones preventivas previstas según quede establecido en el plan de seguridad de la obra.
  1. Informa a los mandos intermedios de las anomalías encontradas en los trabajos o zonas bajos responsabilidad de éstos, para que puedan proceder a adoptar las medidas correctoras precisas.
  1. Mantiene informado al Ingeniero Residente, acerca de la situación de los trabajos y actividades de la empresa, objeto del contrato, desde el punto de vista de Prevención de Riesgos Accidentes/Incidentes o acciones preventivas que aseguren el entorno del área especifica de trabajo.
  1. NORMATIVIDAD UTILIZADA
  1. REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES (NORMA G 050) “SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION”, RESOLUCION MINISTERIAL Nº 427-2001-MTC / 15.04
  2. NORMA TÉCNICA  DE EDIFICACIÓN E-120 SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION
  3. LEY No. 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  4. REGLAMENTO DE LA LEY No. 29783, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. DECRETO SUPREMO 006-2014-TR.
  5. NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN OBRAS DE EDIFICACION, R.S. Nº 021-83 TR.
  6. LEY Nº 27314, LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS Y SU REGLAMENTO Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS.
  7. NORMAS TECNICAS DE SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO, DECRETO SUPREMO Nº 003-98-SA

Además de las normas citadas, deben incluirse todos los requisitos referidos a

seguridad que correspondan al sector del cual depende la obra así como la

normativa local referida a seguridad, emitida por municipios y gobiernos locales.

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