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Participacion Cuidadana

mauroala2 de Abril de 2013

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INDICE:

TEMA: PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD EN EL PLAN DE DESARROLLO NACIONAL.

APARTADO I: PAG.

1.1.- ANTECEDENTES………………………………………………… 2

1.2.- LEY DE PLANEACION……………………………………………………. 2

1.3.- SISTEMA NACIONAL DE PLANEACION

DEMOCRATICA……………………………………………………………. 3

1.4.- ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL SNPD………………………….. 5

1.5.- NIVELES GLOBAL, SECTORIAL Y REGIONAL……………………….. 6

APARTADO II:

2.1.- PARTICIPACION SOCIAL EN LA ACTUALIDAD

(PROGRAMA VIVIR MEJOR)…………………………………... 8

APARTADADO 1

1.1 ANTECEDENTES

El 17 de abril de 1980 se publicó en el Diario oficial el decreto por el que se aprueba el plan global de desarrollo 1980-1982, con lo que se muestra la acción globalizadora de la política, el desarrollo y el avance en la consolidación de un sistema integrado de planeación que permite ordenar la información, de tal manera que se pruebe la con¬gruencia, la eficacia y la eficiencia de la acción de los sectores guber¬namentales, social y privado en torno a los objetivos nacionales, bus¬cando transformar el crecimiento económico en desarrollo social.

El presidente Miguel de la Madrid postuló, durante su campaña electoral, la planeación democrática como uno de los principios fun¬damentales de su programa político para avanzar hacia el logro de una sociedad más justa, libre e igualitaria.

Para que dicha planeación cumpla con sus objetivos y sea eficaz y operativa, es menester precisar la estrategia y los instrumentos que serán utilizados con el fin de enfrentar las diversas situaciones econó¬micas y sociales del país, así como la forma de participación y respon¬sabilidades de los diferentes grupos sociales que en ella intervienen.

Cabe destacar que la planeación es más importante que los planes o programas, mismos que no tan sólo deben generarse como serie de documentos, sino que deben ejecutarse de manera real y éstos deben incidir directamente en la toma de decisiones.

Con respecto a áreas prioritarias o estratégicas, podrán constituirse subsistemas específicos, los cuales no serán autónomos, y cuya cons¬titución responderá a determinados criterios de efectividad, por lo an¬terior deberán mantener comunicación permanente con el sistema nacio¬nal de planeación democrática

1.2 LEY DE PLANEACIÓN

La planeación democrática constituye un instrumento eficaz para darle rumbo y contenido a la estrategia de desarrollo. Dicha planeación deriva de los propósitos políticos de la sociedad, y está concebida para transformar de manera racional y pre¬visora, la realidad económica y social de acuerdo con los valores y principios del régimen político y las exigencias del tiempo presente (artículo 2, Ley de Planeación).

Artículo 2o.- La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios:

Párrafo reformado DOF 23-05-2002

I.- El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural;

II.- La preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y Representativo que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, impulsando su participación activa en la planeación y ejecución de las actividades del gobierno;

III.- La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos, de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población;

Fracción reformada DOF 23-05-2002

IV.- El respeto irrestricto de las garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales y

Políticos;

V.- El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional; y

VI.- El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo; en un marco de estabilidad económica y social.

1.3 SISTEMA NACIONAL DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA

Artículo 12.- Los aspectos de la Planeación Nacional del Desarrollo que correspondan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se llevarán a cabo, en los términos de esta Ley, mediante el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

Este sistema de planeación democrática contiene mecanismos de participa-ción permanente, mediante los cuales intervienen de manera activa los grupos organizados de la sociedad y la población en general.

Con respecto a áreas prioritarias o estratégicas, podrán constituirse subsistemas específicos, los cuales no serán autónomos, y cuya cons¬titución responderá a determinados criterios de efectividad, por lo an¬terior deberán mantener comunicación permanente con el sistema nacio¬nal de planeación democrática.

El sistema de planeación está conformado por cuatro etapas: la for¬mulación, la instrumentación, el control y la evaluación; mediante las cuales se pretende que el mediano y el corto plazos queden vinculados para que exista congruencia entre las actividades cotidianas y el logro de objetivos.

Artículo 13.- Las disposiciones reglamentarias de esta Ley establecerán las normas de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación Democrática y el proceso de planeación a que deberán sujetarse las actividades conducentes a la formulación, instrumentación, control y evaluación del Plan y los programas a que se refiere este ordenamiento.

Formulación. Es el conjunto de actividades que se desarrollan en la elaboración del plan nacional y los programas a mediano plazo. Com¬prende la preparación de diagnósticos económicos y sociales de carác¬ter global, sectorial, institucional y regional; la definición de los obje¬tivos y las prioridades del desarrollo, tomando en cuenta las propuestas de la sociedad; el señalamiento de estrategias y políticas congruentes entre sí.

Instrumentación. Es el conjunto de actividades encaminadas a tradu¬cir los lineamientos y estrategias del plan y programas de mediano plazo a objetivos y metas de corto plazo.

Las actividades de esta etapa consisten en precisar las metas y ac¬ciones para cumplir con los objetivos establecidos; elegir los principales instrumentos de política económica y social; asignar recursos; deter¬minar a los responsables de la ejecución y precisar los tiempos de ejecución del plan o programas.

Control. Es el conjunto de actividades encaminadas a vigilar que la ejecución de acciones corresponda a la normatividad que la rige y a lo establecido en el plan y programas. Dicho control constituye un mecanismo preventivo y correctivo, que permite la oportuna detección y corrección de desviaciones, ineficientes o incongruencias en el curso de la formulación, instrumentación, ejecución y evaluación de las ac¬ciones.

Existen dos tipos de control: el control normativo-administrativo y el control económico-social. El primero tiene como objetivo vigilar el cumplimiento por parte de las dependencias y entidades de la adminis¬tración pública federal, de la normatividad que rige sus acciones y ope¬raciones, dicha normatividad abarca múltiples aspectos: administrati¬vos, contables, financieros, jurídicos y también las normas en materia de planeación. Este mismo control se encargará de promover la eficien¬cia, la transparencia y la racionalidad de las acciones de las dependen¬cias y entidades de la administración pública federal.

Este control será ejercido por la Contraloría General de la Federación, las secretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda y Crédito Público en el ámbito de sus respectivas compe¬tencias.

Por otro lado, el control económico-social es el encargado de vigilar, por una parte, que exista congruencia entre el plan y los programas que se generen en el sistema y, por otra, que los efectos económicos y sociales de la ejecución de los programas y presupuestos por parte de las dependencias y entidades de la administración pública federal, realmente se dirijan hacia la realización de los objetivos y prioridades de la planeación nacional.

El ejercicio de este control corresponde, en el nivel global, a las se¬cretarías de Programación y Presupuesto y de Hacienda

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